Ene 7, 2026 | Actualidad Prime
El recurso de nulidad interpuesto por Farmacias Ahumada SpA fue rechazado por la Corte de Apelaciones de Santiago. La sentencia que confirmó la multa de la Inspección del Trabajo fue ratificada. La sanción fue aplicada tras acreditarse la modificación unilateral de la jornada laboral de los trabajadores.
Análisis de los motivos de nulidad
En fallo unánime (causa rol 3.189-2024), la Duodécima Sala descartó infracciones en la sentencia previa del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo. Fue invocado en la letra e) del artículo 478 del Código del Trabajo como causal principal. La defensa de la empresa acusó una supuesta omisión en el análisis de pruebas.
El tribunal aclara que, según el artículo 459 N°4, un fallo debe contener el análisis de la prueba y el razonamiento judicial. El recurso de nulidad intentado acusaba una omisión (no haber valorado las pruebas), pero la Corte determinó que lo que la empresa realmente criticaba era que el juez no llegó a la conclusión que ellos deseaban.
En términos jurídicos, se establece que un análisis defectuoso o una valoración con la que una parte no está de acuerdo no equivale a una ausencia de análisis. Por lo tanto, no se configura la causal de nulidad de la letra e) del artículo 478 del Código del Trabajo, pues el sentenciador sí cumplió con su deber legal de razonar sobre la evidencia.
Confirmación de la conducta unilateral
La forma de comunicación entre la empresa y el sindicato fue analizada en el fundamento octavo del fallo original. Fue valorada la correspondencia incorporada y los testimonios presentados durante el juicio laboral. De estos antecedentes, el sentenciador concluyó que la reducción de jornada fue ejecutada de forma unilateral.
La sentencia del diecinueve de agosto de 2024 fue declarada como válida y no nula por el tribunal de alzada. El recurso de nulidad deducido en la causa RIT I-498-2024 fue finalmente desestimado. La conducta de la cadena de farmacias fue sancionada conforme a la normativa vigente.
Fuente: pjud.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte de Valparaíso ordena devolución de descuentos indebidos a trabajadores de salud municipal
Ene 6, 2026 | Actualidad Prime
Los recursos de protección presentados por funcionarios de salud primaria de Viña del Mar fueron acogidos por la Corte de Apelaciones. Fueron dejados sin efecto los actos administrativos que establecían una nueva tabla de sueldos para profesionales de centros municipales.
Fundamentos del actuar arbitrario
En fallo unánime (causa rol 5.057-2025), por la Segunda Sala del tribunal fue establecido el actuar arbitrario de las recurridas. La validez de la escala de sueldos es regida por el artículo 39 de la Ley 19.738, requiriendo aprobación del Concejo Municipal. Fue determinado que las remuneraciones constituyen derechos adquiridos e irrenunciables tras veinte años de vigencia.
El déficit presupuestario no debe ser soportado por los trabajadores, según fue relevado en el fallo unánime. La decisión fue considerada arbitraria por ser contraria a la justicia y la razón. Un razonamiento suficiente y serio fue omitido por la voluntad de las autoridades recurridas.
Vulneración de garantías constitucionales
La igualdad ante la ley, asegurada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política, fue afectada por la medida. Una reducción de remuneraciones fue producida solo para las categorías A y B. El derecho de propiedad sobre los sueldos incorporados al patrimonio resultó también vulnerado.
La restitución de los montos descontados fue ordenada por el tribunal porteño en la sentencia (causa rol 5.057-2025). Resoluciones, acuerdos y decretos alcaldicios de 2025 fueron anulados. La acción cautelar fue acogida sin costas, restableciendo la vigencia de los protocolos acordados previamente con los gremios.
Fuente: pjud.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Suprema ratifica fallo por prácticas antisindicales tras denuncia
Ene 5, 2026 | Actualidad Prime
La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia de la empresa Carozzi S.A. El sindicato de alimentos presentó originalmente la denuncia por práctica antisindical que el tribunal acogió. Los magistrados desestimaron el arbitrio especial al no cumplir con los requisitos legales básicos.
