Dic 6, 2023 | Actualidad Prime
Origen: Octavo Juzgado Civil de Santiago: Fecha sentencia: 11 de septiembre de 2023; Causa rol 10.187-2021
El 8° Juzgado Civil de Santiago emitió un fallo condenatorio contra el banco Scotiabank Chile, en su calidad de sucesor legal del BBVA, por incumplimiento de contrato hipotecario. Esta sentencia establece que el banco deberá pagar una indemnización de 1.184,33 UF en concepto de daño emergente.
La magistrada Isabel Eyzaguirre Flores rechazó las excepciones de prescripción extintiva y objeción documental presentadas por el banco demandado. Se determinó que el incumplimiento de las obligaciones contractuales por parte del banco quedó configurado. El fallo señala que la entidad bancaria no cumplió cabalmente con las obligaciones derivadas del contrato hipotecario, al gestionar de forma deficiente el seguro de incendio, contratando una póliza de menor valor al acordado en el documento público del mutuo hipotecario.
El tribunal sostiene que no hay evidencia de cumplimiento íntegro de las obligaciones del banco como mandatario. Además, desestima las alegaciones de la entidad demandada sobre la notificación de cambios en la cobertura del seguro, considerándolas contrarias a la buena fe contractual.
La sentencia enfatiza que el banco no puede transferir la responsabilidad al demandante argumentando errores en los pagos de dividendos o cambios en los seguros, ya que era su deber cumplir con el encargo y las condiciones estipuladas en el contrato, actuando de acuerdo con la ley.
Violación contractual
El fallo concluye que el incumplimiento del banco respecto a la contratación de seguros según lo estipulado en el contrato, y la omisión de informar los cambios al demandante, constituyen una violación contractual. Además, se establece la existencia de daños económicos sufridos por el demandante debido a un siniestro no cubierto adecuadamente por la aseguradora, resultando en un perjuicio patrimonial.
El tribunal determina un vínculo causal directo entre el incumplimiento del banco en la contratación del seguro y los daños sufridos por el demandante. La actuación del banco se consideró inaceptable para una institución financiera, lo que generó un perjuicio económico al demandante.
Fuente: pjud.cl
Dic 5, 2023 | Actualidad Prime
El Cuarto Juzgado Civil de Santiago acoge la demanda de Comercial TotalPack Limitada contra Panther Management SpA por competencia desleal e infracción a la ley de propiedad industrial.
El juez Luis Eduardo Quezada Fonseca establece que Panther Management SpA cometió competencia desleal al referirse a Comercial TotalPack Ltda en sus anuncios y enlaces web, ordenándole cesar su uso.
El fallo afirma que usar «Totalpack» en anuncios de Panther Management SpA aprovecha indebidamente la reputación de Comercial TotalPack Ltda y puede desviar clientes, generando confusión. Se considera que esta conducta constituye engaño al inducir al cliente a adquirir un servicio similar al de Comercial TotalPack Ltda. El tribunal destaca que el uso de marcas ajenas como palabras clave es una conducta desleal según la Ley 20.169, generando confusión entre consumidores.
La sentencia concluye que el uso de la marca de la actora por Panther Management SpA constituye competencia desleal y una transgresión a las normas de propiedad industrial. Se ordena a Panther Management SpA cesar el uso de cualquier anuncio o enlace que haga referencia directa o indirecta a Comercial TotalPack Ltda. Además, se le exige publicar la sentencia en el diario El Mercurio y se condena a la demandada en costas.
Fuente: pjud.cl
Dic 4, 2023 | Actualidad Prime
Origen: Corte de Apelaciones de la Serena; Causa rol 196-2023; Jurisdicción: Laboral
La Corte de Apelaciones de La Serena confirmó las multas impuestas al supermercado Santa Isabel Administradora S.A. El tribunal rechazó el recurso de nulidad presentado por la empresa, manteniendo las sanciones de 60 UTM cada una. El motivo fue la coincidencia intencional entre días de descanso compensatorio y feriados irrenunciables, violando normativas laborales.
El fallo unánime, dictado por la Primera Sala del tribunal de alzada, analizó la situación y consideró que la empresa infringió el Código del Trabajo en los artículos referentes a los días de descanso y feriados. Se estableció que la organización de turnos por parte del empleador buscaba hacer coincidir el día de descanso semanal con un feriado obligatorio, lo que se consideró una acción premeditada y no una simple coincidencia.
La resolución del tribunal de alzada reafirmó que Santa Isabel Administradora S.A. había diseñado sus turnos de manera deliberada para evitar el uso efectivo de los feriados establecidos por la ley. Esta acción se consideró una infracción grave a las normas legales laborales, desestimando así los argumentos presentados en el recurso de nulidad.
