Oct 11, 2024 | Actualidad Prime
El financiamiento público para la educación superior (FES) se implementará como un sistema único que permitirá a cualquier estudiante cursar una carrera sin tener que pagar matrícula o aranceles. Esta medida busca garantizar la accesibilidad a la educación superior para todos y todas, sin importar su situación socioeconómica o puntajes PAES.
El proyecto está a la espera de la aprobación del Congreso Nacional. El financiamiento del FES provendrá de las retribuciones que realizarán los beneficiarios tras finalizar sus estudios, eliminando la intervención de la banca y asegurando que los fondos del Estado se utilicen únicamente para fines educativos.
Funcionamiento del FES
Las y los estudiantes que opten por el FES comenzarán a retribuir al sistema un año después de haber egresado o interrumpido sus estudios. La retribución dependerá del ingreso mensual y será de hasta un 8% del sueldo, con una exención para quienes ganen menos de $500.000 al mes.
El período de retribución será proporcional al tiempo cursado. Por ejemplo, si una carrera dura cinco años, la retribución se realizará durante veinte años, a razón de dos años por cada semestre cursado.
Reorganización de deudas: Condonación y beneficios
El plan también incluye medidas para los actuales deudores de los créditos CAE, Fondo Solidario y Corfo, ofreciendo tres tipos de condonación:
- Condonación inicial: Se calculará según la situación académica del deudor y el estado de sus pagos.
- Condonación por pago anticipado: Las personas podrán saldar su deuda pagando el 75% de lo restante y verán condonado el 25% restante.
- Condonación progresiva: Se aplicará una condonación mensual basada en el 8% del sueldo, con una exención para quienes ganen menos de $500.000.
Adicionalmente, quienes ya hayan saldado su deuda CAE podrán optar a un beneficio tributario, que reducirá el Impuesto Global Complementario o el Impuesto de Segunda Categoría por un valor de hasta 6 UF anuales en el caso de quienes no hayan terminado sus estudios.
Este nuevo sistema busca ampliar el acceso a la educación superior y aliviar la carga financiera de los estudiantes y sus familias, garantizando que el proceso de retribución sea justo y equitativo.
Fuente: gob.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Comisión de Salud y Ejecutivo abordan desafíos en la Ley de Salud Mental
Oct 10, 2024 | Actualidad Prime
La Comisión de Salud y el Ejecutivo han manifestado la urgencia de precisar el gasto en psicología y psiquiatría, además de fortalecer los hospitales de día y los hogares protegidos. Se ha planteado la incorporación de materias relacionadas con la psiquiatría forense y la necesidad de generar incentivos para que los psiquiatras atiendan en la modalidad de libre elección.
Durante las sesiones, los parlamentarios han expresado su preocupación por la falta de un reglamento para la Ley N° 21.331, que protege los derechos de las personas en la atención de salud mental, vigente desde 2021. Este retraso ha sido motivo de inquietud, ya que la ley fue creada para abordar las crecientes demandas en el ámbito de la salud mental.
Presentación del proyecto de Ley Integral de Salud Mental
En agosto, la ministra de Salud, Ximena Aguilera, presentó una propuesta para la Ley Integral de Salud Mental. Esta iniciativa busca garantizar el bienestar mental de las personas en todas las etapas de su vida, respetando su dignidad y derechos fundamentales. El enfoque de la ley es transversal y convoca a los ministerios de Salud, Educación, Vivienda, Trabajo, Desarrollo Social y Justicia para enfrentar el problema de manera integral.
En su intervención, la ministra destacó la alta prevalencia de consultas relacionadas con la salud mental, que alcanzan un 36% en la atención primaria. También señaló que la red pública de salud atiende a un millón de personas, pero enfrenta una lista de espera psiquiátrica promedio de 236 días y una escasez de 552 camas para adultos y 134 para niños.
