Feb 28, 2025 | Actualidad Prime
La Comisión de Cultura, Patrimonio, Artes, Deportes y Recreación del Senado aprobó una moción que busca definir el deporte profesional dentro del marco legal y fomentar su desarrollo en diversas disciplinas. Ahora, el proyecto pasará a la Sala del Senado para su discusión.
¿Qué plantea el proyecto?
Los senadores Sebastián Keitel, José Miguel Durana, Alejandro Kusanovic, Esteban Velásquez y la senadora Alejandra Sepúlveda impulsaron la iniciativa con el objetivo de darle relevancia a la práctica deportiva profesional.
La propuesta modifica la ley 19.712 del Deporte e introduce la siguiente definición:
“Se entenderá por deporte profesional aquella modalidad deportiva practicada por una persona natural que, en virtud de un contrato de trabajo, bajo dependencia y subordinación de una entidad deportiva, recibe por ello una remuneración”.
Además, el proyecto incorpora modificaciones a la ley 20.686, que regula el Ministerio del Deporte, para que dicha entidad formule programas y acciones que fomenten, promuevan y desarrollen el deporte profesional en sus distintas especialidades, con énfasis en la participación social y comunitaria.
Argumentos de los autores
Los parlamentarios destacaron que la legislación deportiva actual no considera explícitamente el deporte profesional, lo que genera un vacío legal que limita el rol del Ministerio del Deporte en esta área.
Indicaron que la ley 20.019, que regula las Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales, responde principalmente a las necesidades del fútbol, sin abordar otras disciplinas.
Asimismo, señalaron que si bien existe una definición legal para el “deportista profesional”, la normativa carece de un concepto claro sobre el deporte profesional como modalidad. Esto, según los legisladores, genera inconsistencias y afecta el desarrollo de diversas disciplinas fuera del fútbol.
Finalmente, hicieron un llamado a establecer normas que promuevan la profesionalización de otras disciplinas deportivas y fomenten el profesionalismo femenino en el ámbito deportivo.
Fuente: senado.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Senado revisa proyecto que refuerza responsabilidad en el transporte escolar
Feb 27, 2025 | Actualidad Prime
La Comisión de Transportes y Telecomunicaciones del Senado inició el análisis de una moción que busca modificar la Ley 19.831 para fortalecer la seguridad en el transporte escolar. La propuesta, que ya superó su primer trámite en la Cámara de Diputados, establece nuevas obligaciones para conductores y acompañantes en este servicio.
Han transcurrido dos años y medio desde el fallecimiento de Martín Navarro Jorquera, un niño de 12 años que perdió la vida tras ser atropellado al descender de un furgón escolar en la región de Los Ríos. El accidente generó un intenso debate sobre la responsabilidad de los conductores y las condiciones de seguridad en estos transportes. Como resultado, se presentó este proyecto de ley que ahora avanza en el Congreso.
Detalles de la propuesta
El proyecto establece que el transporte escolar comprende el traslado de estudiantes desde su domicilio al establecimiento educacional y viceversa, o a otros lugares previamente acordados. Además, distingue entre los servicios proporcionados por los colegios y aquellos gestionados por municipalidades.
El Registro Nacional de Servicio de Transportes Remunerado incorporará datos sobre empresarios del rubro, propietarios de vehículos, conductores y acompañantes. Para inscribir un servicio en este registro, el secretario regional ministerial (seremi) exigirá el cumplimiento de todos los requisitos legales y verificará que las personas involucradas no tengan antecedentes en el Registro General de Condenas o en el Registro Seccional de Inhabilitaciones.
Obligaciones de conductores y acompañantes
Los conductores deberán garantizar la seguridad de los escolares durante todo el trayecto, desde la recepción en el vehículo hasta su entrega en el destino. La propuesta exige que la recepción y entrega de los estudiantes se realice en el costado de la calzada donde se ubica su domicilio o escuela. Si las condiciones de la vía impiden esta práctica, el transporte escolar deberá contar con un acompañante que asista al menor en el cruce de la calle.
El texto también recalca que la responsabilidad del conductor y del acompañante finaliza cuando el estudiante ingresa al establecimiento o es recibido por un adulto responsable en su domicilio. Asimismo, el proyecto obliga a conductores y acompañantes a abrir y cerrar la puerta del vehículo en cada ascenso y descenso de los escolares.
El análisis de la moción continuará en la Comisión de Transportes del Senado, donde se evaluarán posibles ajustes antes de su votación final.
Fuente: senado.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte de Apelaciones ordena a banco entregar información financiera sobre activos de cliente fallecido
Feb 26, 2025 | Actualidad Prime
La Corte de Apelaciones de Santiago resolvió que el Banco Santander Chile debe entregar toda la información financiera actualizada sobre los activos y montos que mantenía Jaime Solanes Nogues en la entidad financiera. La Cuarta Sala del tribunal de alzada tomó esta decisión tras acoger el recurso de protección presentado en representación de la hija del fallecido, Dolores María Solanes Mestre.
El tribunal, conformado por la ministra Inelie Durán, el ministro Matías de la Noi y el abogado Rodrigo Asenjo, concluyó que el banco actuó de manera arbitraria y discriminatoria al negar la información solicitada.
