Ene 24, 2025 | Actualidad Prime
El Congreso Nacional avanzó en la reparación de una de las demandas más emblemáticas del profesorado chileno. El proyecto de ley que otorga un aporte único a docentes afectados por la llamada «deuda histórica» quedó listo para convertirse en ley de la República. Este beneficio, dirigido a 57.560 profesores y profesoras que sufrieron perjuicios morales, patrimoniales y previsionales durante la década de los ochenta, busca cerrar un ciclo de espera de más de cuatro décadas.
El proyecto contempla un monto total de $4.500.000, el cual se pagará en dos cuotas: la primera en enero y la segunda en octubre. Para acceder al beneficio, los postulantes deberán cumplir ciertos requisitos, entre ellos la renuncia a presentar reclamaciones legales en instancias nacionales o internacionales.
Además, el programa establece un sistema de priorización basado en la edad, favoreciendo inicialmente a los profesores de mayor edad. Esta medida busca acelerar el impacto en los beneficiarios más vulnerables.
Reconocimientos y desafíos
Durante el debate, las y los legisladores coincidieron en que el monto aprobado es inferior a lo esperado por el gremio docente. Sin embargo, valoraron el esfuerzo del Gobierno y el diálogo con el magisterio. “La manera de construir políticas públicas es con acuerdos”, señalaron, destacando la consulta realizada a los profesores para validar la propuesta.
El ministro de Educación, Nicolás Cataldo, calificó la jornada como trascendental. “Hoy es un día histórico para nuestro país, para nuestra democracia y para los profesores y profesoras que hoy son testigos del proyecto que busca reparar esta deuda histórica”, afirmó.
No obstante, algunas voces expresaron reparos sobre ciertos puntos del proyecto. Las senadoras Yasna Provoste y Ximena Rincón criticaron la exigencia de renunciar a futuras acciones legales, argumentando que esta cláusula podría vulnerar derechos fundamentales del profesorado. A pesar de estas observaciones, el texto fue aprobado en los términos propuestos por el Ejecutivo.
El avance del proyecto generó diversas reacciones en el Congreso. Parlamentarios de todos los sectores políticos destacaron el simbolismo del aporte y reconocieron el sacrificio del profesorado durante décadas de lucha. “Esta no es solo una deuda económica, es también una deuda ética y moral”, expresó el senador Fidel Espinoza.
Un paso hacia la justicia
Con la aprobación de esta iniciativa, el Gobierno cumple un compromiso asumido por el Presidente Gabriel Boric. Aunque insuficiente para compensar las pérdidas históricas, de acuerdo a lo manifestado por los parlamentarios, el aporte es visto como un primer paso hacia el reconocimiento de las injusticias sufridas por el profesorado chileno.
Fuente: senado.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Cámara de Diputados aprueba proyecto para restringir armas a procesados por violencia intrafamiliar
Ene 23, 2025 | Actualidad Prime
La Cámara de Diputados aprobó y envió al Senado el proyecto de ley que busca prohibir el porte y tenencia de armas de fuego a personas procesadas o condenadas por violencia intrafamiliar (VIF). El proyecto, identificado como Boletín 15936, propone cambios legales para proteger a las víctimas de este tipo de violencia.
La diputada Lorena Fries (Frente Amplio) lideró la iniciativa, respaldada por otros diputados del Frente Amplio, como María Francisca Bello, Diego Ibáñez, Javiera Morales y Gael Yeomans. También se sumó la exdiputada Mercedes Bulnes, fallecida en 2024.
El proyecto considera la posesión de armas como una presunción de riesgo inminente de VIF. Por esta razón, plantea que los jueces puedan dictar medidas cautelares como la prohibición de porte y tenencia de armas, además de su decomiso, en casos de intimidación.
Nuevas facultades para los jueces
La iniciativa permite a los jueces de familia acceder a los registros de armas de la Dirección General de Movilización Nacional. Esto facilitará determinar si una persona denunciada por violencia intrafamiliar tiene autorización para portar armas.
