Abr 19, 2024 | Actualidad Prime
En una decisión unánime, la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados ha respaldado las normas y modificaciones al texto legal del proyecto que establece un registro oficial de información sobre obligaciones crediticias. Este paso crucial marca la entrada del proyecto en su tercer trámite legislativo, fortaleciendo su camino hacia la implementación.
El propósito fundamental de esta iniciativa es la creación de un registro que centralice información sobre las obligaciones crediticias. Esto no solo tiene como objetivo proporcionar antecedentes sobre deudas morosas, sino también destacar los comportamientos de pago ejemplares, permitiendo a las personas demostrar su historial crediticio de manera más completa ante la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
El senador Rojo Edwards, presidente de la Comisión de Economía, fue el encargado de presentar el proyecto ante la Sala, resaltando la necesidad de mejorar el sistema de información crediticia para beneficio tanto de los individuos como del sistema financiero en su conjunto.
Por su parte, el senador Ricardo Lagos Weber, presidente de la Comisión de Hacienda, enfatizó la ausencia de registros positivos que reconozcan el cumplimiento puntual de obligaciones financieras, subrayando la importancia de esta iniciativa para mejorar el acceso al crédito en condiciones más favorables.
El ministro de Hacienda, Mario Marcel, explicó que el objetivo es corregir la parcialidad en la información crediticia, proponiendo un registro que complemente los datos proporcionados por los burós privados, consolidando así un sistema mixto de información crediticia.
Además, se contempla la creación de una instancia administrativa con poderes regulatorios y de supervisión sobre los agentes del sistema de información comercial, lo que aseguraría una implementación adecuada de la iniciativa.
En cuanto a los derechos de los deudores, se enfatizó en reforzar su capacidad de control sobre su información crediticia, estableciendo los procedimientos necesarios para garantizar el ejercicio pleno de estos derechos.
Fuente: senado.cl
Abr 18, 2024 | Actualidad Prime
El Congreso de la República de Chile ha dado un paso significativo hacia la democratización de la conectividad digital al despachar a ley el proyecto de Acceso a Internet como Servicio Público de Telecomunicaciones. Esta medida, respaldada por el Gobierno y anunciada durante la primera cuenta pública del Presidente Gabriel Boric, busca brindar acceso equitativo a la conectividad en todo el país.
El proyecto otorgará a la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) mayores facultades de fiscalización y establecerá un mecanismo de subsidio a la demanda. Este mecanismo, similar al que opera para servicios básicos como la electricidad y el agua potable, permitirá asistir en el pago de las facturas de Internet a las familias más necesitadas.
Parte del Plan Brecha Digital Cero 2022-2025, la ley tiene como objetivo primordial garantizar que todos los ciudadanos chilenos puedan acceder a la conectividad, independientemente de su ubicación geográfica o su situación económica.
El proyecto define el acceso a Internet como un servicio público de telecomunicaciones destinado a satisfacer las necesidades de comunicación de la población en general. Además, establece que las empresas de telecomunicaciones deben brindar cobertura a todos los usuarios dentro de su área de servicio. Por ejemplo, si una compañía proporciona servicio en una comuna específica, ahora estará obligada a cubrir toda la comuna, en lugar de solo ciertos sectores, como sucede en la actualidad.
Una de las disposiciones más destacadas del proyecto es la facultad presidencial para asignar anualmente, durante la discusión del Presupuesto, subsidios para el pago de las facturas de Internet a un porcentaje determinado de los usuarios más vulnerables. Esta asignación se basará en registros como el Registro Social de Hogares (RSH) u otros instrumentos pertinentes, utilizando los recursos del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones (FDT).
Sin embargo, antes de su implementación, será necesario elaborar una serie de reglamentos que faciliten la aplicación efectiva de la ley. Estos reglamentos serán cruciales para asegurar que la ley cumpla su objetivo de garantizar un acceso equitativo a la conectividad digital en todo el territorio chileno.
