Corte de Punta Arenas ordena indemnizar a hermanas víctimas de detención ilegal

La Corte de Apelaciones de Punta Arenas ha emitido un fallo histórico en favor de las víctimas de detención ilegal, apremios y abuso sexual ocurridos en 1984. En una decisión unánime, el tribunal ha acogido la demanda de indemnización de perjuicios presentada por Nadia Isabel Parra Millatureo, Rosalba Marina Parra Millatureo y Sandra Angélica Parra Millatureo, ordenando al fisco el pago de una indemnización total de $225.000.000 por concepto de daño moral.

El fallo, emitido por la Primera Sala del tribunal de alzada, revoca una sentencia anterior del Segundo Juzgado de Letras de Punta Arenas que había acogido la excepción de prescripción extintiva presentada por el fisco. La Corte estableció que las hermanas Parra Millatureo fueron víctimas de crímenes de lesa humanidad, los cuales son imprescriptibles tanto en sede penal como civil.

El tribunal destacó que las hermanas fueron detenidas ilegalmente en marzo de 1984 y sometidas a malos tratos y abuso sexual por parte de Carabineros de Chile en la Primera Comisaría de la ciudad. Durante su detención, sufrieron apremios físicos y psicológicos, presenciaron torturas a otros detenidos y fueron posteriormente ingresadas ilegalmente a la Cárcel de Punta Arenas.

La resolución de la Corte también hace referencia a la obligación del Estado de Chile de proteger los derechos humanos, en consonancia con el Pacto de San José de Costa Rica y la Convención Americana de Derechos Humanos. Además, se destaca que los delitos de lesa humanidad y las acciones de indemnización derivadas de ellos son imprescriptibles, según lo establecido en el derecho internacional.

En cuanto a los daños sufridos por las demandantes, la Corte consideró que están suficientemente acreditados, tanto por la naturaleza de la agresión como por su contenido, respaldados por informes psicológicos y la testimonial de expertos que atendieron a las víctimas en el contexto de reparación.

En conclusión, la Corte de Apelaciones de Punta Arenas ha sentado un importante precedente al rechazar la excepción de prescripción extintiva y ordenar al fisco indemnizar a las hermanas Parra Millatureo por los graves daños sufridos durante su detención ilegal en 1984. La decisión resalta la importancia de la justicia y la reparación integral en casos de violaciones a los derechos humanos.

Fuente: pjud.cl

Ministro Álvaro Mesa condena a un ex detective por secuestro calificado en Temuco

Ministro Álvaro Mesa Latorre condenó a Hernán Raúl Quiroz Barra, un ex detective de la Policía de Investigaciones en retiro, a 12 años de presidio efectivo. Esta condena, que incluye inhabilitaciones absolutas para cargos públicos y derechos políticos, así como para profesiones titulares durante el tiempo de la condena. El fallo confirmó su participación en el delito de secuestro calificado de Osvaldo del Carmen Cerna Huard, perpetrado en noviembre de 1974 en Temuco.

En el fallo, el Ministro Mesa estableció que Quiroz Barra, junto con otros funcionarios de la Policía de Investigaciones, participó activamente en un grupo encargado de detener e interrogar a personas con supuestas vinculaciones políticas opositoras al régimen militar imperante en la época. Este grupo, agregado al Regimiento de Infantería N°8 Tucapel, realizaba detenciones ilegales y trasladaba a las víctimas a diversos lugares de detención, sin que se conociera formalmente su identidad ni se registrara su ingreso en los libros correspondientes.

El caso de Osvaldo del Carmen Cerna Huard, un joven contador y militante del Partido Comunista, es paradigmático de las violaciones a los derechos humanos cometidas durante aquellos años oscuros de la historia chilena. El testimonio de testigos y familiares, respaldado por una exhaustiva investigación judicial, revela el calvario que sufrió Osvaldo desde el momento de su detención hasta su desaparición.

La sentencia del Ministro Mesa no solo implica la condena del culpable, sino también el reconocimiento del dolor y sufrimiento infligido a la víctima y a su familia. En el ámbito civil, se ha ordenado al fisco indemnizar a los hermanos de Osvaldo del Carmen Cerna Huard con la suma de $600.000.000 por concepto de daño moral, un gesto que busca aliviar en parte el trauma y la injusticia sufridos durante décadas.

Fuente: pjud.cl

Cámara promueven medidas contra el maltrato animal

La sala de la Cámara respaldó dos resoluciones destinadas a fortalecer la protección de los animales contra el maltrato. Estas medidas tienen el objetivo de establecer obligaciones para las autoridades y la creación de un registro especial de condenas por actos de crueldad animal.

La primera resolución, identificada como 934, insta al Ejecutivo a presentar un proyecto de modificación de la Ley de Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía. Esta iniciativa tiene como propósito definir responsabilidades claras para las autoridades competentes en la materia. Se reconoce la necesidad de abordar las preocupaciones planteadas por diversas organizaciones animalistas de la región de Atacama, quienes han expresado inquietudes sobre la efectividad de las leyes existentes en la práctica.

Es crucial destacar que, aunque los organismos estatales tienen la facultad de promover la tenencia responsable de animales, carecen de obligaciones concretas para cumplir con los objetivos establecidos. Esta falta de exigencia puede conducir a lagunas en la implementación de las disposiciones legales pertinentes.