Como resultado, se rechazó el recurso con costas adicionales, respaldando la sentencia definitiva emitida previamente por el juez Gonzalo Alberto Martínez Merino del Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena, la cual se declaró no nula.
Fuente: pjud.cl
Dic 1, 2023 | Actualidad Prime
La Comisión de Constitución aprobó la creación de la Fiscalía Supraterritorial, fortaleciendo requisitos para su liderazgo y otorgando al Fiscal Nacional poder de designación. Esta reforma, próxima a votación en el Senado, busca combatir crimen organizado y delitos complejos.
Tras discutir con el ministro de Justicia y el Fiscal Nacional, la Comisión aprobó modificaciones. Ahora, el Fiscal Nacional designará al jefe de la nueva Fiscalía, quien deberá tener diez años de título de abogado, 35 años de edad, cualidades para ser ciudadano con derecho a voto, y experiencia en litigación penal.
En contraste con el proyecto original, se cambió la propuesta del jefe de la Fiscalía, eliminando la elección a partir de una lista sugerida por la Corte Suprema. Además, se añadió una cláusula para la remoción de Fiscales Regionales por incumplimiento grave y reiterado de las instrucciones del Fiscal Nacional.
Esta iniciativa de la Fiscalía Supraterritorial pretende reforzar la lucha contra delitos complejos. La reforma, en proceso de aprobación, marca pautas más estrictas para la dirección de este organismo, delegando esa responsabilidad al Fiscal Nacional y estableciendo criterios más rigurosos de selección.
Fuente: senado.cl
Nov 30, 2023 | Actualidad Prime
La Comisión de Trabajo del Congreso debate un proyecto que busca conciliar la vida personal, familiar y laboral. La iniciativa, que será votada el 12 de diciembre, regula el teletrabajo para personas cuidadoras.
El proyecto de ley, ya aprobado en el Senado, busca modificar el Código del Trabajo para incluir principios de parentalidad positiva y corresponsabilidad social. Asimismo, se propone proteger a quienes realizan labores de cuidado no remunerado.
Esta propuesta establece una modalidad híbrida de jornada laboral para aquellos trabajadores que se dedican al cuidado no remunerado. Además, ofrece nuevos derechos, como el uso preferente del feriado legal durante las vacaciones escolares.
Durante las audiencias, expertos respaldaron la aprobación del proyecto sin modificaciones adicionales para agilizar su aprobación. María José Escudero de Fundación Ronda instó a no demorar más el proceso, enfatizando la urgencia para las mujeres cuidadoras.
Carolina Guzmán de ASOCFUNCAJ reiteró la solicitud de aprobar el proyecto sin demora, argumentando que esta normativa podría reducir ausencias laborales y accidentes de trayecto.
La coordinadora de Asociación Maternidad, Vida y Mujer, Renata Castro, destacó la relevancia del texto para abordar la crisis de cuidado del país. Resaltó su potencial para la inserción laboral de cuidadores.
Helmuth Griott de ANEF pidió avanzar hacia un sistema nacional de cuidados y regular el teletrabajo en el sector público. Destacó la importancia de establecer medidas a favor de personas cuidadoras de manera más institucional.
La Comisión se comprometió a votar tanto en general como en particular la iniciativa el próximo martes.
Fuente: camara.cl
Nov 29, 2023 | Actualidad Prime
Origen: Corte de Apelaciones de Santiago; Fecha: 22 de noviembre de 2023; Causa rol 344-2023
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa de 20 UTM impuesta por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) a Entel Telefonía Local SA, operadora de TV de pago, por transmitir un filme para adultos en horario protegido para la niñez a través de Cinemax.
El fallo unánime de la Octava Sala rechazó la alegación de la empresa sobre el debido proceso. Se argumentó que la responsabilidad recae en quien comete la infracción, en este caso, Cinemax, y no en Entel, quien no tiene control sobre la programación.
La resolución se basó en el artículo 13 de la Ley 18.838, responsabilizando directamente a los concesionarios de televisión por cualquier contenido transmitido, excluyendo la responsabilidad del usuario. Se desestimó la defensa de Entel al trasladar la responsabilidad al consumidor mediante herramientas de control parental.
El tribunal determinó que la sanción impuesta era legal, ya que se exhibió un filme para mayores de 18 años en horario protegido para menores. Respecto al monto de la multa, al no encontrar ilegalidad en la acción de Entel, no procedió su disminución.
La sentencia concluyó rechazando el recurso de Entel contra el CNTV, confirmando la multa de 20 UTM y ordenando costas a la empresa.
Fuente: pjud.cl