Escrito Inicial de Demanda de Procedimiento Ordinario Laboral Pago de Finiquito por Renuncia (TOLMEX2,964,873)

ESCRITO INICIAL DE DEMANDA DE PROCEDIMIENTO ORDINARIO LABORAL PAGO DE FINIQUITO POR RENUNCIA

TMX 2.964.873

Normativa: Artículos 5, 76, 80, 84, 87, 98 a 116, 117 a 131, 132, 162, 692 fr. II, 712, 870, 870 Bis, 871, 872, 873, 873-A, 873-B y 873-C de la Ley Federal del Trabajo.

Supuesto: El presente escrito constituye una demanda laboral promovida en la vía del procedimiento ordinario, mediante la cual se ejercita acción para reclamar el pago del finiquito derivado de la terminación de una relación de trabajo por renuncia voluntaria, incluyendo salarios devengados y no cubiertos, aguinaldo proporcional, vacaciones proporcionales, prima vacacional, y demás prestaciones pendientes conforme a la Ley Federal del Trabajo. La demanda expone los hechos que originaron la relación laboral, la fecha de ingreso, puesto, salario percibido, modo de terminación y las gestiones extrajudiciales realizadas por el trabajador para requerir el pago, así como la negativa del patrón o su pretensión de cubrir una cantidad inferior a la que legalmente corresponde. Asimismo, se ofrecen diversos medios de prueba para acreditar los hechos y cuantificar correctamente las prestaciones reclamadas, solicitándose que el Tribunal admita la demanda, emplace a la parte demandada y, en su momento procesal, dicte sentencia condenando al pago íntegro de las prestaciones laborales reclamadas.

 

 

 

DEMANDA DE PROCEDIMIENTO ORDINARIO LABORAL

PAGO DE FINIQUITO POR RENUNCIA

 

C. JUEZ/ TRIBUNAL LABORAL ____________________TURNO

EN ____________________

PRESENTE.

 

____________________ por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en ____________________ y, adicionalmente, autorizando se me habilite buzón electrónico para consulta y notificación de subsecuentes acuerdos y resoluciones, con fundamento en los artículos 872 y 873 de la Ley Federal del Trabajo, autorizando para tales efectos a ____________________, ante Usted, con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito vengo a demandar de ____________________ , con domicilio en ____________________ el pago íntegro de mi finiquito derivado de la terminación de la relación de trabajo por renuncia voluntaria, así como las prestaciones y accesorios que a continuación se precisan, con base en los hechos y consideraciones de derecho que se exponen.

 

PRESTACIONES

 

  1. El pago de salarios devengados y no cubiertos a la fecha de terminación;
  2. El pago del guinaldo proporcional conforme al artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo;
  3. El pago de vacaciones proporcionales previstas en el artículo 76, así como prima vacacional del 25% prevista en el artículo 80;
  4. El pago de prima de antigüedad en términos del artículo 162, en su caso;
  5. El pago de participación de utilidades (PTU) proporcional cuando proceda conforme a los artículos 117 a 131;
  6. El pago de cualquier otra prestación ordinaria devengada (entre ellas, comisiones, bonos u otras percepciones pactadas) no cubierta a la fecha de separación;
  7. El pago de los accesorios legales que correspondan, incluyendo actualizaciones e intereses cuando resulten procedentes; y
  8. El pago de gastos y costas que conforme a derecho procedan.

 

HECHOS

  1. Ingresé a prestar mis servicios personales y subordinados para la hoy demandada el día ___ de __________ de 20___, en el puesto de ____________________, percibiendo un salario de $________________ (monto y periodicidad) con una jornada de ____________________, desempeñando mis funciones en el domicilio ubicado en ______________________________, lugar donde el patrón ejercía sus facultades de mando, supervisión y control. La relación laboral se desarrolló de forma continua e ininterrumpida, cumpliendo siempre con mis obligaciones de manera puntual y en los términos pactados.
  2. La relación de trabajo concluyó por renuncia voluntaria, presentada por el suscrito en fecha ___ de __________ de 20___, debido a ____________________ (motivo de renuncia: mejores condiciones de trabajo, cambio de domicilio, salud, etc.), situación que fue comunicada a la empresa mediante _________________ que se acredita con los documentos que . . .
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Manual de comportamieno y protocolo de contratación para trabajadores de restaurantes de alimentos y bebidas (TOLMEX2,963,715)

MANUAL DE COMPORTAMIENTO Y PROTOCOLO DE CONTRATACIÓN PARA TRABAJADORES DE RESTAURANTES DE ALIMENTOS Y BEBIDAS

TMX2.963.715

 

Normativa: Ley Federal del Trabajo.

