Nueva Ley busca garantizar espacios públicos más seguros para las mujeres

La Cámara aprobó las modificaciones del Senado al proyecto (boletín 16744) que busca garantizar espacios públicos seguros. La iniciativa protege a mujeres, personas mayores, niños, adolescentes y personas con discapacidad. Con este respaldo, el proyecto ya puede ser promulgado como ley.

La propuesta, de la diputada Carla Morales, establece que la Política Nacional de Espacios Públicos debe considerar las necesidades de las personas. En este contexto, se debe prestar especial atención a su sexo, edad o situación de discapacidad.

El texto impulsa la generación de espacios seguros mediante planificación territorial, diseño y gestión. Los proyectos deberán incorporar elementos de prevención situacional, seguridad y visibilidad. Además, el texto exige que se ajusten a principios de sustentabilidad y eficiencia energética.

Debate sobre la Importancia del Proyecto

Legisladores a favor destacaron la necesidad de mejorar la seguridad. Mencionaron la falta de iluminación y el ambiente hostil que las personas perciben en las calles. Un antecedente clave es la Encuesta Nacional Urbana de Seguridad Ciudadana, que señala mayor inseguridad en mujeres.

Los parlamentarios subrayaron la importancia de pensar las ciudades de forma universal. Su objetivo es visibilizar la experiencia de las mujeres, ya que el miedo limita su movilidad. También llamaron a permitir la inclusión segura de niños y personas con discapacidad.

Postura Crítica y Votación Final

Otros parlamentarios que votaron en contra argumentaron que el proyecto tiene un carácter político. Además, aseguraron que la legislación vigente ya considera disposiciones similares para la construcción de espacios públicos.

El texto se respaldó con 112 votos a favor, uno en contra y 11 abstenciones, confirmando su aprobación definitiva.

Fuente: camara.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Confirma fallo de la Corte Suprema que acogió demanda contra productora y ticketera

Confirma fallo de la Corte Suprema que acogió demanda contra productora y ticketera

La Corte Suprema rechazó recursos de casación contra la sentencia que acogió una demanda por infracción a la ley de protección de los derechos de los consumidores. La Corte ordenó a la productora Yellow House y a Punto Ticket a pagar 200 UTM cada una y a reembolsar entradas de una fiesta de Año Nuevo.

En un fallo de mayoría (causa rol 13.636-2025), la Primera Sala del máximo tribunal no encontró errores en la sentencia. Esta resolución confirma lo dictado por la Corte de Apelaciones de Santiago, que condenó a ambas empresas por sus incumplimientos.

El Argumento de la Corte

El fallo explicó que descartaron los recursos porque estos carecían de peticiones concretas. El artículo 764 del Código de Procedimiento Civil establece que un recurso de casación debe solicitar la anulación del fallo y la dictación de una sentencia de reemplazo.

Sin embargo, el recurso solo pidió invalidar el fallo, sin especificar lo que se pretendía obtener. La omisión de una petición concreta y precisa hizo que el tribunal no pudiera dictar una sentencia de reemplazo.

Decisión Final del Tribunal

Bajo estas condiciones, la Corte concluyó que no resulta posible el acogimiento del recurso de nulidad sustantiva, habida cuenta que con la petición efectuada por la recurrente, este Tribunal no podría dictar sentencia de reemplazo en favor de sus intereses, al carecer de una petición concreta y precisa.

Por lo tanto, se rechazaron los recursos de casación de las demandadas y de los demandantes. La decisión fue tomada con el voto en contra de la ministra Repetto, quien quería analizar el recurso de casación de la productora.

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte de Santiago rechaza demanda por competencia desleal contra cadena de supermercados 

Corte de Santiago rechaza demanda por competencia desleal contra cadena de supermercados

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó una demanda por competencia desleal. La acción legal fue interpuesta por SMU S.A. y Rendic Hermanos SA contra Walmart Chile SA y Administradora de Supermercados Híper Limitada por una campaña publicitaria.

