Corte de Apelaciones rechaza recurso de casación en demanda contra aerolínea por ley de protección de los derechos de los consumidores

La Corte de Apelaciones de Santiago, en una decisión unánime causa rol 4.192-2024, rechazó el recurso de casación interpuesto por el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) en contra de la sentencia que desestimó una demanda presentada contra la empresa Iberia Líneas Aéreas de España SA. La acción legal, que acusaba a la aerolínea de infringir la ley de protección de los derechos de los consumidores, fue desestimada por el Tercer Juzgado Civil de Santiago.

El tribunal, conformado por los ministros Juan Cristóbal Mera, Tomás Gray y el abogado Waldo Parra, concluyó que no se había cometido ninguna infracción en la sentencia impugnada. Según el fallo, la jueza del Tercer Juzgado Civil evaluó correctamente las pruebas presentadas y el marco normativo, incluyendo disposiciones del Código Civil, el Código Aeronáutico y la Ley N° 19.496 de protección a los consumidores.

Detalles de la sentencia

La sentencia menciona que Iberia acreditó haber entregado folletos informativos a sus pasajeros sobre el procedimiento para la restitución de tasas de embarque, lo que desacredita las conclusiones de un acta de fiscalización presentada por Sernac. Además, se confirmó que en casos específicos, como los de los consumidores Cecilia Moreno y Javiera Francisca Caro, se tomaron medidas adecuadas por parte de la aerolínea, gestionando reembolsos o justificando la no procedencia de estos.

Conclusiones del fallo

El tribunal determinó que los argumentos presentados por el recurrente no eran suficientes para fundamentar el recurso de casación. Así, el fallo concluye que no hubo omisión de las leyes ni falta de equidad en la sentencia, y que el recurso debía ser rechazado.

La Corte de Apelaciones resolvió rechazar el recurso de casación interpuesto por Sernac y confirmó la sentencia emitida por el Tercer Juzgado Civil de Santiago, con costas a cargo del recurrente.

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte de Apelaciones ordena a la Municipalidad de Providencia otorgar patente a restaurante para operar con atención al automóvil

Corte de Apelaciones ordena a la Municipalidad de Providencia otorgar patente a restaurante para operar con atención al automóvil

La Corte de Apelaciones de Santiago resolvió a favor de la sociedad Arcos Dorados Restaurantes de Chile SpA (McDonald’s) en su reclamo contra la Municipalidad de Providencia. El tribunal determinó que la municipalidad actuó de manera ilegal al negarle la patente para operar con servicio de atención al automóvil en uno de sus locales.

El fallo (causa rol 620-2023) fue emitido de manera unánime por la Novena Sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Antonio Ulloa, José Pablo Rodríguez y la abogada Claudia Candiani. La decisión argumenta que el municipio no cumplió con su deber de fundamentar adecuadamente el rechazo a la patente solicitada, especialmente por no explicar el cambio de criterio en la prohibición del servicio automac.

Cambio de criterio y falta de justificación

El fallo señala que la simple referencia a las normas invocadas por la municipalidad no basta para justificar su decisión, y destaca que la alcaldesa Evelyn Matthei reconoció en una sesión del Concejo Municipal que existieron diferentes interpretaciones sobre el uso de suelo y la normativa aplicable. En sus palabras, muchas personas, incluido el Director de Obras Municipales, entendieron en su momento que el servicio de atención al automóvil -automac- solo estaba prohibido cuando el local tenía patente de alcohol, lo que no era el caso de McDonald’s.

La resolución también hace referencia a las declaraciones del municipio en las que se sostiene que no hubo un cambio de interpretación en la normativa, afirmación que la Corte desestimó al considerar que sí existió una modificación en el criterio utilizado para negar la patente.

Conclusión del fallo

El tribunal concluyó que la negativa del municipio fue arbitraria y contravino los artículos 11, 41 y 52 de la Ley 19.880, que regula el procedimiento administrativo. En consecuencia, se acogió el reclamo de ilegalidad presentado por McDonald’s y se ordenó dejar sin efecto el decreto que negaba la patente.

