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Corte de Apelaciones rechaza recurso de casación en demanda contra aerolínea por ley de protección de los derechos de los consumidores

El máximo tribunal rechazó el recurso de casación interpuesto por Sernac, el cual alegaba infracciones a la ley de protección de los derechos de los consumidores. La sentencia confirmó que la aerolínea cumplió con las normativas legales, concluyendo que las pruebas presentadas no fueron suficientes para revocar el veredicto original.

Publicado: 24 de septiembre de 2024

La Corte de Apelaciones de Santiago, en una decisión unánime causa rol 4.192-2024, rechazó el recurso de casación interpuesto por el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) en contra de la sentencia que desestimó una demanda presentada contra la empresa Iberia Líneas Aéreas de España SA. La acción legal, que acusaba a la aerolínea de infringir la ley de protección de los derechos de los consumidores, fue desestimada por el Tercer Juzgado Civil de Santiago.

El tribunal, conformado por los ministros Juan Cristóbal Mera, Tomás Gray y el abogado Waldo Parra, concluyó que no se había cometido ninguna infracción en la sentencia impugnada. Según el fallo, la jueza del Tercer Juzgado Civil evaluó correctamente las pruebas presentadas y el marco normativo, incluyendo disposiciones del Código Civil, el Código Aeronáutico y la Ley N° 19.496 de protección a los consumidores.

Detalles de la sentencia

La sentencia menciona que Iberia acreditó haber entregado folletos informativos a sus pasajeros sobre el procedimiento para la restitución de tasas de embarque, lo que desacredita las conclusiones de un acta de fiscalización presentada por Sernac. Además, se confirmó que en casos específicos, como los de los consumidores Cecilia Moreno y Javiera Francisca Caro, se tomaron medidas adecuadas por parte de la aerolínea, gestionando reembolsos o justificando la no procedencia de estos.

Conclusiones del fallo

El tribunal determinó que los argumentos presentados por el recurrente no eran suficientes para fundamentar el recurso de casación. Así, el fallo concluye que no hubo omisión de las leyes ni falta de equidad en la sentencia, y que el recurso debía ser rechazado.

La Corte de Apelaciones resolvió rechazar el recurso de casación interpuesto por Sernac y confirmó la sentencia emitida por el Tercer Juzgado Civil de Santiago, con costas a cargo del recurrente.

Fuente: pjud.cl

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