El fallo (causa rol 21.552-2024) establece que la entidad financiera no presentó una justificación razonable para entregar datos incompletos ni explicó por qué no proporcionó la totalidad de la información. Según el tribunal, esta conducta vulnera el derecho a la igualdad ante la ley, garantizado en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución, ya que el banco ha otorgado respuestas completas a otros clientes en circunstancias similares.
Ante esta situación, el tribunal determinó que el recurso de protección cumple con los requisitos establecidos en el artículo 20 de la Constitución, lo que justifica su aprobación.
La resolución ordena al Banco Santander Chile proporcionar a Dolores María Solanes Mestre información detallada sobre todos los productos y activos bancarios que su padre mantenía en la entidad hasta el 16 de junio de 2021, junto con su valorización en esa fecha y su cuantía actual.
Fuente: pjud.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Suprema rechaza recurso de casación y mantiene condena contra banco en caso de boletas de garantía
Feb 25, 2025 | Actualidad Prime
En un fallo unánime, identificado con causa rol 60.983-2024, la Primera Sala de la Corte Suprema desestimó el recurso de casación en el fondo presentado contra la sentencia que ordenó al Banco de Crédito e Inversiones (BCI) pagar $30.385.000 a la Corporación de Fomento de la Producción (Corfo) por el cobro de boletas de garantía supuestamente caducadas.
El tribunal, compuesto por los ministros Arturo Prado Puga, Mauricio Silva Cancino, María Angélica Repetto García, Mario Carroza Espinosa y María Soledad Melo Labra, consideró que el recurso carecía de fundamento.
Fundamentos del fallo
El dictamen indicó que la parte recurrente argumentó la vulneración de diversas disposiciones del Código Civil, la Ley Nº18.092 y el Código de Procedimiento Civil. Sin embargo, los magistrados determinaron que las objeciones planteadas solo buscaban cuestionar los hechos establecidos en la sentencia de fondo, lo que resulta improcedente según el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil.
El fallo también descartó la alegación sobre la supuesta falta de acreditación de facultades para el cobro de las boletas, señalando que el demandante cumplió con los requisitos exigidos dentro del plazo correspondiente.
Tras analizar los antecedentes, la Corte Suprema concluyó que el recurso de casación no podía prosperar por falta de fundamento. Por lo tanto, rechazó la solicitud presentada por el abogado Marcelo Rojas Barrera en representación del BCI y confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Punta Arenas el 20 de noviembre de 2024.
Fuente: pjud.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Suprema ordena a senadora eliminar publicaciones de redes sociales contra oficial de Carabineros
Feb 24, 2025 | Actualidad Prime
La Corte Suprema acogió un recurso de protección y ordenó a una senadora borrar de sus redes sociales todas las publicaciones que afecten la honra de un oficial de Carabineros de Chile, quien enfrenta una investigación del Ministerio Público.
En su fallo, identificado con causa Rol N° 257-2024, la Tercera Sala del máximo tribunal determinó que los mensajes difundidos en redes sociales vinculan al policía con violaciones a los derechos humanos y perjudican su derecho al buen nombre. Según la resolución, estas publicaciones constituyen una acción de autotutela y deben eliminarse.
Detalles del caso
El fallo enfatiza la necesidad de ponderar el derecho a la honra frente a la libertad de expresión. “El derecho al buen nombre, consistente en el concepto que del individuo tienen los demás miembros de la sociedad en relación con su comportamiento, honestidad, decoro, calidades, condiciones humanas y profesionales, derecho personalísimo que puede verse afectado cuando -como en el caso de autos-, se difunden y/o publican en una red social afirmaciones que producen descrédito a su respecto, con la pretensión de modelar el concepto público que se tiene del individuo, sobre la base de la atribución de conductas, que constituyen ilícitos penales, y sobre los que no recae sentencia penal que declare la afectividad de la autoría que se le imputa, y que, por lo tanto, tienden a socavar el prestigio y la confianza de los que disfruta en el entorno social en cuyo medio actúa.”, sostiene la Corte.
El tribunal también señaló que la libertad de expresión, aunque fundamental, no tiene un carácter absoluto y puede entrar en conflicto con otros derechos individuales. “Aunque la libertad de expresión ha sido fundamental en el imaginario mundo de la comunicación en el ciber espacio, la experiencia ha demostrado que en los entornos de comunicación virtual ella puede entrar en conflicto con otras libertades individuales, como son por ejemplo el derecho al buen nombre, cuando este es vulnerado con una afirmación deshonrosa publicada en un grupo, frente a la cual la persona tiene limitadas posibilidades de exigir y lograr una pronta corrección”, argumentó la Corte.
Finalmente, la sentencia establece que las expresiones de la senadora menoscaban la honra del oficial al acusarlo directamente de violaciones a los derechos humanos sin una base legal firme. Por esta razón, la Corte Suprema ordenó eliminar las publicaciones y tomar las medidas necesarias para restablecer el derecho del afectado.
Fuente: pjud.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Proyecto para crear el Servicio Nacional de Acceso a la Justicia avanza en el Senado