En un fallo unánime (causa rol 11.426-2022), la Segunda Sala revocó la sentencia inicial. La Corte determinó que no se acreditaron las conductas que la ley sanciona como competencia desleal.

Elementos de la Competencia Desleal

La Corte concluyó que la conducta en este caso no constituye un ilícito de competencia desleal según lo establecido en la Ley 20.169. El fallo señala que no se pudo probar una «desviación de clientela», elemento clave para sancionar el delito.

Aunque el comportamiento podría ser antiético o engañoso, e incluso contrario a las «buenas costumbres», estas incorrecciones no alcanzan el umbral que la ley sanciona por esta vía.

Decisión Final del Tribunal

El fallo concluye que la demandada no justificó sus actuaciones ilícitas. Por lo tanto, el tribunal decidió rechazar íntegramente la demanda.

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Suprema Confirma Fallo que Condena a Empresa de Buses a Indemnizar a Pasajeros Lesionados

Corte Suprema confirma fallo que condena a empresa de buses a indemnizar a pasajeros lesionados

La Corte Suprema rechazó un recurso de casación, con lo que confirmó la sentencia que ordenaba a Buses JAC a indemnizar a los pasajeros. Esto se debió a que la empresa fue declarada responsable por un accidente en 2018, en el kilómetro 721 de la Ruta 5 Sur, comuna de Gorbea.

En un fallo unánime (causa rol 18.402-2025), el máximo tribunal descartó errores en la sentencia. Esta decisión confirmó la condena inicial que obligaba a la empresa a pagar indemnizaciones por daño emergente y moral, a los pasajeros que resultaron lesionados por el volcamiento del bus en que viajaban.

Los Argumentos de la Decisión del Tribunal

El fallo detalla que la defensa de la empresa cuestionó la valoración de la prueba para determinar la cuantía del daño moral concedido a cada uno de los demandantes. Sin embargo, no especificó qué norma reguladora de prueba se vulneró.

El tribunal explicó que los jueces de instancia avalúan el daño moral de manera prudencial. Debido a esto, el monto de la indemnización escapa del control de la Corte Suprema, que no tiene facultades para modificar ese tipo de decisiones.

Rechazo del Recurso de la Empresa

La resolución también indica que el reclamo de la empresa no configuraba un error sustantivo en la sentencia. El reproche sobre la pericial psicológica es de tipo formal y no se puede revisar a través del recurso de casación.

En consecuencia, los argumentos no permitieron configurar un error sustantivo en el fallo. Por lo tanto, el tribunal rechazó el recurso de la empresa y confirmó la condena original.

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Analizan mejoras a la Ley que busca prevenir la violencia contra la mujer

Analizan mejoras a la Ley que busca prevenir la violencia contra la mujer

La Comisión de Mujeres analiza un proyecto para perfeccionar la Ley 21.675. La iniciativa busca mejorar la ejecución de la prohibición a condenados por violencia de recibir pensiones de sobrevivencia. La subsecretaria de la Mujer y de Previsión Social asistieron a la Comisión.

El proyecto (boletín 17.724) busca mejorar la norma cuando una persona es formalizada por delitos contra la causante de una pensión. Actualmente, las AFP deben acceder a información confidencial de investigaciones, lo cual va en contra del deber del Ministerio Público.

Mecanismos de Información y Ejecución

Para corregir esto, el proyecto obliga a los Tribunales de Justicia a informar las condenas a la Superintendencia de Pensiones. Esta entidad tendría la facultad de regular el procedimiento de entrega de información.

Además, el texto establece que la inhabilitación para ser beneficiario de pensión de sobrevivencia debe constar en la sentencia. Las diputadas valoraron el proyecto y acordaron invitar al superintendente para una próxima sesión.

Un Fin de la Violencia de Género

El proyecto busca garantizar la correcta aplicación de la ley. De esta forma, se asegura que quienes han cometido delitos de violencia contra las mujeres no se beneficien de pensiones, protegiendo así a las víctimas y sus familias.

Fuente: camara.cl

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