Finalmente, la Corte resolvió que la Municipalidad de Providencia deberá otorgar la patente municipal, permitiendo a McDonald’s ofrecer el servicio automac en su local. Además, se reconoció el derecho de la reclamante a solicitar perjuicios por los daños ocasionados.

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Comisión revisa proyecto de ley para fomentar la competencia en el cabotaje marítimo

Comisión revisa proyecto de ley para fomentar la competencia en el cabotaje marítimo

La Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura, presidida por el senador Fidel Espinoza, analizó los principales puntos del proyecto que modifica la Ley de Fomento a la Marina Mercante y la Ley de Navegación. Esta propuesta busca incentivar la competencia en el mercado del cabotaje marítimo.

El ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Juan Carlos Muñoz, señaló que el proyecto responde a la pérdida de eficiencia y productividad en el sector, debido al estancamiento del mercado, que se ha mantenido estable en aproximadamente 12,5 millones de toneladas durante más de 20 años. Asimismo, resaltó las altas tarifas que encarecen el transporte de carga dentro de Chile. Por ejemplo, mover mercancía entre San Antonio y Punta Arenas cuesta USD $2.826, lo que es 4,6 veces más caro que enviar la misma carga entre San Antonio y Callao, Perú, a un costo de USD $609, a pesar de que las distancias son similares.

Muñoz también señaló las ineficiencias operativas en el sector, como el cierre de puertos y los costos adicionales que esto implica.

Necesidad del proyecto

El ministro fue enfático en que el cabotaje continuará cerrado, manteniéndose la definición actual y regulando que la prioridad la tengan las naves chilenas para el transporte entre puertos nacionales. Además, aseguró que se mantendrá el umbral de 400 pasajeros para el cabotaje de pasajeros, lo que significa que solo los cruceros de mayor capacidad podrán realizar esta actividad.

Uno de los aspectos destacados es la eliminación de barreras administrativas en la Ley de Navegación, lo que permitirá la creación de más empresas navieras en Chile. Estas deberán cumplir con la legislación laboral chilena y tributar en el país. En cuanto a la nacionalidad de la tripulación, se mantendrá la exigencia de que el capitán, el primer oficial y el 100% de los tripulantes sean chilenos.

Beneficios del proyecto

Juan Carlos Muñoz resaltó que el objetivo es modernizar las excepciones existentes en el cabotaje, sin abrirlo completamente. El proyecto busca incorporar mayor competencia y productividad en el transporte marítimo nacional, lo que contribuirá a la reducción de costos para las empresas y los precios finales para los consumidores. Esto beneficiará especialmente a las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes).

También se fortalecerá el modo marítimo como alternativa de transporte, aumentando la resiliencia del sistema y la eficiencia en el movimiento de carga. El ministro subrayó que se reducirá el impacto negativo de los cierres de puertos y que se contribuirá a la reducción de emisiones de CO2, promoviendo un mayor uso del transporte marítimo.

Participación y debate

Durante la sesión, María Gaete, presidenta del sindicato Interempresas Mujeres Mercantes Chile, intervino en defensa de la marina mercante nacional. Expresó preocupación por la posible falta de beneficios para los consumidores finales y acusó que el proyecto favorece a conglomerados extranjeros. Según Gaete, el proyecto podría llevar a un “cabotaje solapado” y pidió la protección de los empleos nacionales en el sector.

Finalmente, la Comisión lamentó la ausencia del ministro de Economía, Fomento y Turismo, quien había sido invitado a participar en más de una ocasión, pero su cartera ha seguido de cerca el proceso legislativo del proyecto.

Fuente: senado.cl

Otras noticias de actualidad jurídica:  Alerta por el aumento del consumo de alcohol al conducir: Senadores proponen nuevas sanciones

Alerta por el aumento del consumo de alcohol al conducir: Senadores proponen nuevas sanciones

Hace un año, la Asociación Pro Consumo Responsable de Bebidas Espirituosas (Aprocor) presentó el estudio “Caracterización del consumo de bebidas con alcohol durante Fiestas Patrias”. Este informe destacó la preocupante baja percepción de riesgo entre los conductores chilenos al momento de conducir bajo los efectos del alcohol.

