Con votación mayoritaria, proponen multas por no concurrir a las urnas.

El proyecto, despachado a segundo trámite, generó debate en torno a la habilitación del sufragio extranjero. El ministro del Interior anunció reserva de constitucionalidad, no por su admisibilidad, sino por la implicación de gasto fiscal que requería su paso por la Comisión de Hacienda.

El Senado, con 30 votos a favor, 8 en contra y 3 abstenciones, despachó a la Cámara de Diputadas y Diputados la moción que propone multas a beneficio municipal (hasta más de $344.000). Estas son para electores que no sufraguen en elecciones ni plebiscitos.

DEBATE

Cerrada la votación, el ministro del Interior, Álvaro Elizalde, reservó constitucionalidad. Argumentó que el proyecto «debería haber pasado por la Comisión de Hacienda», pues «irroga gasto fiscal».

Durante el debate, senadoras y senadores reforzaron la importancia de sancionar el no cumplimiento del deber. También destacaron la necesidad de una mayor participación ciudadana.

Sin embargo, los cuestionamientos se centraron en la habilitación de extranjeros. Se refirieron a quienes tienen residencia temporal o transitoria (a los 5 años) en elecciones presidenciales y parlamentarias. Se señaló que «esto también tiene que ver con un tema de soberanía».

Además, se cuestionó que el proyecto no fue revisado por la Comisión de Hacienda.

EL PROYECTO

El proyecto, informado por la senadora Luz Ebensperger, propone elevar multas. Si hay reincidencia (no votar en dos elecciones consecutivas), el juez puede doblar la multa.

Establece excepciones: enfermedad el día de la elección o plebiscito; estar ausente del país; o a más de 200 km del local de votación. También aplica para quienes desempeñen ciertas funciones.

Contempla que antes de la sentencia definitiva, el denunciado puede pagar la multa anticipadamente. Esto termina la causa. En tal caso, el valor de la multa será de 0,5 unidades tributarias mensuales.

Fuente: senado.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso acoge demanda de editor de TV en caso de despido injustificado

Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso acoge demanda de editor de TV en caso de despido injustificado

En el fallo (causa rol 395-2024), la magistrada Ximena Cárcamo Zamora descartó que el trabajador de TV hubiera incurrido en graves incumplimientos contractuales. La estación televisiva había argumentado que él no dispuso de equipos para la cobertura de un incendio en Valparaíso en marzo de 2024 y que grabó el noticiero regional en lugar de transmitirlo en vivo.

El Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso acogió una demanda contra Televisión Nacional de Chile (TVN). La sentencia ordena a la cadena pagar $122.080.281 por indemnización sustitutiva y años de servicio.

En el fallo (causa rol 395-2024), la magistrada Ximena Cárcamo Zamora desestimó los incumplimientos contractuales. La estación televisiva acusó al trabajador de no disponer de equipos para cubrir un incendio en marzo de 2024. También lo criticó por grabar el noticiero regional en lugar de transmitirlo en vivo.

La resolución destaca la antigüedad del editor, quien se desempeñó por casi 34 años. Durante este tiempo, demostró un excelente desempeño, con sucesivas promociones. No existió ningún motivo previo para separarlo de la empresa.

Argumentos del Tribunal y Monto de la Condena

El tribunal consideró que el trabajador hizo esfuerzos para llegar a la noticia. Acudió al evento y permaneció allí hasta la madrugada. Esto demuestra su alto compromiso con su labor, según lo reconoce la propia empresa.

Para el tribunal, los hechos no comprometen la credibilidad ni el prestigio del medio. Las publicaciones en la red social «X» no fueron suficientes para demostrar un perjuicio. La jueza señaló que se juzgó al trabajador de forma «durísima».

Además, la jueza tomó en cuenta la situación de emergencia del incendio. El traslado en cerros de Valparaíso es difícil, con calles estrechas. El acceso se reserva a vehículos de emergencia, haciendo el tiempo de traslado alegado irreal.

Por tanto, se resuelve que se acoge parcialmente la excepción de finiquito, afectando exclusivamente la indemnización compensatoria de feriado, y se desestima en lo demás. Adicionalmente, se acoge la demanda de despido injustificado, declarando que el despido del actor es injustificado, y se condena al demandado al pago de $3.146.399 por indemnización sustitutiva por falta de aviso previo, $66.074.379 por indemnización por años de servicio (21 años), y $52.859.503 por el aumento del 80 % del artículo 168. Estas sumas deberán pagarse con los intereses y reajustes del artículo 173 del estatuto del trabajo. Finalmente, al no haber resultado totalmente vencida la demandada, no se le condena al pago de las costas, debiendo cada parte asumir las propias.