Supuesto: El presente Manual de Comportamiento y Protocolo de Contratación es un documento institucional que establece las normas de conducta, presentación personal, higiene, seguridad, desempeño laboral y calidad en el servicio que deberán cumplir todos los colaboradores del restaurante desde el momento de su ingreso. Su contenido define las políticas de prevención de acoso y hostigamiento, protocolos de comunicación con superiores, lineamientos de colaboración en equipo, medidas disciplinarias y obligaciones específicas en el uso adecuado de herramientas y áreas de trabajo. Asimismo, detalla el proceso de contratación, inducción, capacitación y obligatoriedad de lectura del manual por parte del personal. Este documento tiene como finalidad garantizar un ambiente laboral seguro, respetuoso y profesional, así como asegurar un servicio de excelencia para los clientes, promoviendo la mejora continua y el cumplimiento de la normativa vigente.

 

 

MANUAL DE COMPORTAMIENTO Y PROTOCOLO DE CONTRATACIÓN PARA TRABAJADORES DE RESTAURANTES DE ALIMENTOS Y BEBIDAS

 

Todo trabajador, desde el momento de su ingreso al restaurante, tiene la obligación de leer, conocer y cumplir íntegramente el contenido del presente Manual. La empresa proporcionará acceso al documento en formato físico o digital y otorgará el tiempo necesario para su lectura durante el proceso de inducción. El trabajador reconoce que las políticas, normas de conducta, protocolos de higiene, seguridad y servicio aquí establecidos forman parte de sus responsabilidades laborales y son de cumplimiento obligatorio durante toda la relación de trabajo. El desconocimiento de lo contenido en este Manual no exime al trabajador de su cumplimiento ni de las sanciones correspondientes en caso de infracción.

 

I. OBJETO DEL MANUAL. El presente Manual de Comportamiento y Protocolo de Contratación tiene como finalidad establecer normas claras sobre la conducta, el desempeño y las responsabilidades de todos los colaboradores del restaurante, con el propósito de garantizar un ambiente de trabajo respetuoso, eficiente y orientado al servicio al cliente. Asimismo, define el procedimiento institucional para la contratación de nuevo personal, asegurando que todo ingreso de trabajadores se realice bajo criterios de transparencia, orden y cumplimiento legal.

II. MANUAL DE COMPORTAMIENTO DEL PERSONAL

2.1. Presentación e higiene personal

Todo colaborador es responsable de presentarse al inicio de cada jornada con una apariencia limpia y profesional, ya que representa la imagen del restaurante frente a los clientes. El uniforme deberá estar en óptimas condiciones, limpio, completo y planchado. El cabello deberá mantenerse limpio, peinado y, en caso de ser largo, deberá permanecer recogido durante toda la jornada laboral; se recomienda evitar colores o tintes extravagantes. Las uñas deben mantenerse cortas, limpias y sin esmaltes llamativos, especialmente en áreas relacionadas con la manipulación de alimentos. El uso de accesorios o joyería debe ser discreto para evitar riesgos en la operación o contacto con comida. La higiene personal es obligatoria y deberá mantenerse en todo momento durante el desempeño de las funciones. Queda estrictamente prohibido presentarse al trabajo bajo los efectos del consumo de bebidas alcohólicas, drogas o sustancias que alteren el comportamiento o disminuyan la capacidad de desempeño. Asimismo, cuando el trabajador presente síntomas de gripe, tos frecuente o enfermedades respiratorias, deberá notificarlo de inmediato a su superior y utilizar cubrebocas en todo momento dentro de las instalaciones para proteger la salud de compañeros y clientes; la empresa podrá solicitar que el trabajador se retire para evitar riesgos de contagio. Estas medidas son parte esencial del cumplimiento de los protocolos de higiene y seguridad del restaurante.

2.2. Puntualidad y asistencia

La puntualidad es una obligación laboral. El trabajador deberá presentarse a su puesto en la hora establecida por la empresa, considerando el tiempo necesario para cambiarse o prepararse antes de iniciar funciones. La empresa podrá establecer un periodo de tolerancia de ___ minutos; sin embargo, tres retardos acumulados en un periodo de treinta días serán considerados como una falta injustificada. Toda falta deberá ser justificada y reportada con anticipación mínima de 24 horas, salvo situaciones de emergencia . . .

