Mar 25, 2024 | Actualidad Prime
Se presentó en la Cámara de Diputados una iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para la creación y funcionamiento de juzgados especializados en violencia familiar.
El documento señala que el Consejo de la Judicatura Federal podrá crear, mediante acuerdo, órganos jurisdiccionales especializados en Violencia Familiar para que ejerzan dicha función, siempre que cuenten con la formación, capacitación y especialización necesarias para tal efecto.
Establece que los jueces especializados en violencia familiar tendrán competencia mixta, por lo que conocerán de las materias familiar y penal, con las facultades y atribuciones que la legislación aplicable les confiere.
Menciona que las y los Jueces de Distrito Especializados en Violencia Familiar tendrán las atribuciones de conocer de la violencia familiar y delitos que sean cometidos contra la mujer con quien el sujeto pasivo tenga una relación de cónyuge o excónyuge, concubina o exconcubina, tenga o haya tenido relación de pareja o con quien haya constituido sociedad en convivencia.
De igual forma, tener parentesco consanguíneo en línea recta ascendente o descendente sin límite de grado o parentesco colateral consanguíneo o por afinidad hasta el cuarto grado, sea adoptante o adoptado, o cuando los hijos de las mujeres, se encuentren sujetos a la custodia, guarda, protección, educación o cuidado del sujeto activo.
En tanto, en materia familiar podrán conocer y resolver del procedimiento familiar en los casos en que se advierta la probable existencia de hechos constitutivos de violencia en contra de mujeres, niños, niñas o adolescentes o grupos en situación de vulnerabilidad, dictar las medidas preparatorias, cautelares y provisionales reguladas en el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, siempre que sean solicitadas por mujeres en casos de violencia familiar, ya sea que se trate de proteger derechos propios o los de sus hijos e hijas.
En materia penal, podrán conocer del procedimiento penal del sistema acusatorio y oral regulado en el Código Nacional de Procedimientos Penales, respecto de los delitos contenidos en el Código Penal Federal, lo que incluye delitos de peligro para la salud personal, contra la libertad y seguridad en el desarrollo psicosexual de personas menores de edad, contra la libertad y seguridad sexuales, el desarrollo de la personalidad, contra la vida y la integridad corporal, y contra el patrimonio.
Entre otras facultades, podrán dictar las medidas cautelares, así como ratificar, modificar o cancelar las medidas de protección ordenadas por el Ministerio Público, de conformidad con el Código Nacional de Procedimientos Penales, y atender y resolver las salidas alternas o la forma de terminación anticipada, de acuerdo con el mismo.
Fue turnada a la Comisión de Justicia.
Mar 22, 2024 | Actualidad Prime
El Pleno del Senado de la República aprobó, por unanimidad, la reforma a diversos artículos de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a fin de consolidar los derechos laborales y de seguridad social de los elementos policiales en México.
El documento precisa que el Consejo Nacional de Seguridad Pública tendrá la atribución de implementar políticas en materia de derechos humanos y laborales, a favor de los integrantes de las instituciones policiales, conforme a lo ordenado por la Constitución Política.
Asimismo, enlista los mecanismos de de promoción, respeto, protección y ejercicio de los derechos de quienes integran dichas instituciones de seguridad.
Fue enviado a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.
https://comunicacionsocial.senado.gob.mx/informacion/comunicados/8528-senado-aprueba-reformas-para-garantizar-derechos-laborales-de-elementos-policiales
Mar 19, 2024 | Actualidad Prime
Se presentó reformar el artículo 201 del Código Penal Federal, a fin de establecer que comete el delito de corrupción de menores, quien obligue, induzca, facilite, manipule o procure a una o varias personas menores de 18 años de edad a formar parte de una asociación delictuosa, a través del reclutamiento forzado o voluntario.
El documento refiere que el reclutamiento forzado de niños y adolescentes por parte del crimen organizado es una realidad que afecta a México, pues según la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), entre 2000 y 2019, más de 31 mil niñas, niños y adolescentes fueron reclutados por grupos criminales en el país.
La iniciativa fue enviada a la Comisión de Justicia para dictamen.
Mar 13, 2024 | Actualidad Prime
Se aprobó un proyecto de decreto en la Cámara de Senadores por el cual se reforma el párrafo segundo del artículo 232-A de la Ley Federal de Derechos, para precisar que los concesionarios que usen, gocen o exploten aeropuertos federales no están obligados al pago de derechos previstos en esta disposición.
La propuesta aprobada en unanimidad, con 72 votos a favor, tiene el propósito de evitar que, por una interpretación equivocada, se les grave adicionalmente a los concesionarios el pago del derecho contemplado en el artículo 220-A de la Ley Federal de Derechos.
“Se propone establecer de manera expresa, que los concesionarios mencionados no están obligados al pago de los derechos previstos en el artículo 232-A de la Ley Federal de Derechos”, detalla el documento remitido al Ejecutivo Federal.
Mar 11, 2024 | Actualidad Prime
Se presentó una iniciativa en la Cámara de Diputados a fin de establecer que la Secretaría de Educación Pública debe proporcionar a los estudiantes con discapacidad, los materiales y ayudas técnicas para adquirir los conocimientos necesarios en materia de educación sexual integral y reproductiva.
Igualmente el documento establece que la Secretaría de Salud deberá crear programas de rehabilitación sexual, educación sexual integral y reproductiva para estas personas.
La iniciativa reforma la fracción X del artículo 7 y fracción XIV del artícul 12 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, estipulando que dicha educación implica el ejercicio responsable de la sexualidad, la planeación familiar, la maternidad y la paternidad responsable, la prevención de los embarazos de menores de edad, de las infecciones de transmisión sexual, la responsabilidad afectiva, la identidad de género y los aspectos cognitivos, emocionales, físicos y sociales de la sexualidad en todas las etapas de la vida.
Fue turnado a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.