El texto exige que las demandas o denuncias se basen en hechos que afecten la vida, integridad física o psíquica, libertad o indemnidad sexual de la víctima. También aborda casos en que la persona denunciada posea armas sin autorización.
Medidas para condenados
El proyecto establece que quienes sean condenados por violencia intrafamiliar no podrán poseer armas de fuego. Carabineros deberá confiscar las armas, municiones y cartuchos de los infractores en un plazo máximo de 24 horas desde la notificación de la sentencia.
En el caso de integrantes de las Fuerzas Armadas, Carabineros, Policía de Investigaciones o Gendarmería, se informará a la institución correspondiente para que adopte medidas legales y reglamentarias.
Además, las personas condenadas podrán solicitar excepciones si demuestran que necesitan portar armas para su profesión, pero el tribunal rechazará la solicitud si existe un riesgo grave para la víctima.
Debate en la Cámara
Durante la discusión, varios diputados destacaron el impacto positivo del proyecto en la protección de mujeres, niñas y niños. Se mencionó que el 93% de las armas inscritas en Chile pertenecen a hombres, y que el uso de armas de fuego estuvo presente en un 23,8% de los femicidios de 2022 y un 15% en 2023.
Algunos parlamentarios criticaron que el proyecto no aborda a quienes poseen armas ilegales, señalando que esto representa un desafío más complejo.
La ministra del Interior, Carolina Tohá, participó en el debate y destacó la importancia de la iniciativa. Subrayó que permitirá aplicar restricciones si se demuestra que el acusado tiene antecedentes de conducta violenta.
El proyecto ahora deberá ser revisado y votado por el Senado para avanzar en su tramitación.
Fuente: camara.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte de Valdivia confirma condena contra el Fisco por acoso laboral en Gendarmería
Ene 22, 2025 | Actualidad Prime
La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de nulidad presentado por el Fisco contra el fallo que ordenó indemnizar con $6.000.000 por daño moral a una funcionaria de Gendarmería y pedirle disculpas públicas. El tribunal confirmó la resolución del Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia, que acreditó actos de acoso laboral en Gerdarmería y la perpetuación de actos de discriminación por parte de la dirección regional del servicio.
Contexto del hostigamiento laboral
El caso se originó por una serie de nueve sumarios administrativos impulsados contra la funcionaria durante tres años, sin pruebas que justificaran las acusaciones. Además, tras regresar de su postnatal, la dirección regional de Gendarmería la removió de su cargo de jefatura sin entregar explicaciones. Este conjunto de situaciones vulneró las garantías constitucionales de la trabajadora, según el fallo ratificado.
La Segunda Sala de la Corte, integrada por la ministra Marcela Araya, la fiscal judicial Paola Oltra y el abogado Iván Hunter, determinó que el fallo de primera instancia no incurrió en errores de derecho. Según el tribunal, someter a una persona a constantes procesos sancionatorios sin sustento constituye una carga psicológica y una forma de discriminación.
Asimismo, la Corte consideró como otro indicio de acoso la decisión de privar a la funcionaria de su oficina, computador y escritorio tras su regreso al trabajo. Aunque Gendarmería intentó subsanar esta situación, el tribunal concluyó que los hechos acumulados evidenciaron un patrón de vulneración de derechos fundamentales.
Resolución definitiva
El fallo original, dictado el 24 de septiembre de 2024, obligó al Fisco a:
- Pagar $6.000.000 como indemnización por daño moral.
- Enviar una carta de disculpas públicas a la funcionaria.
- Ajustar y pagar intereses conforme al artículo 173 del Código del Trabajo.
- Abstenerse de realizar actos que vulneren las garantías de integridad física y psíquica de sus trabajadores.
La resolución también dispuso el registro del caso en la Inspección Provincial del Trabajo de Valdivia y condenó al Fisco al pago de costas procesales, fijadas en $600.000.
Este fallo reafirma el deber de las instituciones públicas de garantizar condiciones laborales libres de discriminación y acoso.
