Fortalecen facultades preventivas del Estado frente al crimen organizado mediante nuevo sistema de inteligencia

El Senado respaldó por unanimidad el informe de la Comisión Mixta que moderniza el sistema de inteligencia. La Cámara de Diputados ratificó posteriormente el texto, dejando la norma lista para su promulgación. El proyecto busca fortalecer la seguridad nacional ante amenazas complejas y el crimen organizado.

Estructura orgánica y organismos colaboradores

La nueva ley integra a la Agencia Nacional de Inteligencia con las direcciones de defensa y fuerzas armadas. Se incorporan como colaboradores Gendarmería, la Agencia de Ciberseguridad, Aduanas y el Servicio de Impuestos Internos. La Unidad de Análisis Financiero también participará en la planificación estratégica del sistema.

El sistema contará con instrumentos de planificación y un estatuto especial para su personal técnico. El Ejecutivo nombrará un subdirector a propuesta de la dirección nacional para fortalecer la gestión operativa. Los organismos actuarán anticipando riesgos y amenazas bajo estrictos mecanismos de control establecidos por el legislador.

Controles judiciales y nuevas figuras penales

La normativa establece un sistema de permisos de información autorizados por un ministro de la Corte Suprema. La Contraloría General y la Cámara de Diputados ejercerán el control externo de todas las operaciones. El personal deberá mantener reserva permanente sobre la información, incluso después de cesar en sus cargos.

El texto tipifica nuevos delitos vinculados al uso indebido del sistema, incluyendo el espionaje político. Se actualizaron las atribuciones de las Fuerzas Armadas para enfrentar el narcotráfico de manera más efectiva. El Ejecutivo destacó que esta reforma actualiza el marco normativo para proteger la democracia y el orden constitucional.

Fuente: camara.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Avanza proyecto que garantiza gratuidad de estacionamientos para pacientes en centros de salud

Avanza proyecto que garantiza gratuidad de estacionamientos para pacientes en centros de salud

La Sala de la Cámara aprobó el proyecto que modifica la Ley 19.496 sobre protección de los derechos de los consumidores. La iniciativa busca garantizar la gratuidad en estacionamientos de recintos de salud públicos y privados. El texto legal ahora avanza a su segundo trámite constitucional en el Senado.

Extensión del beneficio y nuevos beneficiarios

La propuesta extiende la gratuidad más allá de las atenciones de urgencia o emergencia actuales. El beneficio cubrirá consultas médicas, exámenes, procedimientos, internaciones y controles postoperatorios. También se incluye de forma explícita el derecho gratuito para realizar gestiones administrativas o regularización de deudas en los centros asistenciales.

El texto reconoce a los acompañantes de pacientes sin exigir vínculos sanguíneos para acceder al beneficio. Asimismo, la norma prohíbe el cobro a todo evento para vehículos que transportan personas con discapacidad o movilidad reducida. Esta medida asegura una cobertura más realista y efectiva para la población que requiere asistencia.

Fiscalización y sanciones administrativas

El incumplimiento de esta normativa generará multas administrativas que fluctúan entre 100 y 150 Unidades Tributarias Mensuales. En caso de reincidencia, la sanción pecuniaria se duplicará para el recinto infractor. Los centros de salud deberán implementar mecanismos físicos o electrónicos para validar de manera expedita la atención realizada.

La ley otorga un plazo de tres meses para que los establecimientos adecuen sus sistemas operativos. Este periodo de vacancia legal comienza a regir desde la publicación oficial de la nueva normativa. Con esta regulación, el legislador busca aliviar los costos indirectos asociados al acceso al derecho a la salud.

Fuente: camara.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Cuarto Tribunal Oral en lo Penal dicta sentencia condenatoria contra sujeto por robo violento

Cuarto Tribunal Oral en lo Penal dicta sentencia condenatoria contra sujeto por robo violento

El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Anderson Alejandro Ambuilo Ortiz a seis años de presidio efectivo. El sujeto fue sentenciado en calidad de autor del delito consumado de robo con violencia. El ilícito ocurrió en marzo del año pasado en Estación Central.

Detalles del ilícito y penas accesorias

En fallo unánime (causa rol 438-2025), el tribunal dio por establecido que el sentenciado abordó a la víctima para sustraer su teléfono celular. Durante el atraco, el afectado fue intimidado y agredido con golpes de pie y puño. Como consecuencia, la víctima resultó con múltiples lesiones de carácter leve en diversas partes del cuerpo.

La sentencia impuso además las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos. También se decretó la inhabilitación para profesiones titulares mientras dure la condena impuesta. El tribunal ordenó la toma de muestras biológicas para el registro nacional de ADN de condenados.

