Sep 18, 2025 | Actualidad Prime
La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó artículos de leyes de ingresos de 21 municipios de los estados de Michoacán, Durango y Guerrero; los artículos permitían cobrar por entregar información en medios digitales.
La SCJN determinó que éstos violaban el principio de gratuidad previsto en el artículo 6 constitucional y que eran desproporcionados, con tarifas que iban desde los 22 hasta los 565.70 pesos por hoja digitalizada.
Con esta determinación, la Suprema Corte reafirmó que todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública digitalizada, sin que su capacidad económica sea un obstáculo.
Ago 20, 2025 | Actualidad Prime
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió las acciones de inconstitucionalidad 44/2025 y 45/2025 promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y el Poder Ejecutivo Federal, las cuales demandaron la invalidez de porciones normativas establecidas en los artículos 64, 70, séptimo, octavo y noveno transitorio del Decreto 55/2025, por el que se reformó la Constitución Política del Estado de Yucatán en materia de reforma al Poder Judicial.
La Corte invalidó la porción normativa “y en los demás establecidos o que en adelante establezca la ley” contenida en el párrafo primero del artículo 64, que permitía a las personas legisladoras locales crear tribunales adicionales mediante leyes secundarias, lo que excede los límites impuestos en la Constitución Política Federal y transfiere indebidamente una competencia que está reservada exclusivamente al constituyente.
Mientras que, con relación a los artículos séptimo, octavo y noveno transitorios, La Corte concluyó que las disposiciones tenían como finalidad regular la organización del proceso electoral extraordinario de 2025, mismo que se llevó a cabo el domingo 1° de junio del año en curso y que en esa misma semana concluyó con los cómputos distritales y estatales, la expedición de las constancias de mayoría y la declaratoria de validez de la elección. En consecuencia, el Pleno concluyó que se actualizaba la causal de improcedencia por cesación de efectos y dictó el sobreseimiento respecto de los referidos artículos.
Ago 19, 2025 | Actualidad Prime
Se presentó una iniciativa en la Cámara de Diputados que tiene como finalidad reformar el artículo 19 de la Constitución Política, a fin de incluir el delito de corrupción inmobiliaria dentro del catálogo en los que el Ministerio Público pueda solicitar prisión preventiva oficiosa dada su gravedad.
El documento establece que el propósito de usar el mecanismo de prisión preventiva oficiosa es que el responsable de este delito no eluda su responsabilidad por sus actos.
Explica que la corrupción inmobiliaria se manifiesta en la colusión entre servidores públicos y desarrolladores, cuando generan contextos propicios para la adjudicación directa de cambios de uso de suelo, compraventas ilegales de tierras ejidales, construcciones sin permisos y comercialización de inmuebles sin infraestructura correcta o dentro del marco de la ley.
Fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales.
Ago 12, 2025 | Actualidad Prime
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que la pena de cinco años de prisión para el delito de insubordinación, no vulnera el principio de proporcionalidad de las penas; dicha pena se encuentra prevista en el Código de Justicia Militar y consiste en faltar al respeto a un superior durante la realización de actos de servicio.
La Sala estableció que, del análisis comparativo entre la pena privativa de libertad de cinco años en relación con las distintas sanciones contempladas para las diferentes hipótesis en que puede configurarse el delito de insubordinación militar, ésta es una pena proporcional aplicable para sancionar una falta de respeto durante el servicio castrense.
La tesis emitida, de aplicación obligatoria para todos los órganos jurisdiccionales del país, concluye que la sanción es acorde con la gravedad del delito y el bien jurídico protegido que en este caso es la disciplina militar, misma que exige obediencia, respeto y subordinación y que constituye el eje central de la formación castrense.
Ago 6, 2025 | Actualidad Prime
La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó, por unanimidad, la reforma al artículo 73, fracción XXI, inciso a) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de facultar al Congreso de la Unión para expedir una ley general que establezca como mínimo, los tipos penales y sus sanciones en materia de extorsión.
El documento señala que el Congreso de la Unión expedirá una ley para unificar y contemplar, entre otras cosas, el tipo de extorsión, agravantes, delitos vinculados y sus sanciones, y se cumplan con los objetivos generales de prevención, investigación y mecanismos de atención efectiva a las personas víctimas, ofendidas y testigos.
Se argumenta que es necesaria esta reforma toda vez que dicho delito ha evolucionado a la par de las nuevas tecnologías y en estrecha relación con las actividades de la delincuencia organizada; por lo que el modus operandi supera lo establecido en la norma.
El dictamen fue turnado a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.