Desde que comenzó la discusión del proyecto, han acudido a la Comisión de Salud diferentes expertos. Entre ellos, la presidenta de la Sociedad Chilena de Salud Mental, Paola González; el representante de la Sociedad Nacional de Neurología y Psiquiatría, Carlos Ibáñez; y la presidenta del Colegio Médico, Ana María Arriagada. Todos han coincidido en la necesidad de mejorar la atención psiquiátrica y en la falta de recursos destinados a la salud mental.
Por otra parte, el Observatorio de Salud Mental presentó su última encuesta trimestral, revelando que el 45% de los niños y adolescentes experimentan depresión y ansiedad, el 16% enfrenta riesgo de suicidio, y el 28% sufre de adicciones. Estas cifras han encendido las alarmas entre los parlamentarios y especialistas.
Fonasa y la modalidad libre elección
A principios de octubre, el director de Fonasa, Camilo Cid, explicó que la esquizofrenia, la depresión, la adicción al alcohol y las drogas, la demencia, el Alzheimer y el trastorno bipolar están cubiertos por la Modalidad Libre Elección (MLE). Sin embargo, solo 49 psiquiatras de los 2.400 especialistas registrados en el país atienden bajo este sistema. Esto ha generado preocupación en los senadores, quienes demandan una mayor cobertura.
Reglamentos pendientes y futuras acciones
Durante varias sesiones, los senadores han mostrado su descontento por la falta de un reglamento que operacionaliza la Ley N° 21.331. El Ministerio de Salud aclaró que hay conflictos entre esta ley y otras normativas vigentes, lo que ha retrasado su implementación. A pesar de ello, la Comisión ha solicitado más información sobre las enfermedades mentales por región, la cantidad de psicólogos y psiquiatras, y el manejo de las listas de espera.
El debate sobre la salud mental continúa, con la esperanza de que se concrete una ley que responda a las necesidades urgentes de la población y que mejore significativamente la calidad de atención en este ámbito.
Fuente: senado.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: La Corte Suprema rechaza recurso de casación en caso de nulidad de testamento y mandato
Oct 9, 2024 | Actualidad Prime
En una resolución unánime, la Primera Sala de la Corte Suprema desestimó el recurso de casación presentado contra el fallo que rechazó las demandas de nulidad de testamento, nulidad de mandato e indignidad para suceder. El tribunal ratificó que no hubo errores de derecho en la sentencia emitida por la Corte de Apelaciones de Santiago.
Argumentos de la Corte Suprema
El fallo, identificado con el rol 3-2023, indica que los jueces realizaron una correcta aplicación de la normativa legal al analizar las demandas de nulidad presentadas contra dos actos jurídicos realizados en 2016. Ambos actos fueron otorgados ante notarios y en ninguno de los casos se observaron irregularidades sobre la capacidad de la testadora, Amalia Luque Sánchez.
La resolución subraya que el notario que participó en la redacción del testamento dejó constancia de que la testadora estaba en pleno uso de sus facultades mentales y expresó claramente su voluntad. Además, se confirmó que los testigos presentes también constataron que la señora Luque se encontraba en su sano juicio al momento de otorgar el testamento.
Fundamentos de la decisión
La Sala Civil destacó que la sentencia se basó en un análisis detallado del Código Civil, especialmente en los artículos relacionados con la capacidad de los testadores y las formalidades que debe cumplir un testamento. Dado que no existía una declaración de interdicción por demencia en contra de la testadora, el tribunal concluyó que tanto el testamento como el mandato eran válidos.
El fallo también abordó la insuficiencia de la prueba presentada por la parte demandante. En particular, se señaló que no se pudo acreditar que Amalia Luque Sánchez estuviera demente al momento de firmar el testamento. Además, la prueba documental, como el informe médico privado presentado, fue desestimada por no cumplir con los requisitos legales para ser considerado un elemento probatorio válido.
Conclusión del alto tribunal
Finalmente, la Corte Suprema resolvió que el recurso de casación no logró refutar de manera adecuada los argumentos presentados en la sentencia impugnada. Por tanto, el tribunal rechazó la demanda de nulidad de testamento y mandato, concluyendo que la testadora actuó de acuerdo con la ley y en pleno uso de sus facultades.