Calificación jurídica y determinación de la pena

El fallo calificó los hechos como robo con violencia, según los artículos 432 y 436 del Código Penal. Las magistradas aplicaron lo dispuesto en el Nº1 del artículo 449 del Código Penal, para determinar el quantum de la sanción. El tribunal consideró la gravedad de las lesiones para fijar el presidio mayor.

La resolución unánime absolvió al imputado de un segundo cargo por robo por sorpresa ocurrido en febrero. Respecto a la condena principal, el tribunal determinó que la pena debe cumplirse de manera efectiva. Los sentenciadores desestimaron la solicitud de la defensa para aplicar el mínimo grado de la pena.

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Suprema confirma querella de capítulos en contra de la exministra Vivanco

Corte Suprema confirma querella de capítulos en contra de la exministra Vivanco

La Corte Suprema acogió la querella de capítulos presentada por el Ministerio Público contra la exministra Ángela Vivanco Martínez. La indagatoria se relaciona con presuntas irregularidades en causas tramitadas ante el máximo tribunal. La Sala ratificó la decisión tras rechazar la apelación de la defensa de la exmagistrada.

Verosimilitud de las imputaciones y mérito procesal

La Segunda Sala consideró que los antecedentes aportados poseen la seriedad y verosimilitud necesarias para iniciar el proceso. El fallo subrayó que los elementos expresados en la querella resultan plausibles para revestir de mérito la acción penal. Los ministros confirmaron que se cumplen estrictamente los requisitos legales exigidos.

La resolución aclaró que este pronunciamiento no determina responsabilidades definitivas ni asienta hechos de forma anticipada. El tribunal busca garantizar un debido y racional procedimiento donde se mantengan incólumes las garantías fundamentales de la defensa. El proceso penal continuará ahora bajo las reglas establecidas por el legislador chileno.

Confirmación de admisibilidad y marco legal

La Corte compartió el juicio de mérito realizado previamente por el tribunal de alzada de Santiago. La sentencia invocó lo dispuesto en el artículo 427 del Código Procesal Penal para confirmar la admisibilidad. Con esta decisión, se ratifica el camino para la persecución penal de las faltas imputadas.

La integración de la Sala incluyó a ministros titulares y abogados integrantes, quienes votaron por la plausibilidad de los cargos. La investigación del Ministerio Público ahora podrá avanzar en la sede procesal correspondiente. Este fallo refuerza los estándares de probidad administrativa y responsabilidad constitucional en el Poder Judicial.

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte de Rancagua acoge recurso y ordena determinar calidad de pensión de sobrevivencia de conviviente sobreviviente

Corte de Rancagua acoge recurso y ordena determinar calidad de pensión de sobrevivencia de conviviente sobreviviente

La Corte de Apelaciones de Rancagua acogió un recurso de protección contra el Instituto de Previsión Social (IPS). El tribunal ordenó realizar un nuevo análisis de la solicitud de pensión de una conviviente civil sobreviviente de pensionado de la Caja de Empleados Particulares (Empart), excluida del beneficio de pensión de sobrevivencia al no estar casada con el causante. La justicia determinó que la exclusión del beneficio constituye un acto arbitrario e ilegal.

Igualdad ante la ley y Acuerdo de Unión Civil

La Corte de Rancagua dictaminó que el IPS actuó de forma arbitraria al negar una pensión de sobrevivencia. El fallo unánime ordenó un nuevo análisis asimilando la calidad de conviviente civil a la de cónyuge. El tribunal detectó una vulneración directa al derecho de igualdad ante la ley.

La resolución fundamentó que la Ley 20.830 busca equiparar la situación jurídica de convivientes y cónyuges. Excluir al sobreviviente del beneficio previsional constituye una diferencia de trato injustificada basada solo en el estado civil. El fallo invocó el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República para proteger a la recurrente. El tribunal reconoció que la solicitante se encuentra en una situación equivalente a la de un cónyuge.

Interpretación armónica y beneficios previsionales

Los sentenciadores aclararon que el Instituto de Previsión Social incurrió en una discriminación injustificada al negar el beneficio. La actuación del organismo afectó directamente el ejercicio legítimo del derecho a la igualdad de la recurrente. El tribunal exigió una interpretación armónica de la normativa vigente en materia de seguridad social.

Finalmente, el fallo obliga al IPS a asimilar la calidad de conviviente civil a la de cónyuge sobreviviente. Esta medida restablece el derecho perturbado por el acto administrativo que fue impugnado mediante la acción constitucional. El nuevo análisis debe considerar los derechos sucesorios y previsionales reconocidos por la legislación actual.

Fuente: pjud.cl

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