Inadmisibilidad del recurso y normativa laboral
La Cuarta Sala dictó un fallo unánime en la (causa rol 48.882-2025). Las ministras Chevesich, Muñoz, González, López y el abogado Urquieta integraron el tribunal. La Sala Laboral reiteró que el artículo 483 del Código del Trabajo exige interpretaciones distintas de tribunales superiores para que el recurso proceda.
El tribunal controla la existencia de fundamentos y la relación de materias de derecho según el artículo 483-A. La recurrente debe acompañar copias de los fallos que sustentan su postura jurídica. En este caso, la empresa no cumplió con las exigencias de admisibilidad que establece la normativa vigente.
Carácter particular de la controversia jurídica
La empresa intentó determinar si la modificación unilateral de funciones constituye una práctica antisindical. Sin embargo, los ministros concluyeron que el planteamiento depende de los hechos específicos de cada caso. La Corte Suprema calificó el asunto como un tema de carácter casuístico y eminentemente particular.
Los juzgadores explicaron que estas circunstancias impiden comparar la sentencia con otros dictámenes judiciales. Por esta razón, el máximo tribunal rechazó el intento de unificar la jurisprudencia en el terreno de lo concreto. La sentencia que sanciona la conducta de la empresa alimentaria quedó firme.
Fuente: pjud.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Sueldo mínimo alcanzará los $539 mil en enero de 2026 tras alza histórica
Ene 2, 2026 | Actualidad Prime
A partir de enero de 2026, el ingreso básico será incrementado a $539.000. Esta medida es concretada mediante la segunda alza estipulada en la ley de reajuste, la cual fue aprobada por el Congreso durante el año 2025. Cerca de 900 mil trabajadores serán beneficiados directamente.
Impacto del acuerdo y gestión gubernamental
Un ciclo de aumentos históricos fue impulsado por el Gobierno y la Central Unitaria de Trabajadores. Los montos fueron elevados desde los $350.000 vigentes en 2022. Según el ministro Nicolás Grau, este avance fue logrado junto al apoyo a pymes y la reducción de la inflación.
Cronología y mecanismos de protección económica
La meta de $500.000 fue cumplida en julio de 2024 tras múltiples negociaciones. Durante 2025, el salario fue subido a $510.000 y luego a $529.000. El umbral de la pobreza es superado por familias promedio gracias a estos ajustes legales realizados de forma gradual.
Subsidios y apoyo a la pequeña empresa
Un mecanismo de apoyo a las MiPymes es contemplado por la ley actual. Este subsidio será activado si la variación del salario mínimo es superior a la inflación registrada en 2025. El empleo en empresas de menor tamaño es protegido mediante esta normativa de acompañamiento económico.
Fuente: pjud.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte de Santiago confirma sanción a supermercado por falta de control de temperatura
Dic 31, 2025 | Actualidad Prime
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad interpuesto por Jumbo Supermercados Administradora Limitada. El tribunal confirmo la multa de 60 UTM por la ausencia de sistemas de control de temperatura en un local. La sentencia original fue dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo.
Análisis de la prueba y hechos asentados
En fallo unánime (causa rol 3.541-2024), la Duodécima Sala descartó errores de hecho en la sentencia recurrida. Los ministros establecieron que la empresa no desvirtuó las faltas detectadas. Se concluyó que no existían condiciones de ventilación adecuadas para resguardar la salud de los trabajadores en el establecimiento.
Improcedencia del recurso y normativa legal
La Sala desestimó la nulidad porque la empresa pretendía alterar las conclusiones del juez de base. Los magistrados determinaron que los argumentos cuestionaban la sana crítica de forma inadmisible. Los artículos 479, 481 y 482 del Código del Trabajo sustentan la multa contra la parte reclamante en contra de la sentencia de veintitrés de septiembre dos mil veinticuatro, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago
Fuente: pjud.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Suprema condena contra Isapre tras rechazar beneficios GES para paciente oncológico