Senado aprueba proyectos para prevenir la infertilidad y fomentar la educación en salud reproductiva

El Senado aprobó por unanimidad dos proyectos de ley impulsados por la senadora Paulina Núñez, los cuales buscan prevenir la infertilidad que afecta al 17% de la población en Chile y promover la educación en salud reproductiva. Ambas iniciativas ahora avanzan a la Cámara de Diputadas y Diputados para su segundo trámite legislativo.

Prevención y Rol de las Matronas

Uno de los proyectos modifica el Código Sanitario para que las matronas asuman un papel clave en la prevención de la infertilidad, mediante la entrega de información y orientación en salud reproductiva. Durante el debate, el senador Francisco Chahuán destacó la necesidad de abordar la crisis de la baja natalidad y la falta de conocimiento sobre estos temas.

Por su parte, la senadora Núñez enfatizó que el país enfrenta la tasa de natalidad más baja en una década, con solo 123 mil nacimientos en 2023. Además, advirtió que el 17,5% de la población necesitará tratamientos de reproducción asistida, los cuales aún no cuentan con suficiente respaldo estatal. Ante este escenario, solicitó al presidente Gabriel Boric avanzar en una ley integral de fertilidad.

Senadores como Alfonso De Urresti, Ximena Órdenes y Claudia Pascual recordaron proyectos anteriores que buscaban apoyar a personas con infertilidad, pero que no lograron prosperar. También subrayaron las barreras económicas que impiden el acceso a tratamientos, debido a que muchos procedimientos no están codificados por Fonasa.

Además, alertaron sobre el impacto de otro proyecto en discusión en la Cámara Baja, que busca prohibir el “vientre de alquiler” y que, según indicaron, podría restringir la transferencia de óvulos y espermios con fines reproductivos.

Educación y Políticas Públicas

El segundo proyecto aprobado modifica la Ley N° 20.418 para promover la educación y orientación sobre infertilidad. El senador Chahuán explicó que esta iniciativa complementa la anterior y recibió respaldo unánime en la Comisión de Salud.

En el debate participaron los senadores Juan Castro, Alejandra Sepúlveda, Yasna Provoste, Ximena Rincón y Esteban Velásquez, quienes valoraron el avance en políticas públicas para apoyar a las parejas afectadas por la infertilidad. Además, plantearon que estas medidas deben ir acompañadas de normas que permitan compatibilizar la vida laboral con la reproducción y la familia, como una estrategia clave para revertir la baja tasa de natalidad.

Finalmente, algunos legisladores expresaron su preocupación por el futuro de la discusión legislativa en torno a estos temas, señalando la necesidad de evitar propuestas que contradigan estos esfuerzos, como la posibilidad de un proyecto de aborto libre.

Fuente: senado.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Senado aprueba proyecto para modificar el Código de Aguas y mejorar fiscalización

Senado aprueba proyecto para modificar el Código de Aguas y mejorar fiscalización

El proyecto de ley que busca modificar el Código de Aguas quedó en condiciones de ser promulgado tras recibir el respaldo de la Sala del Senado. Con 29 votos a favor, 3 en contra y una abstención, los senadores ratificaron el informe de la Comisión Mixta que resolvió las discrepancias entre ambas Cámaras sobre la iniciativa presentada por el Ejecutivo. Anteriormente, la Cámara de Diputados también aprobó el proyecto.

En la revisión de los cambios propuestos por el Senado, la Cámara de Origen no aprobó un artículo relacionado con las labores de vigilancia para corregir inobservancias menores al Código de Aguas, debido a la falta de quórum. Esta situación originó la formación de la Comisión Mixta, que logró llegar a un consenso. La presidenta de la instancia mixta, senadora Yasna Provoste, explicó en la sesión que el proyecto busca perfeccionar la fiscalización hídrica y detalló que la redacción final adoptada por el Senado fue la que finalmente se ratificó en la Cámara.

Detalles del proyecto

El proyecto de ley tiene como objetivo mejorar el control de infracciones al Código de Aguas mediante la introducción de un procedimiento administrativo sancionador simplificado. Este procedimiento se aplicará a infracciones menores, cuya excepcionalidad o alcance justifica un proceso más ágil y eficiente. El objetivo es reducir los tiempos de tramitación y ofrecer mecanismos más eficaces para disuadir las infracciones.

Dentro de las medidas, se propone adecuar los mecanismos de notificación en los procedimientos administrativos y adaptarlos a la digitalización del Estado. También se incluirá la experiencia de los funcionarios de la Dirección General de Aguas (DGA) para mejorar la eficiencia de los procesos.

El proyecto abarca procedimientos relacionados con multas de baja cuantía, áreas con escasez hídrica, zonas de prohibición para la explotación de aguas subterráneas, y sanciones que no requieran inspección en terreno.

Fuente: senado.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Suprema rechaza recurso contra sentencia por despido improcedente

Corte Suprema rechaza recurso contra sentencia por despido improcedente

La Cuarta Sala de la Corte Suprema rechazó un recurso de unificación de jurisprudencia presentado por Monsanto Chile S.A., relacionado con una sentencia que acogió la demanda por despido improcedente y cobro de prestaciones de una trabajadora desvinculada.

El fallo unánime, en la causa rol 2.168-2024, ratificó la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago, que previamente confirmó el fallo de primera instancia. La resolución ordenó a Monsanto Chile S.A. pagar $38.382.096 a la exejecutiva, correspondiente al recargo legal del 30% sobre la indemnización por años de servicios.