El estudio reveló que uno de cada tres chilenos considera socialmente aceptable conducir después de haber consumido alcohol. Además, un 50% de los encuestados cree que es sencillo evadir un control policial utilizando aplicaciones móviles para detectar puntos de fiscalización. Más alarmante aún, un 65% de las personas teme más ser detenida por las autoridades que causar un accidente que pueda generar lesiones físicas o la muerte.

Propuesta para aumentar sanciones

Frente a esta preocupante realidad, los senadores Sebastián Keitel y Alejandro Kusanovic han presentado una moción que busca endurecer las sanciones para quienes conduzcan bajo los efectos del alcohol o sustancias estupefacientes. La iniciativa, que será analizada por la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, incluye las siguientes sanciones:

  • Presidio menor en su grado mínimo.
  • Multa de diez a veinte UTM (663 mil a 1 millón 300 mil pesos).
  • Suspensión de la licencia por dos años.
  • Cancelación de la licencia en caso de reincidencia, independientemente de si hay daños o lesiones leves.

En caso de que se produzcan lesiones graves o menos graves, las sanciones incluyen presidio menor en su grado medio, multas de cincuenta a cien UTM (3 millones 300 mil a 6 millones 600 mil pesos) y la suspensión o cancelación definitiva de la licencia, dependiendo de la gravedad de las lesiones.

Estadísticas alarmantes

Según la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (CONASET), en 2022 los accidentes relacionados con alcohol en el conductor aumentaron en un 15,8%. Las cifras de personas fallecidas aumentaron en un 121,6%, y el total de lesionados subió un 13,4%. La Región Metropolitana lideró en el número de accidentes, seguida por El Maule. En cuanto a fallecidos, las regiones de Metropolitana, O’Higgins, Biobío y La Araucanía presentaron los peores registros.

El choque se identificó como el tipo de siniestro más común, representando el 47,5% de los casos, mientras que las colisiones registraron la mayor cantidad de fallecidos, con un 36,3%.

Ante este panorama, las autoridades buscan generar conciencia sobre el peligro de conducir en estado de ebriedad y endurecer las sanciones para quienes infrinjan la ley, con el fin de reducir las alarmantes cifras de accidentes y fallecimientos relacionados con el consumo de alcohol al volante.

Fuente: senado.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte de Apelaciones de Santiago confirma millonaria indemnización a pasajera herida en aterrizaje forzoso

Corte de Apelaciones de Santiago confirma millonaria indemnización a pasajera herida en aterrizaje forzoso

La Corte de Apelaciones de Santiago, en fallo con causa rol 425-2021, ratificó de manera unánime la sentencia que ordena al Club Aéreo de Santiago indemnizar con $35.249.599 por daño emergente y $15.000.000 por daño moral a una pasajera que sufrió graves heridas en un aterrizaje forzoso. El accidente, ocurrido en diciembre de 2016, fue causado por la pérdida de potencia del motor de la aeronave debido a problemas de mantención.

Detalles del fallo

La Octava Sala del tribunal, compuesta por el ministro Hernán Crisosto, la ministra Paola Díaz y el abogado Rodrigo Asenjo, confirmó la resolución emitida por el 16° Juzgado Civil de Santiago. El tribunal basó su fallo en el informe del Departamento de Prevención de Accidentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que estableció que el fallo mecánico se debió a la acumulación de residuos en la válvula de escape del cilindro N°1.

El accidente ocurrió cuando la aeronave, pilotada por Mauricio Antreassian, despegaba del Aeródromo Eulogio Sánchez. La pérdida de potencia obligó al piloto a realizar un aterrizaje forzoso o de emergencia en una vía pública. La pasajera, Javiera Morales Pellegrini, sufrió lesiones graves, entre ellas, un traumatismo craneoencefálico y fracturas, poniendo en riesgo su vida.

El tribunal determinó que la deficiente mantención de la aeronave fue la causa principal del accidente, ya que no se siguieron las recomendaciones del fabricante para evitar la acumulación de contaminantes. Esto llevó a la pérdida de potencia y, en última instancia, al accidente que lesionó gravemente a la pasajera.

Este fallo confirma la responsabilidad del Club Aéreo de Santiago en el accidente y establece la obligación de compensar a la víctima por los daños sufridos.

Fuente: pjud.cl

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