Los autores de esta resolución, incluyendo a Jaime Mulet (FRVS), Boris Barrera (PC), Karol Cariola (PC), Nathalie Castillo (PC), Marta González (IND), Matías Ramírez (PC), Marcela Riquelme (IND), Camila Rojas (Comunes) y Carolina Tello (PC), han reconocido la importancia de abordar esta cuestión de manera integral.

Por otro lado, la resolución 965 respaldada por la Corporación insta al Ejecutivo a proponer un proyecto para establecer un registro especial de condenas por actos de maltrato animal. Se subraya la relación entre el maltrato animal y posibles trastornos psicológicos en los seres humanos, lo que destaca la necesidad de abordar esta problemática de manera exhaustiva.

La ausencia de un registro especial de condenas en la legislación actual es preocupante, y se destaca la importancia de contar con herramientas efectivas para prevenir y controlar el maltrato animal. Este registro facilitaría la identificación y seguimiento de individuos con antecedentes de crueldad animal, contribuyendo así a la protección y bienestar de los animales en la sociedad.

En resumen, estas resoluciones representan un avance significativo en la protección de los derechos de los animales en Chile y reflejan el compromiso del país con el bienestar animal y la justicia.

Fuente: camara.cl

Sala del Senado aprueba regular extracción de áridos: Avance hacia una gestión integral y sostenible

La Sala del Senado dio luz verde a una nueva regulación destinada a abordar de manera integral la extracción de áridos en Chile. Con 37 votos a favor, 1 en contra y 3 abstenciones, se ha aprobado en general la idea de legislar sobre el proyecto. En él se establece un completo marco normativo que contempla tanto los aspectos relacionados con las obras públicas como sus impactos socioambientales.

La iniciativa, que ahora pasa a ser estudiada por la Comisión de Obras Públicas, tiene su origen en dos mociones presentadas por los senadores Alfonso De Urresti, Alejandra Sepúlveda, Jorge Soria y Juan Castro Prieto. Durante su desarrollo, la Comisión de Obras Públicas ha dedicado sesiones para analizar el tema, escuchando a diversas organizaciones y especialistas con el fin de recabar la mayor cantidad de antecedentes posibles.

El presidente de la Comisión, el senador Sergio Gahona, destacó el arduo trabajo realizado, enfatizando que se ha construido un marco normativo general que responde a las necesidades actuales y futuras en torno a la extracción de áridos.

Puntos clave de la nueva regulación

Durante el debate, varios senadores expresaron su apoyo a la regulación propuesta, resaltando la importancia de contar con definiciones claras, trazabilidad de los áridos, así como mecanismos eficientes de fiscalización y control de la actividad. Además, se hizo hincapié en la necesidad de abordar esta realidad de manera integral, considerando tanto los impactos medioambientales como las necesidades de las obras públicas.

Uno de los puntos clave de la nueva regulación es la establecimiento de un único régimen aplicable a la extracción de áridos en cauces naturales y zonas anexas. Esto implicará la obtención de autorización por parte de la municipalidad competente, previa habilitación técnica de la Dirección de Obras Hidráulicas. Asimismo, se han establecido normas para garantizar la trazabilidad de los áridos, desde su origen hasta su destino final en obras de construcción.

Además, la Dirección General de Aguas ejercerá un rol fundamental en la vigilancia y control de este proceso, pudiendo ordenar la paralización de las obras de extracción en caso de detectar posibles perjuicios ambientales o daños a la infraestructura pública o privada.

Fuente: senado.cl

Suboficiales de Carabineros condenados por vejaciones a menores en Punta Arenas

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, este martes 6 de febrero, emitió una sentencia condenatoria contra tres suboficiales de Carabineros por vejaciones injustas hacia dos menores de edad en octubre de 2019 en la ciudad de Punta Arenas. La condena consiste en 300 días de presidio, con la posibilidad de remisión condicional de las penas.

El fallo unánime, correspondiente al caso rol 116-2023, fue emitido por los jueces Julio Álvarez Toro, Constanza Sutter Lagarejos y Alejandra Rojas Lagos. Además de la pena de presidio, se aplicó la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público para el sargento segundo Vicente Gonzalo Fernández Bolaños, el cabo segundo Ignacio Andrés Quezada de la Fuente y el cabo segundo Paulo Francisco Tenorio Almonacid.

En la misma causa, el teniente de Carabineros Alonso Sebastián Zúñiga Vergara fue absuelto de los cargos de apremios ilegítimos formulados por el Ministerio Público y el Instituto Nacional de Derechos Humanos.

El tribunal estableció que los menores, identificados como J.A.A.H y G.P.C.P, fueron detenidos mientras observaban las manifestaciones en la avenida Cristóbal Colón. Los oficiales los llevaron esposados y los sometieron a humillaciones tanto físicas como verbales, lo que provocó miedo y nerviosismo en los niños. Posteriormente, fueron trasladados al Hospital Clínico de la ciudad, donde el trato abusivo continuó.

La detención de los menores duró aproximadamente 7 horas y finalizó cuando fueron entregados a su familia en la madrugada del día siguiente. Esta experiencia dejó secuelas emocionales en los niños, quienes presentaron un miedo agudo como consecuencia de los abusos sufridos.

Fuente: pjud.cl