Fuente: pjud.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Tribunal condena a tres años de presidio a autor de receptación de motocicleta en El Bosque
Ene 21, 2025 | Actualidad Prime
El Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago sentenció a Leonardo Octavio Hernández Escanilla a tres años y un día de presidio efectivo por receptación de vehículo motorizado. El delito ocurrió en noviembre de 2022 en la comuna de El Bosque.
El tribunal, conformado por las magistradas Esperanza Carmona Araya (presidenta), Pamela Silva Gaete (redactora) y Gabriela Carreño Barros, resolvió de forma unánime imponer, además, las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. Hernández Escanilla deberá pagar una multa de $300.822, equivalente a la tasación fiscal del vehículo involucrado.
Hechos acreditados
La sentencia, identificada con causa rol 266-2024,establece que el 5 de noviembre de 2022, cerca de las 17:40 horas, Hernández Escanilla conducía una motocicleta Honda Elite del año 2017, con placa patente PG0649, por la intersección de las calles San Francisco y El Libertador en El Bosque. Al ser fiscalizado por funcionarios policiales, intentó evadirlos, pero fue alcanzado en calle San Francisco con Lo Martínez. Durante la inspección, los policías confirmaron que la motocicleta tenía un encargo vigente por robo, registrado el 22 de agosto de 2022 en la 64° Comisaría de Paine, denuncia realizada por la víctima Abraham Patricio Benavides Berríos.
Decisión del tribunal
El tribunal recordó que el delito de receptación de vehículo motorizado, según la ley 21.170, está sancionado con presidio menor en su grado máximo y una multa equivalente al valor de la tasación fiscal del vehículo. Al no presentarse atenuantes en el caso, el tribunal aplicó la pena mínima permitida.
La resolución también descartó la aplicación de penas sustitutivas. Según los magistrados, las pruebas presentadas y las circunstancias del caso exigen el cumplimiento efectivo de la pena. De esta manera, se busca garantizar una respuesta proporcional al delito y cumplir con los objetivos preventivos y retributivos del sistema penal.
Fuente: pjud.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte de Apelaciones de Valparaíso rechaza desafuero de diez diputados y diputadas
Ene 20, 2025 | Actualidad Prime
La Corte de Apelaciones de Valparaíso resolvió el pasado viernes 17 de enero, rechazar el desafuero de diez diputadas y diputados solicitado por el exministro del Interior, Andrés Chadwick Piñera. Chadwick había presentado una querella por injurias y calumnias en contra de los parlamentarios.
El pleno del tribunal, en un fallo unánime (causa rol 456-2024), concluyó que no se cumplen los requisitos legales para proceder con la pérdida de fuero de los parlamentarios querellados.
Argumentos del fallo
El tribunal explicó que la normativa distingue entre el fuero y la inviolabilidad parlamentaria. Mientras el fuero protege a los congresistas de acusaciones penales infundadas, la inviolabilidad garantiza que los parlamentarios no puedan ser perseguidos por las opiniones emitidas durante el ejercicio de sus funciones.
Según el fallo, las declaraciones cuestionadas por Chadwick se realizaron en el contexto de una acusación constitucional presentada en el hemiciclo de la Cámara de Diputados, el 23 de septiembre de 2024, durante una sesión oficial.
“El ánimo de injuriar está claramente ausente”, señala la resolución, que considera que las declaraciones se enmarcaron en el ejercicio de las funciones parlamentarias. Además, la Corte destacó que los hechos mencionados por los diputados están relacionados con el denominado caso «Audios», donde Chadwick ha declarado como imputado.
Resolución final
La Corte desestimó la petición de desafuero contra los parlamentarios Daniel Melo Contreras, Lorena Pizarro Sierra, Mónica Arce Castro, Jaime Araya Guerrero, Luis Malla Valenzuela, Lorena Fries Monleon, Jaime Sáez Quiroz, Ana Gazmuri Vieira, Nathalie Castillo Rojas y Nelson Venegas Salazar.
Con esta decisión, los diputados mantienen su fuero y podrán continuar ejerciendo sus funciones sin restricciones judiciales relacionadas con esta querella.
Fuente: pjud.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Congreso cuestiona recorte presupuestario en salud y exige explicaciones