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Autorizado el uso de armas para aspirantes a policías durante su formación

El proyecto que busca permitir el porte de armas a los aspirantes a oficiales de policía ha avanzado significativamente en el Congreso. Tras su tercer trámite, la propuesta ha quedado lista para ser discutida en la Cámara de Diputadas y Diputados

Publicado: 26 de abril de 2024

El proyecto que busca permitir el porte de armas a los aspirantes a oficiales de policía ha avanzado significativamente en el Congreso. Tras su tercer trámite, la propuesta ha quedado lista para ser discutida en la Cámara de Diputadas y Diputados.

La iniciativa, que ha obtenido un respaldo significativo con 31 votos a favor y solo 2 abstenciones, propone una modificación clave a la Ley N° 17.798, sobre Control de Armas. Esta enmienda autorizaría el uso de armamento por parte de los aspirantes a oficiales de policía desde el primer año de formación, durante el desarrollo de sus prácticas en las instituciones respectivas.

El senador Pedro Araya, presidente de la Comisión de Defensa, ha destacado la importancia de esta medida, la cual busca fortalecer la formación de los futuros agentes del orden. Según explicó el parlamentario, la propuesta permitiría que los alumnos de las escuelas policiales puedan contribuir activamente a labores de prevención y mantención del orden público mientras cursan sus estudios.

Durante el debate en el Senado, diversos legisladores expresaron su apoyo a la necesidad de reforzar la capacitación de las fuerzas policiales. Además, se discutió sobre el alcance de las prácticas profesionales contempladas en la norma, las cuales se entenderían en un sentido amplio, abarcando todas aquellas actividades relacionadas con la seguridad pública.

Una de las principales novedades de esta propuesta es la inclusión de la protección de la legítima defensa privilegiada para los futuros carabineros que realicen pasantías durante su formación policial. Esta medida, incorporada mediante un nuevo inciso quinto, proporcionaría un respaldo legal adicional a los aspirantes a oficiales, amparándolos bajo el artículo 10, N° 6, del Código Penal.

Fuente: pjud.cl

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