Atención digna durante muertes prenatales, perinales y neonatales

 

Se aprobó en la Cámara de Diputados, con 412 a favor, un dictamen por el que se reforma y adicionan diversas  disposiciones de la Ley General de Salud, a fin de promover una atención con sentido humano, ético, digno y profesional, de las muertes fetales, prenatales, perinatales y neonatales.

El dictamen estipula que son derechos de las madres y padres que atraviesan por la pérdida de una hija o hijo por muerte fetal, prenatal, perinatal y neonatal, de manera enunciativa más no limitativa: recibir una atención digna, humana, profesional y respetuosa por parte del personal de salud, incluido el auxiliar, técnico y administrativo, en todo momento de la estancia hospitalaria.

Fue turnado al Senado para sus efectos constitucionales.

Recibe Senado de la República 21 minutas de la Cámara de Diputados

 

Senadores recibieron 21 minutas de Diputados que tienen como finalidad reformar diversas disposiciones en materia de reorganización del mando naval, difusión oficial de las reglas de operación de los programas de desarrollo social y asesoría dirigida a ganaderos para mejorar su producción y financiamiento.

Los proyectos de decreto incluyen temas relacionados al asilo político con apego a los derechos humanos e integración del Mecanismo Independiente de Monitoreo Nacional de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Además, asuntos relativos a la promoción de vida saludable, fomento al deporte y a la actividad física diaria; el reconocimiento en la ley de los derechos de niñas, niños y adolescentes pertenecientes a comunidades indígenas y afromexicanas, participación ciudadana y rendición de cuentas en los tratados internacionales del Estado Mexicano.

Entre las minutas están las propuestas para establecer un catálogo de delitos contra la orientación sexual de las personas o la identidad de género; así como el proyecto por el que se expide la Ley General de Protección Civil y Gestión del Riesgo de Desastres.

Se trata de propuestas para reformar la Ley General de Desarrollo Social; Ley General de Movilidad y Seguridad Vial; Ley Orgánica de la Armada de México; Ley de Organizaciones Ganaderas; Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político.

De la misma forma, proyectos para reformar la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Todas las minutas fueron remitidas a las Comisiones correspondientes para su análisis y dictamen.

Atención psicológica a hijos menores de personas víctimas de desaparición forzada o muerte violenta

 

Se presentó una iniciativa en la Cámara de Diputados que modifica la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para que las autoridades de los tres órdenes de gobierno otorguen atención, apoyo y seguimiento psicológico a niñas, niños y adolescentes víctimas por la desaparición forzada o muerte violenta de la madre, el padre, tutor o persona que los tenga bajo guarda y custodia.

Asimismo, para que las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México estén obligadas a tomar las medidas necesarias para prevenir, atender y sancionar los casos en que niñas, niños o adolescentes se vean afectados por hechos de esa naturaleza.

La iniciativa plantea adicionar un párrafo segundo al artículo 43; la fracción IX al artículo 47; la fracción XII al artículo 50 y la fracción XXVI al artículo 116 de dicha ley.

El documento fue turnado a la Comisión de los Derechos de la Niñez y Adolescencia.

Incremento de penas a personas que conduzcan en estado de ebriedad y causen una muerte

Se presentó una iniciativa en la Cámara de Diputados con el propósito de reformar el Código Penal Federal, a fin de imponer prisión hasta de seis meses, multa “equivalente al daño causado” y suspensión o pérdida del derecho a usar la licencia de manejador, al que en estado de ebriedad o bajo el influjo de drogas enervantes provoque la muerte.

El documento añade al artículo referido que la reparación del daño comprenderá el pago de alimentos” en los términos de la legislación civil, conforme al artículo 30 Bis de dicho Código.

Dicho artículo establece que tiene derecho a la reparación del daño la persona ofendida y, en caso de fallecimiento de ésta, el cónyuge supérstite o el concubinario o concubina, y los hijos menores de edad; a falta de éstos los demás descendientes y ascendientes que dependieran económicamente de él al momento del fallecimiento.

La iniciativa fue turnada a la Comisión de Justicia.

Perdida de patria potestad a condenados por feminicidio

Se presentó en el Senado de la República, una iniciativa para reformar el Código Civil Federal y precisar, en sus artículos 444 y 447, que una persona perderá la patria potestad sobre sus hijos cuando sea vinculada a proceso o condenada por el delito de feminicidio, con el fin de garantizar el interés superior de la niñez.

Lo anterior, toda vez que el artículo 414 del Código Civil Federal estipula que a falta de la madre es el padre quien, en orden de prelación, tiene la patria potestad sobre los hijos, pero no está especificado que a éste se le suspenda tal derecho de ser acusado por feminicidio, lo cual los posiciona en una situación de riesgo.

Fue turnada a las Comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos Segunda para análisis.