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Incidente de Nulidad de Notificaciones y Emplazamiento en Justicia Administrativa (San Luis Potosí) (TOLMEX2,962,605)

INCIDENTE DE NULIDAD DE NOTIFICACIONES Y EMPLAZAMIENTO EN JUSTICIA ADMINISTRATIVA (SAN LUIS POTOSÍ)

TMX 2.962.605

Normativa: Artículos 116, 117, 121, 122, 123 del Código Procesal Administrativo del Estado de San Luis Potosí.

Supuesto: Incidente de nulidad de notificaciones y emplazamiento, mediante el cual se solicita al Tribunal declare la nulidad de la notificación inicial realizada en el procedimiento administrativo, en virtud de que dicha notificación se practicó en un domicilio diverso al del interesado, lo que le impidió conocer oportunamente el inicio y desarrollo del procedimiento. Se hace valer que la falta de emplazamiento válido vulnera el derecho de audiencia y el debido proceso, por lo que se solicita la suspensión e interrupción del procedimiento principal y la retroacción de las actuaciones al momento en que debió efectuarse el emplazamiento legal.

 

EXPEDIENTE: ____________________

PARTE INCIDENTISTA: ____________________

AUTORIDAD RESPONSABLE: ____________________

ASUNTO: SE PROMUEVE INCIDENTE DE NULIDAD DE NOTIFICACIONES Y EMPLAZAMIENTO

 

C. MAGISTRADO(A) DE LA SALA ____________________

DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA

DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

P R E S E N T E.

 

____________________ por propio derecho / en representación ____________________  señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en ____________________ autorizando para tales efectos a ____________________ respetuosamente comparezco para exponer:

Con fundamento en los artículos 116, 117, 121, 122 fracción III y 123 del Código Procesal Administrativo del Estado de San Luis Potosí, vengo a promover INCIDENTE DE NULIDAD DE NOTIFICACIONES Y EMPLAZAMIENTO, solicitando se declare la nulidad de la notificación inicial y del emplazamiento realizado por la autoridad responsable en el procedimiento administrativo identificado como ____________________ , toda vez que nunca fui legalmente notificado respecto de su inicio ni de las actuaciones subsecuentes, violándose con ello mi derecho de audiencia y debido proceso.

 

La finalidad de este incidente es que ese H. Tribunal retrotraiga el procedimiento administrativo al momento exacto en que debió realizarse el emplazamiento legal, dejando sin efectos todas las actuaciones posteriores, conforme a lo dispuesto en el artículo 121, que establece expresamente que “los incidentes que tengan por objeto reclamar la nulidad del emplazamiento, interrumpirán la continuación del procedimiento”.

HECHOS

 

  1. La ____________________ inició el procedimiento administrativo identificado como ____________________ derivado de ____________________ . No obstante, el promovente nunca fue legalmente notificado del inicio del procedimiento ni del emplazamiento correspondiente.
  2. En el expediente administrativo obra una supuesta constancia de notificación y emplazamiento con fecha ____________________en la que la autoridad asentó haber practicado la notificación en el domicilio ____________________. Sin embargo, dicho domicilio no corresponde al domicilio real del promovente, ni es el lugar donde recibe notificaciones, lo cual se acredita con ____________________. Además, la diligencia carece de elementos obligatorios para su validez: no se dejó citatorio previo, no existe fundamentación para haber realizado la notificación por instructivo o por estrados, no se asentó fecha ni hora precisa de la diligencia, ni se identifica a la persona que supuestamente recibió la notificación; estos elementos revelan un defecto esencial en la notificación y en el emplazamiento.
  3. El promovente tuvo conocimiento real de la existencia del procedimiento hasta el día ____________________ al momento de ____________________  cuando el expediente ya se encontraba en etapa de alegatos, lo que evidencia que no tuvo oportunidad de ejercer su derecho de defensa ni de ofrecer pruebas.
  4. Asimismo, la autoridad responsable incumplió con lo dispuesto por el artículo 21, al no emitir prevención alguna para solicitar información faltante dentro del primer tercio del plazo o dentro de los diez días hábiles siguientes, ni otorgar el plazo mínimo de cinco días para subsanar. Pese a no haber notificado ni prevenido en tiempo, continuó la tramitación del procedimiento, fingiendo la existencia de un emplazamiento válido, lo que impide desechar cualquier gestión por incompleta y demuestra una afectación directa al derecho de audiencia del promovente.
  5. Como consecuencia de . . .
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Escrito inicial de demanda de amparo directo por reducción de pensión alimenticia (TOLMEX2,963,088)

