Ene 15, 2026 | Actualidad Prime
La Comisión de Economía analiza el proyecto de ley que refuerza la protección del derecho de autor en el entorno digital. La iniciativa establece una regulación para las medidas tecnológicas de protección y fija multas por su elusión. El Ejecutivo fundamenta la norma en compromisos de tratados internacionales suscritos por Chile.
Vulneración de medidas tecnológicas de protección
El texto incorpora una definición legal de medidas tecnológicas en la Ley 17.336 de Propiedad Intelectual. Describe estas herramientas como dispositivos que controlan el acceso a obras protegidas. Además, el proyecto tipifica delitos específicos por eludir sistemas de cifrado o administración digital de derechos de autor y conexos.
La propuesta sanciona la fabricación, importación y venta de dispositivos diseñados para vulnerar protecciones tecnológicas. Estas conductas con fines comerciales conllevan reclusión menor en su grado mínimo o multas de hasta 1.000 UTM. Asimismo, se penaliza la oferta de servicios promocionados para facilitar la elusión de estas medidas.
Persecución de delitos de propiedad intelectual
Representantes de la Policía de Investigaciones analizaron los alcances de la normativa ante la comisión parlamentaria. La institución valoró la iniciativa, aunque advirtió un cambio de paradigma en los procesos de investigación. Por ello, recomendaron capacitaciones técnicas para responder eficazmente a los constantes avances tecnológicos en la materia.
Los expertos sugirieron vincular la propuesta con la Ley 21.663 de Ciberseguridad y la Ley 18.168 de Telecomunicaciones. Esta conexión otorgaría un soporte jurídico más robusto para la persecución penal de los infractores. También propusieron crear un ente técnico que monitoree el funcionamiento de aplicaciones que eluden sistemas de seguridad.
Finalmente, la Cámara Chilena de Infraestructura Digital propuso implementar bloqueos selectivos y dinámicos a plataformas infractoras. Estas medidas excepcionales tendrían control judicial posterior y se enfocarían en conductas sistemáticas. El objetivo es fortalecer la gobernanza público-privada para proteger el ecosistema digital y los derechos de los creadores.
Fuente: pjud.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte de Rancagua ordena la continuidad de la prisión preventiva para imputada por lavado de activos y fraude
Ene 14, 2026 | Actualidad Prime
La Corte de Apelaciones de Rancagua confirmó la prisión preventiva para C.G.F., imputada por delitos reiterados de cohecho agravado y falsificación. El Ministerio Público también le atribuye el delito de lavado de activos. Los ilícitos ocurrieron mientras la mujer trabajaba en la Subsecretaría de Educación entre 2020 y 2022.
Peligro para la seguridad de la sociedad
El tribunal de alzada dictó un fallo unánime que descartó errores en la resolución del Juzgado de Garantía de Rancagua. Los magistrados determinaron que la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Esta conclusión justifica la permanencia de la medida cautelar más gravosa.
La sentencia fundamenta la decisión en la letra b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. El tribunal consideró que los antecedentes de la investigación establecen con claridad la participación de la encartada. Por lo tanto, los presupuestos materiales para la imposición de cautelares se mantienen inalterados hasta la fecha.
Organización criminal y fraude en licencias de conducir
La investigación vincula a la imputada con una organización criminal operativa en el Departamento de Tránsito de Requínoa. C.G.F. presuntamente emitió 5.581 certificados de educación ideológicamente falsos para obtener licencias de conducir fraudulentas. A cambio de estas gestiones, la mujer y un coimputado recibieron diversos pagos ilícitos.
Finalmente, el ente persecutor sostiene que la imputada adquirió vehículos y propiedades con el dinero obtenido. Estas compras tenían como objetivo ocultar el origen ilícito de los fondos provenientes de la corrupción. Debido a la gravedad y cantidad de delitos, la Corte ratificó la necesidad de la cautelar.
Fuente: pjud.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Suprema dicta sentencia que obliga a fundación docente a reparar daño moral sufrido por estudiante
Ene 13, 2026 | Actualidad Prime
La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por la Fundación Educacional Colegio Providencia de La Serena. El máximo tribunal ratificó la condena al pago de $10.000.000 por concepto de daño moral. La beneficiaria es una alumna víctima de maltrato escolar.
Argumentos de la defensa y rechazo por falta de fundamento
La Primera Sala de la Corte Suprema desestimó el recurso de la fundación educativa unánimemente. Los magistrados determinaron que la impugnación carecía de fundamentos legales sólidos. El tribunal ratificó así la responsabilidad del establecimiento en el caso de maltrato escolar bajo las normas del derecho común.
La recurrente acusó infracciones a los artículos 44, 45 y 1547 del Código Civil. Argumentó que el tribunal alteró el grado de culpa y omitió el impacto del COVID-19 como caso fortuito. La defensa sostuvo que no existió un incumplimiento contractual ni relación de causalidad probada.
La fundación alegó contravenciones a los artículos 1551, 1556 y 1698 del Código Civil. Negó la existencia de un retardo imputable o daños derivados de su gestión educacional. Sin embargo, el fallo judicial mantuvo la sentencia original al considerar insuficientes los argumentos para anular la responsabilidad civil determinada.
