La Comisión de Gobierno Interior despachó a Sala el proyecto de ley (boletín 17615). La iniciativa modifica la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades. Su objetivo principal es incorporar mecanismos de control del comercio ambulante e informal.
Durante la última sesión, se votaron las indicaciones pendientes relativas a los lugares permitidos para el comercio ambulante o estacionado. Tras esto, la iniciativa quedó lista para ser discutida en el pleno de la Corporación. La idea central del proyecto es entregar más herramientas a los municipios para que puedan combatir el comercio ilegal, permitiendo el decomiso de productos y fortaleciendo la recuperación de espacios públicos, mediante acciones que se precisarán en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.
Decomiso y Fiscalización Municipal Fortalecida
Adicionalmente, los legisladores cambiaron la expresión del título a «comercio ambulante o estacionado», eliminando el término «comercio informal». Asimismo, se respaldó que los municipios deberán establecer en sus ordenanzas los lugares permitidos para este comercio.
Dichas ordenanzas deberán incluir un sistema único de identificación personal con registro fotográfico. Además, regularán el procedimiento para el decomiso de mercadería y objetos usados sin autorización, incluyendo la destrucción de los mismos en un plazo que no supere las 48 horas.
Las ordenanzas deberán considerar el diagnóstico del Consejo Comunal de Seguridad Pública. El Ministerio de Seguridad Pública y las municipalidades podrán participar en procesos donde el Servicio de Impuestos Internos sea querellante.
Fuente: camara.cl
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