ESCRITO INICIAL DE DEMANDA DE AMPARO DIRECTO POR REDUCCIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA

TMX2.963.088

 

Normativa: Artículos 1, 4, 14, 16, 17, 103, 107, 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Artículos 21, 24, 27, 3, 4, 6, 12, 79, 158, 159, 161, 163, 164, 166, 167, 168, 169 de la Ley de Amparo Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Supuesto: Escrito inicial de demanda de amparo directo, en contra de la sentencia definitiva dictada dentro del juicio civil de pensión alimenticia definitiva, mediante la cual se redujo de manera injustificada el porcentaje de pensión del . En esta demanda se exponen los antecedentes procesales, se identifica a la autoridad responsable, el acto reclamado, la fecha de notificación de la resolución y la afectación directa que dicha decisión ocasiona a los derechos constitucionales de la quejosa. Asimismo, se desarrollan los conceptos de violación en los que se acredita que la resolución reclamada carece de debida fundamentación y motivación, se basa únicamente en un estudio socioeconómico sin valorar el resto del material probatorio, omite el análisis de los agravios expresados y no cumple con el deber de control de constitucionalidad y convencionalidad. Finalmente, se formulan los puntos petitorios y se solicita la suplencia de la queja.

 

 

 

JUICIO DE AMPARO DIRECTO

D. C.___________________

___________________, _________________ DE ___________________ DE 20____

 

 

TRIBUNAL COLEGIADO DEL ___________________CIRCUITO EN TURNOEN ___________________

P R E S E N T E

____________________, por propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en Av. ____________________, en esta ciudad, autorizando para tales efectos al Lic. ____________________, en términos del artículo 27 de la Ley de Amparo; y con fundamento en los artículos 4°, fracción I; 6°; y 12 de la Ley de Amparo, señalo como domicilio adicional para oír y recibir notificaciones el ubicado en ____________________, autorizando en términos amplios a la C. Licenciada en Derecho ____________________, con número de cédula profesional ____________________, registrada ante ese H. Poder Judicial de la Federación bajo el número de registro único ____________________, así como autorizando para oír y recibir notificaciones a ____________________, ____________________ y ____________________.

Asimismo, solicito que a la C. Licenciada ____________________ le sea otorgado acceso al expediente electrónico que se genere con motivo del presente juicio de amparo, pudiendo recibir notificaciones por medios electrónicos, así como presentar promociones y recursos mediante el usuario ____________________, registrado para el uso de la Firma Electrónica (FIREL) ante el Poder Judicial de la Federación. Lo anterior en ejercicio del derecho de acceso a la justicia a través del uso de herramientas tecnológicas, conforme a los artículos 3, 4 y 107 de la Ley de Amparo, así como a las disposiciones emitidas por el Poder Judicial de la Federación respecto al uso del expediente electrónico y notificaciones digitales.

Con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 158, 159, 161, 163, 164, 166 a 169 de la Ley de Amparo, interpongo juicio de Amparo Directo, en contra de la sentencia definitiva dictada con ____________________ del año en curso, por ____________________, dentro de ____________________ en la que se confirma en sus términos la sentencia de primera instancia dictada con fecha ____________________, por el Juzgado ____________________, dentro del expediente ____________________ relativo a la CONTROVERSIA DE ____________________ promovida por ____________________, en contra de ____________________.

n consecuencia, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 166 de la Ley de Amparo, expreso:

I. NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO. La suscrita ____________________, promoviendo por conducto de mi representante legal ____________________, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos el ubicado en ____________________.

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SUSPENSIÓN PROVISIONAL. PROCEDE CON EFECTOS RESTITUTORIOS PARA QUE SE REINCORPORE A LA PARTE QUEJOSA AL «PROGRAMA ESPECIAL DE ENERGÍA PARA EL CAMPO EN MATERIA DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE USO AGRÍCOLA: REDUCCIÓN DE TARIFAS ELÉCTRICAS» (PEUA), Y QUE NO SE LE SUSPENDA EL ESTÍMULO DENOMINADO CUOTA ENERGÉTICA QUE RECIBE, AUNQUE NO EXISTA CONSTANCIA DE QUE LA SOLICITUD DE REINSCRIPCIÓN AL PEUA Y LA ASIGNACIÓN DE LA CUOTA ENERGÉTICA FUERON PROCEDENTES. (TOLMEX2,964,595)