Errores en la fundamentación del recurso de casación
La Sala Civil constató que la recurrente omitió citar preceptos fundamentales para resolver la controversia. Específicamente, no extendió la infracción a los artículos 1437, 1545 y 1546 del Código Civil. Por consiguiente, la sola mención de normas infringidas no justifica acoger la casación por falta de fundamento.
El tribunal determinó que los supuestos fácticos asentados por los jueces de fondo son inamovibles. La fundación intentó desvirtuar estos hechos sin denunciar infracciones a las leyes reguladoras de la prueba. Asimismo, la mención del artículo 1698 del Código Civil resultó insuficiente al tratar solo la distribución de la carga.
Finalmente, el arbitrio no satisfizo las exigencias del artículo 772 del Código de Procedimiento Civil. La defensa omitió entregar una explicación circunstanciada sobre los errores de derecho reclamados. Debido a esto, el tribunal rechazó los cuestionamientos sobre los artículos 1700 y 1702 del Código Civil por falta de precisión jurídica.
Fuente: pjud.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte de Concepción dicta sentencia que exige a establecimiento de comida eliminar toda publicación digital contra una clienta
Ene 12, 2026 | Actualidad Prime
La Corte de Apelaciones de Concepción acogió el recurso de protección interpuesto por una clienta. El tribunal ordenó al local Konna Gastronomía SpA eliminar comentarios despectivos publicados en redes sociales. Esta acción legal comenzó tras un reclamo por el cobro excesivo de un plato en promoción.
Vulneración de honra y vida privada
La Quinta Sala del tribunal de alzada dictó el fallo de manera unánime. Los ministros Claudio Gutiérrez Garrido, Rafael Andrade Díaz y el abogado Waldo Ortega Jarpa integraron la instancia. Los magistrados determinaron que las publicaciones vulneraron el derecho a la vida privada y la honra de la recurrente.
El tribunal aplicó las reglas de la sana crítica para examinar los antecedentes digitales. La sentencia establece que los logos y nombres del local comercial confirman la autoría de las publicaciones. Por lo tanto, el procedimiento lógico permitió colegir la responsabilidad del establecimiento gastronómico en los hechos denunciados.
Ponderación de garantías constitucionales
La resolución analiza la colisión entre el derecho a la honra y la libertad de expresión. El fallo destaca que el buen nombre es un derecho personalísimo garantizado por la Carta Fundamental. Debido a esto, las publicaciones en plataformas digitales socavaron el prestigio social de la mujer afectada.
La Corte citó el artículo 19 N°4 de la Constitución Política para fundamentar su decisión. En consecuencia, la justicia amparó a la recurrente frente a las actuaciones imputadas a la empresa. La sentencia obliga a la recurrida a abstenerse de realizar futuras publicaciones vinculadas con la actora.
Finalmente, el tribunal ordenó borrar toda alusión en Facebook, Instagram y TikTok de forma inmediata. La orden vincula directamente a la sociedad gastronómica y a su representante legal, Ibrahim Youssef. De este modo, la acción constitucional protege la integridad moral de la consumidora frente al hostigamiento.
Fuente: pjud.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Comisión de Minería inicia debate sobre la instalación obligatoria de medidores inteligentes de electricidad
Ene 9, 2026 | Actualidad Prime
La Comisión de Minería inició formalmente la discusión del proyecto que modifica la Ley General de Servicios Eléctricos. Por consiguiente, esta propuesta impone a las concesionarias la obligación de instalar medición inteligente según el boletín 17850. No obstante, el sistema no generará costos de adquisición para los clientes.
Modernización de la red y financiamiento
En primer lugar, la red recibirá una modernización para optimizar el monitoreo y reducir interrupciones. El diputado Marco Antonio Sulantay recalcó que las empresas deben financiar los dispositivos. De este modo, las concesionarias mantendrán la propiedad y la responsabilidad exclusiva de estos equipos tecnológicos.
Además, el proyecto busca eliminar costos operativos y fortalecer la fiscalización del mercado eléctrico. Debido a esto, la implementación permite un control preciso del consumo y tarifas más eficientes. En consecuencia, el sistema mejora la coordinación operativa sin traspasar gastos de mantenimiento a los hogares.
Perspectiva regulatoria y beneficios del sistema
Por otra parte, Juan Meriches, director de Empresas Eléctricas A.G., expuso los beneficios globales de esta tecnología. El personero reconoció que la medición inteligente facilita el empoderamiento ciudadano. Sin embargo, advirtió que el texto requiere mayor coherencia con el modelo regulatorio de distribución eléctrica actual.
Asimismo, los clientes podrán acceder a tarifas horarias y gestionar mejor su demanda eléctrica diaria. Por último, la política pública habilita la transición energética mediante la electromovilidad y el almacenamiento. Por lo tanto, la Comisión solicitó informes para descartar posibles alzas en las cuentas de las familias.
Fuente: camara.cl
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