Argumentos de la Corte Suprema

El tribunal, integrado por las ministras Jessica González, Andrea Muñoz, Mireya López y las abogadas integrantes Leonor Etcheberry y Fabiola Lathrop, evaluó los argumentos presentados por la empresa. En su análisis, concluyó que no existía similitud entre los casos citados por la defensa de Monsanto para sustentar su recurso.

El fallo destacó que en los casos comparados, las cláusulas de los instrumentos colectivos firmados por las partes incluían acuerdos específicos que limitaban el alcance del recargo legal. Sin embargo, estos antecedentes no se replicaban en la causa revisada, lo que descartó la existencia de criterios jurisprudenciales contradictorios.

Decisión final

La Corte concluyó que no se cumplía el requisito de disparidad jurisprudencial necesario para admitir el recurso de unificación. Por ello, ratificó la sentencia dictada el 5 de diciembre de 2023 por la Corte de Apelaciones de Santiago.

La resolución cierra definitivamente la disputa judicial, obligando a Monsanto Chile S.A. a cumplir con el pago de las prestaciones correspondientes a la trabajadora desvinculada.

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Suprema desestima recurso por incumplimiento contractual de remodelación de complejo deportivo

Corte Suprema desestima recurso por incumplimiento contractual de remodelación de complejo deportivo

En un fallo unánime,identificado con causa rol 58.214-2024, la Primera Sala de la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación en la forma y rechazó el de fondo presentado por LDS Ingeniería y Construcciones Limitada. La empresa buscaba revertir la sentencia que desestimó su demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual contra la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP) y la Federación Internacional de Fútbol Profesional (FIFA). LDS argumentaba un supuesto incumplimiento contractual de remodelación del complejo deportivo Fernando Riera Bauzá.

Argumentos del fallo

El tribunal, compuesto por los ministros Arturo Prado Puga, Mauricio Silva Cancino, María Angélica Repetto García, Mario Carroza Espinosa y María Soledad Melo Labra, analizó la sentencia dictada previamente por la Corte de Apelaciones de Santiago, que ya había confirmado la decisión de primera instancia en contra de la empresa demandante.

En su argumentación, la Corte señaló que el recurso de casación en el fondo no cumplió con los requisitos establecidos en el artículo 772 del Código de Procedimiento Civil. Según el fallo, el escrito no identificó de forma explícita los errores de derecho cometidos en la sentencia impugnada, un requisito indispensable para su admisibilidad.

Consideraciones de la Corte

El tribunal enfatizó que el recurrente no incluyó en su denuncia la transgresión de los artículos 2314 y 2329 del Código Civil, fundamentales para sustentar una acción de responsabilidad extracontractual. Esta omisión generó un vacío que el tribunal no puede corregir debido a la naturaleza estricta del recurso de casación.

Además, el fallo desestimó los argumentos de LDS Ingeniería sobre una supuesta infracción al artículo 170 del Código de Procedimiento Civil, que regula el pronunciamiento sobre las alegaciones principales y la valoración de la prueba. Según la Corte, la sentencia cuestionada cumplió con las disposiciones legales pertinentes.

Tras analizar los antecedentes y los argumentos presentados, la Corte Suprema resolvió rechazar el recurso de casación en el fondo y declaró inadmisible el recurso de casación en la forma. La sentencia ratificó que no existieron errores de derecho que justificaran anular la decisión de las instancias judiciales anteriores.

Con esta resolución, el caso queda cerrado, y LDS Ingeniería no podrá insistir en su demanda de indemnización contra la ANFP y la FIFA.

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte de Puerto Montt ordena permitir mantenimiento en línea eléctrica de alta tensión

Corte de Puerto Montt ordena permitir mantenimiento en línea eléctrica de alta tensión

La Corte de Apelaciones de Puerto Montt acogió un recurso de protección presentado por la empresa Sistema de Transmisión del Sur S.A. contra la propietaria de un terreno en Puerto Varas. La resolución obliga a la propietaria a permitir el ingreso de personal calificado para realizar trabajos de mantenimiento en la franja de seguridad de una línea eléctrica de alta tensión que atraviesa el predio, según lo indicado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).

Fundamentos del fallo

El tribunal, compuesto por los ministros Jaime Vicente Meza Sáez, Moisés Montiel Torres y el abogado integrante Mauricio Cárdenas García, determinó que la negativa de la propietaria a permitir los trabajos constituye un actuar arbitrario. El fallo establece que los árboles dentro de la franja de seguridad podrían representar un riesgo para la infraestructura eléctrica y la continuidad del servicio.

La resolución cita la Circular 204702/2023 de la SEC, que establece las obligaciones de los operadores eléctricos frente a riesgos asociados a vegetación cercana a las líneas de transmisión. Según esta normativa, los concesionarios deben realizar labores de poda o tala de árboles que puedan afectar las líneas y mantener las franjas de seguridad libres de elementos que representen peligro.

Consideraciones de la Corte

El fallo también destacó que la negativa de la propietaria pone en peligro la continuidad del servicio eléctrico y la seguridad de las personas que habitan el predio. Además, subrayó que el derecho de propiedad no puede desconocer limitaciones asociadas a su función social, como las exigencias de seguridad pública.

La Corte ordenó que la propietaria se abstenga de impedir el ingreso de personal autorizado para realizar exclusivamente labores de poda necesarias. También remitió el caso a la SEC de la Región de Los Lagos para que adopte las medidas pertinentes en el marco de sus competencias.

La medida busca garantizar la seguridad de las instalaciones eléctricas y evitar riesgos asociados a la falta de mantenimiento en la línea de alta tensión, instalada hace más de 60 años en el predio.

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Congreso aprueba proyecto que reconoce deuda histórica con profesores