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Superintendencia de Educación deberá entregar información requerida por Ley de Transparencia, según orden de la Corte de Santiago

Superintendencia de Educación deberá entregar información requerida por Ley de Transparencia, según orden de la Corte de Santiago

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad de la Superintendencia de Educación. Esta buscaba revertir la orden del Consejo para la Transparencia (CPLT), que le ordenó entregar la información relativa a proceso de fiscalización de establecimiento educacional.

En fallo unánime (causa rol 76-2024), la Tercera Sala descartó que la información solicitada por Ley de Transparencia estuviera sujeta a reserva o secreto.

Interpretación Estricta de la Ley de Transparencia y sus Límites

El fallo detalla que la Superintendencia basó su negativa en la causal de reserva del numeral 1° del artículo 21 de la Ley de Transparencia. Sin embargo, esta debe interpretarse de forma estricta al ser una excepción al principio constitucional de publicidad.

Los fundamentos para denegar información deben ser de tal magnitud que impidan la entrega de los antecedentes solicitados, porque de hacerlo impediría el cumplido ejercicio de sus atribuciones fiscalizadoras. Esto requiere una acreditación fehaciente, dado el mandato de publicidad que impone el artículo 8° de la Carta Fundamental, refrendado en los artículos 5°, 10° y 11° de la Ley de Transparencia.

La resolución resalta el artículo 28 de la Ley de Transparencia. Este establece que los órganos de la Administración del Estado no pueden reclamar ante la Corte de Apelaciones si el Consejo para la Transparencia otorgó acceso a información denegada bajo la causal del N°1 del artículo 21.

Por lo tanto, la reclamación de la Superintendencia no podía prosperar. De hecho, el apoderado de la reclamante incluso manifestó su disposición a entregar la información.

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 28 y 30 de la Ley N°20.285, la Corte rechazó el reclamo de ilegalidad de la Superintendencia de Educación contra la Decisión de Amparo del Consejo para la Transparencia, Rol N°C788-23, adoptada el 9 de enero de 2024”, concluye.

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Plan Piloto: Acceso a la Justicia para Personas Mayores

Plan Piloto: Acceso a la Justicia para Personas Mayores

El 5 de junio, el Poder Judicial realizó una jornada de sensibilización y capacitación para funcionarios. El objetivo fue mejorar el acceso a la justicia de personas mayores en nuevos tribunales piloto. La iniciativa es del Subcomité de Acceso a la Justicia de Grupos Vulnerables.

Participaron miembros de la Corte de Apelaciones de Santiago y varios juzgados. Se incluyeron el Primero y Veintinueve Civil de Santiago, el Tercero de Policía Local de Maipú y el de Letras de Buin.

La jornada se enmarca en la implementación del Protocolo de Acceso a la Justicia de Personas Mayores y su Guía de Aplicación. Estos fueron aprobados por el Pleno de la Corte Suprema. Se busca fortalecer una atención judicial inclusiva y con enfoque de derechos.

La ministra Jessica González destacó la importancia de prepararse para una población envejecida. «Si no nos preparamos para ello… no estaremos listos para enfrentar lo que viene», afirmó.

Claves y Próximos Pasos

SENAMA presentó ponencias sobre el buen trato y envejecimiento. Abordaron desafíos y propusieron un trato más digno e inclusivo. Tania Mora de SENAMA resaltó el cambio cultural que busca la institución.

Nel Greeven expuso sobre «Lenguaje Claro para personas mayores». Resaltó la importancia de usar lenguaje comprensible en las comunicaciones judiciales. Subrayó que los tribunales pueden ser un apoyo fundamental para ellos.

Francisca Terminal de DAIDH presentó la “Aplicación práctica de la guía». Entregó herramientas concretas para incorporar los lineamientos del protocolo. También se informaron los próximos pasos del plan piloto.

Los tribunales piloto incorporarán los lineamientos durante 2025. Al finalizar, serán reconocidos con el Sello de Acceso a la Justicia de Personas Mayores. Esto es un reconocimiento a su compromiso con la justicia inclusiva.

