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Senado aprueba régimen tributario especial para comerciantes de ferias libres

El Senado dio luz verde a un proyecto que crea un régimen tributario especial para comerciantes de ferias libres. La iniciativa establece un impuesto simplificado del 1,5% para quienes realicen ventas mediante medios electrónicos, y busca facilitar la formalización de miles de trabajadores del rubro, reconociendo su aporte económico, social y cultural.

Publicado: 25 de abril de 2025

El Senado aprobó el proyecto que crea un régimen tributario especial para comerciantes de ferias libres. La iniciativa, construida junto a representantes del rubro, busca reconocer la dignidad del trabajo feriante y facilitar su formalización. El texto ahora debe pasar a la Cámara de Diputadas y Diputados, en su tercer trámite legislativo.

Durante la sesión, senadoras y senadores de todos los sectores políticos destacaron el valor identitario, social y económico de las ferias libres en el país. También subrayaron su rol histórico y la urgencia de entregar herramientas que permitan regularizar a quienes trabajan en estos espacios.

Nuevo impuesto simplificado del 1,5%

El proyecto propone un impuesto sustitutivo del IVA para feriantes, con una tasa del 1,5% sobre las ventas realizadas mediante pago electrónico. Este gravamen se aplicará automáticamente en el momento del pago, sin posibilidad de deducción. La iniciativa exime a los contribuyentes de declarar impuestos, llevar contabilidad o presentar libros auxiliares.

Para acceder al régimen, las personas deben cumplir varios requisitos: ser personas naturales, tener patente municipal vigente, haber iniciado actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) con el giro de ferias libres, y realizar su actividad en esos espacios.

Los proveedores de medios de pago electrónico actuarán como agentes retenedores del nuevo impuesto. Ellos deberán declarar y pagar mensualmente los montos correspondientes, asegurando que el total del impuesto más cualquier recargo, incluidas las comisiones, no supere el 3,5% del valor de la venta.

Un reglamento del Ministerio de Hacienda establecerá los requisitos y condiciones que estos operadores deberán cumplir.

Clarificación y definición de ferias libres

Durante el debate, surgieron inquietudes respecto a la definición de ferias libres. Para resolverlas, el Senado aprobó una indicación que aclara el concepto: se entenderá por feria libre el conjunto de comerciantes minoristas o trabajadores independientes que, en un perímetro delimitado y de forma regular, venden principalmente alimentos o bienes al detalle.

La propuesta también establece que el SII no podrá negar la inscripción en este régimen por deudas tributarias anteriores a la entrada en vigencia de la ley. Además, las municipalidades deberán entregar información periódica sobre los permisos otorgados, revocados o vencidos.

El proyecto avanza en la simplificación de trámites para los feriantes y busca consolidar un sistema más justo y eficiente. Como afirmó una de las senadoras durante el debate: “Este es un proyecto no solo tributario, sino también social”.

Fuente: senado.cl

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