SUSPENSIÓN PROVISIONAL. PROCEDE CON EFECTOS RESTITUTORIOS PARA QUE SE REINCORPORE A LA PARTE QUEJOSA AL "PROGRAMA ESPECIAL DE ENERGÍA PARA EL CAMPO EN MATERIA DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE USO AGRÍCOLA: REDUCCIÓN DE TARIFAS ELÉCTRICAS" (PEUA), Y QUE NO SE LE SUSPENDA EL ESTÍMULO DENOMINADO CUOTA ENERGÉTICA QUE RECIBE, AUNQUE NO EXISTA CONSTANCIA DE QUE LA SOLICITUD DE REINSCRIPCIÓN AL PEUA Y LA ASIGNACIÓN DE LA CUOTA ENERGÉTICA FUERON PROCEDENTES.

Hechos: Diversas personas promovieron amparo indirecto y solicitaron la suspensión provisional para que se les reincorpore como beneficiarias del "Programa Especial de Energía para el Campo en materia de energía eléctrica de uso agrícola: reducción de tarifas eléctricas" (PEUA) y se les otorgue la tarifa nocturna 9N a la diversa denominada a RAMT (Riego Agrícola en Media Tensión). El Juzgado de Distrito al conceder la suspensión provisional no se pronunció sobre la desincorporación del PEUA. Las personas quejosas interpusieron recurso de revisión al considerar que la concesión desatiende los efectos solicitados inicialmente en contravención del artículo 138, fracción I, de la Ley de Amparo.

Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado determina que procede la suspensión provisional con efectos restitutorios para que se reincorpore a la parte quejosa al "Programa Especial de Energía para el Campo en materia de energía eléctrica de uso agrícola: reducción de tarifas eléctricas" (PEUA), y no se suspenda el estímulo denominado Cuota Energética que recibe, aunque no exista constancia de que la solicitud de reinscripción al PEUA y la asignación de la cuota energética fueron procedentes.

Justificación: Conforme al artículo 10 del Reglamento de la Ley de Energía para el Campo, y a los puntos 5.5) y 5.6) del Acuerdo que modifica los Lineamientos por los que se regula el Programa Especial de Energía para el Campo en materia de energía eléctrica de uso agrícola, publicados el 4 de abril de 2005, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de agosto de 2005, para seguir disfrutando de los beneficios del Programa se presentará solicitud para cada ciclo productivo, o actividad productiva de que se trate, al Centro de Apoyo para el Desarrollo Rural o a la ventanilla que al efecto se autorice, sin necesidad de exhibir documentación alguna, siempre y cuando se continúe calificando como Sujeto Productivo, y basta con que se proporcione la clave de registro y se actualice la Solicitud de Inscripción. Por ende, si las personas quejosas presentaron ante la autoridad competente su solicitud de continuidad y/o reinscripción en dicho programa y cumplieron con esos requisitos, salvo que se haya emitido la declaración de improcedencia respectiva, procede conceder la suspensión provisional para que se les reincorpore en el citado programa especial de energía, así como para que no les sea suspendido el estímulo denominado "Cuota Energética", sin necesidad de exhibir documentación diversa, siempre y cuando continúen calificando como Sujetos Productivos.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

Queja 250/2025. Rogelio Martínez González. 18 de junio de 2025. Unanimidad de votos. Ponente: Mario Humberto Gámez Roldán. Secretario: Irving Armando Anchondo Anchondo.

Queja 287/2025. Héctor Villagrán Domínguez y otro. 5 de agosto de 2025. Unanimidad de votos. Ponente Mauricio Segura Pérez, secretario de tribunal autorizado por el Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretario: Juan Carlos Rivera Pérez.

SUSPENSIÓN PROVISIONAL. PROCEDE CON EFECTOS RESTITUTORIOS PARA QUE SE REINCORPORE A LA PARTE QUEJOSA AL "PROGRAMA ESPECIAL DE ENERGÍA PARA EL CAMPO EN MATERIA DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE USO AGRÍCOLA: REDUCCIÓN DE TARIFAS ELÉCTRICAS" (PEUA), Y QUE NO SE LE SUSPENDA EL ESTÍMULO DENOMINADO CUOTA ENERGÉTICA QUE RECIBE, AUNQUE NO EXISTA CONSTANCIA DE QUE LA SOLICITUD DE REINSCRIPCIÓN AL PEUA Y LA ASIGNACIÓN DE LA CUOTA ENERGÉTICA FUERON PROCEDENTES . . .

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