Fuente: gob.cl
Abr 17, 2024 | Actualidad Prime
En una decisión unánime, la Primera Sala de la Corte Suprema ha ratificado el fallo que establece el pago de una indemnización de $15.000.000 a los hijos de un trabajador fallecido en un accidente laboral ocurrido en la planta de procesamiento de Dalcahue en noviembre de 2018. Este fallo rechaza los recursos de casación presentados contra la sentencia que determinó el monto de la compensación por concepto de daño moral, responsabilidad atribuida a la empresa Blue Shell SA.
En el proceso (causa rol 4.723-2024), la Primera Sala, integrada por el ministro Mauricio Silva, las ministras María Angélica Repetto, María Soledad Melo, y los abogados (i) Álvaro Vidal y Carlos Urquieta, desestimaron los recursos de casación por su incorrecta formulación.
El fallo establece que los recursos presentados no abordan los hechos fundamentales del caso, como lo establecido por los jueces del tribunal inferior. La sentencia original consideró la gravedad del daño moral y la falta de evidencia de lucro cesante por parte de los demandantes, lo que llevó a la determinación del monto de la indemnización.
La resolución de la Primera Sala recuerda que cualquier recurso de casación debe fundamentarse en la violación de normas legales aplicables al caso. En este sentido, los recursos presentados no cumplen con los requisitos legales necesarios para su consideración. Los recurrentes no señalaron de manera adecuada los errores de derecho en la sentencia impugnada, ni demostraron cómo afectaron el fallo final.
El artículo 772 del Código de Procedimiento Civil exige que la invalidación de una sentencia se base en la violación de una o más normas legales. Por lo tanto, los recursos de casación deben identificar claramente los errores de derecho cometidos en la sentencia impugnada. Al no hacerlo, los recursos carecen de base legal y no pueden ser considerados por la Corte.
En conclusión, la Corte Suprema ha confirmado la decisión de indemnizar a los hijos del trabajador fallecido en el accidente laboral en Dalcahue, rechazando los recursos de casación interpuestos contra la sentencia que determinó el monto de la compensación por daño moral.
Fuente: pjud.cl
Abr 16, 2024 | Actualidad Prime
La Segunda Sala de la Corte Suprema ha rechazado el recurso de nulidad presentado por Williams Lino Challapa López, confirmando así la sentencia que lo condenó por receptación aduanera. La sentencia ratificada establece una pena de 61 días de presidio para Challapa López, con la posibilidad de remisión condicional de la pena tras un año, junto con las accesorias legales correspondientes y una multa de 10 Unidades Tributarias Mensuales (UTM). El delito en cuestión tuvo lugar en marzo de 2018, en la comuna de Alto Hospicio.
En el fallo mayoritario, la Segunda Sala, integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, Jean Pierre Matus y los abogados Juan Carlos Ferrada y Eduardo Gandulfo, descartó cualquier infracción al debido proceso relacionada con el proceder policial que llevó a la detención del recurrente.
El tribunal destacó que la actuación de los funcionarios policiales se ajustó a derecho, basándose en una denuncia telefónica que proporcionó indicios suficientes para justificar la intervención policial. La resolución subrayó que la denuncia, corroborada por los agentes policiales, tenía seriedad y verosimilitud, lo que permitió construir un indicio de la comisión del delito. Se hizo hincapié en que la acción policial se desarrolló dentro de los márgenes establecidos por la ley, sin vulnerar las garantías constitucionales del recurrente.
En cuanto a la argumentación sobre la falta de denuncia o querella del Servicio Nacional de Aduanas o del Consejo de Defensa del Estado para investigar el delito de receptación aduanera, la Corte Suprema señaló que la Ordenanza de Aduanas no exige dicha denuncia para este tipo de delito. La resolución explicó que la normativa distingue entre el delito de contrabando y la receptación aduanera, y que las disposiciones sobre denuncia se aplican específicamente al contrabando, no al delito de receptación aduanera.
Por tanto, la decisión final de la Corte Suprema es desestimar el recurso de nulidad presentado por la defensa de Williams Lino Challapa López, ratificando así la sentencia emitida por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique. La resolución cuenta con el voto en contra del ministro Llanos.
Fuente: pjud.cl
Abr 15, 2024 | Actualidad Prime