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Hacienda remite a Sala Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales

Hacienda remite a Sala Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales

La propuesta establece que los servicios considerarán el plazo máximo de sus permisos. Los funcionarios que incumplan las fechas estipuladas quedarán expuestos a sanciones.

Tras dos días de extensa tramitación, la Comisión de Hacienda despachó a Sala el proyecto de Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales. Busca agilizar la entrega de permisos no ambientales a la inversión.

La norma, objeto de varias indicaciones, avanza con acuerdo transversal. De ratificarse en una próxima sesión ordinaria, quedaría a un paso de ser promulgada como ley tras un tercer trámite en la Cámara de Diputadas y Diputados.

Detalles del proyecto

El mensaje, conocido como «proyecto de permisología», busca optimizar y reducir entre 30% y 70% los tiempos de 380 permisos sectoriales sectoriales pertenecientes a 37 servicios y a 16 ministerios. La iniciativa apuesta por una simplificación y modernización de procesos administrativos. Esto se logrará sin comprometer los estándares regulatorios vigentes.

Entre los cambios se habilita el uso de declaraciones juradas y avisos en casos de bajo riesgo. Esto simplificará procesos para trámites menos complejos.

Además, se aplicará el silencio administrativo. Se establecerán plazos máximos para resolver solicitudes. Esto busca evitar demoras injustificadas.

Claves de la Aprobación y Sanciones

En la Comisión de Hacienda se revisaron una veintena de indicaciones presentadas por senadores y el Ejecutivo. Seis concentraron la mayor parte del debate. Entre las enmiendas aprobadas están que los servicios responsables de entregar autorizaciones deberán considerar el cumplimiento de plazos máximos en la definición de sus metas, y que no se duplicarán solicitudes de permisos en la etapa ambiental y la sectorial.

La propuesta fue votada por la Comisión de Economía. Se acordó sancionar a jefes de servicio y funcionarios. Esto ocurrirá si incumplen los plazos máximos. Se delimitaron criterios para definir la responsabilidad del titular. Esto aplica al mal uso de declaraciones juradas de bajo impacto.

La senadora Ximena Rincón, presidenta de la Comisión de Hacienda, destacó el proyecto. Dijo que «será clave para avanzar en muchas iniciativas». Resaltó que «no va a poder volver a pedirse un trámite» y «no va a poder volver a pedirse un trámite, un certificado, un adicional a aquellas cosas que ya se vieron por la puerta de lo ambiental».

Fuente: senado.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Acuerdo para Adecuar Norma de Deudores de Pensiones Alimentarias

Acuerdo para Adecuar Norma de Deudores de Pensiones Alimentarias

La Comisión de Mujeres aprobó por unanimidad un proyecto de ley que modifica la Ley de Tránsito (boletín 17461). El objetivo es regular la obtención y cancelación de licencias de conducir para quienes estén inscritos en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.

La iniciativa, presentada por un grupo de diputadas y diputados, busca modificar la citada ley para adecuarla a la Ley 21.389 que crea el Registro Nacional de Deudores.

Endurecen control y abordan excepciones

Durante la discusión, María Soledad Santana, de la Asociación de Magistradas y Magistrados, respaldó la propuesta. Señaló que se han detectado numerosos casos de deudores que obtienen licencias a pesar de estar registrados. Es crucial que la Ley de Tránsito indique expresamente la obligación del funcionario municipal de revisar este registro antes de expedir el documento.

La magistrada enfatizó la importancia de proteger la infancia. Recordó un informe de Contraloría que reveló que 3.432 personas renovaron su licencia pese a estar en el registro, adeudando más de $17 mil millones a niños y niñas.

Legisladores plantearon dudas sobre las licencias profesionales, preocupados por que la prohibición de obtenerlas impida al deudor generar ingresos para pagar la pensión. El espíritu de la ley es, al fin y al cabo, asegurar el pago de la deuda.

Al respecto, la ministra de la Mujer, Antonia Orellana, recordó que la ley permite excepciones si la licencia es indispensable para un empleo. La magistrada Santana agregó que esto debe ir acompañado de un compromiso de pago por parte del deudor.

La comisión aprobó la idea de legislar y fijó el 10 de junio como plazo para presentar indicaciones.

Fuente: camara.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Suprema publica informe sobre proyecto de ley que regula cumplimiento alternativo de penas