Fuente: pjud.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: La Corte Suprema confirma condena por atentado que provocó la muerte de senador
Oct 8, 2024 | Actualidad Prime
La Corte Suprema, a través de la Segunda Sala, rechazó el recurso de queja presentado contra la sentencia que condenó a Raúl Julio Escobar Poblete a 18 años de presidio. El fallo reafirma su culpabilidad como autor del atentado terrorista que resultó en la muerte del senador Jaime Guzmán Errázuriz, ocurrido en abril de 1991 en la comuna de Providencia.
El fallo, identificado con el rol 63.116-2023, contó con la participación de los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, Jean Pierre Matus, y los abogados integrantes Pía Tavolari y Juan Carlos Ferrada. El tribunal concluyó que no existía falta o abuso grave en la sentencia anterior, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, la cual había confirmado la condena inicial.
Fundamentación del fallo
Respecto a la prescripción de la acción penal, el tribunal señaló que los argumentos presentados en la sentencia original estaban sólidamente fundamentados tanto en los hechos como en el derecho. En consecuencia, la discrepancia del recurrente no justificaba la anulación del fallo.
En relación con la calificación del delito como terrorista, el tribunal destacó que el recurso de queja no actúa como una tercera instancia para modificar los hechos ya establecidos, por lo que la protesta del recurrente fue desestimada. Además, la Corte reafirmó que el asesinato del senador Jaime Guzmán constituía un acto de carácter terrorista.
Resolución del caso
El fallo recordó que la Sala Penal ya había resuelto previamente que el atentado contra una autoridad política, con resultado de muerte, correspondía a una conducta terrorista. La decisión se mantuvo para asegurar la coherencia en las resoluciones relacionadas con los mismos hechos.
Finalmente, la Corte concluyó que el recurso de queja no presentó una justificación suficiente, ya que solo reflejaba una discrepancia con la interpretación de los jueces y no demostraba la existencia de falta o abuso grave, por lo que fue desestimado.
Fuente: pjud.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte de Apelaciones ordena indemnización a víctima de violencia estatal en el Estadio Nacional
Oct 7, 2024 | Actualidad Prime
La Corte de Apelaciones de Santiago, a través de la Undécima Sala, determinó que el Estado deberá pagar una indemnización de $50.000.000 a Sergio Artemio Palacios Muñoz, víctima de violencia estatal que fue detenido y torturado en 1973 cuando tenía 16 años. El fallo unánime (causa rol 1.803-2024) aumentó la compensación económica en proporción al daño sufrido, revocando una sentencia anterior.
Contexto del caso
Sergio Palacios fue detenido en octubre de 1973 por efectivos de la Fuerza Aérea y trasladado al Estadio Nacional. Durante su detención, que se extendió por aproximadamente un mes, fue torturado por agentes del Estado. La resolución judicial señala que Palacios sufre secuelas psicológicas graves, como estrés postraumático, ansiedad generalizada, pánico nocturno y problemas de socialización, todo como consecuencia de las torturas.
Argumentos de la Corte
La Corte basó su decisión en la intensidad del daño acreditado, destacando que Palacios, en su calidad de menor de edad y estudiante, fue víctima directa de violencia estatal. Se destacó también el impacto duradero que estos hechos tuvieron en su salud mental, justificando así el aumento de la indemnización inicialmente fijada.
El tribunal, conformado por el ministro Miguel Vázquez, la ministra Romy Rutherford y la abogada María Soledad Krause, ratificó la decisión del 24° Juzgado Civil de Santiago, con la modificación del monto compensatorio a $50.000.000, ajustable conforme al dictamen judicial una vez que la sentencia sea definitiva.
Este fallo marca un nuevo precedente en la reparación a las víctimas de violaciones a los derechos humanos cometidas durante el régimen militar en Chile.
Fuente: pjud.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Senado aprueba modificaciones a la ley de espectáculos de fútbol profesional