Sancionan a empresa BPH por comercializar ampollas contaminadas

Origen: 21 Juzgado Civil de Santiago; Fecha: 18 de octubre de 2023; Causa rol: 7.975-2022

El 21° Juzgado Civil de Santiago ratificó la sanción de 200 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) impuesta a la empresa BPH SA (Bestpharma), especializada en productos químicos y farmacéuticos, por la comercialización de ampollas de cloruro de potasio inyectable contaminadas.

El juez Marcelo Rojas Sepúlveda rechazó la reclamación de BPH contra la resolución del Instituto de Salud Pública que la multó por violar el Código Sanitario. Según el fallo, un informe del 29 de octubre de 2021 demostró la presencia de partículas extrañas visibles en la solución del producto farmacéutico.

El veredicto establece que el motivo de la sanción por comercializar ampollas contaminadas está debidamente corroborado, y que el proceso sancionatorio fue conducido adecuadamente. Por tanto, se desestima la solicitud de anulación de las Resoluciones Exentas N°2689 y N°3244, junto con las multas asociadas. No se presentaron pruebas suficientes para desvirtuar la presunción del Código Sanitario.

En cuanto a la petición de reducción de la multa, el juez argumenta que la sanción impuesta se ajusta al marco legal, dado el riesgo que representa el suministro de un producto sanitario contaminado para la salud pública. El artículo 174 del Código Sanitario prevé multas que oscilan entre 0.1 y 1000 UTM, y en este contexto, la multa impuesta se encuentra dentro de los límites establecidos por la ley.

Se subraya que la gravedad de la situación justifica la evaluación de la infracción en relación con las circunstancias observadas. En consecuencia, la sentencia confirma la multa de 200 UTM a BPH SA, reforzando la importancia de garantizar la calidad y seguridad de los productos farmacéuticos para proteger la salud de la población.

Fuente: pjud.cl

Corte Suprema ordena cumplimiento de laudo arbitral dictado en Francia

Origen: Corte Suprema de Justicia; Fecha: 5 de octubre de 2023; Causa rol: 71.508-2022

La Corte Suprema de Chile, en una decisión unánime, respaldó un exequátur y ha ordenado la ejecución de una sentencia arbitral emitida en Francia. La sentencia condena a la empresa chilena Neobis Corp SA por incumplimiento de contrato.

El fallo, dictado por la Primera Sala del máximo tribunal, compuesta por los ministros Arturo Prado, Mauricio Silva, María Angélica Repetto, María Soledad Melo y el abogado Gonzalo Ruz, establece que se cumplen los requisitos para la ejecución de la resolución emanada en París.

El análisis de los antecedentes revela que la demandante, Tangoe SAS, es una entidad de derecho francés, sucesora de Asentinel LLC, y que la demandada, Neobis Corp. S.A., es una entidad chilena. El procedimiento arbitral se inició en febrero de 2019 a raíz del contrato suscrito en diciembre de 2015, el cual establece el arbitraje en francés y fija París como sede.

El fallo subraya que el laudo no infringe las leyes nacionales ni se opone a la jurisdicción chilena. La Corte constató que la parte demandada fue notificada adecuadamente y que el laudo es definitivo y vinculante, sin posibilidad de recurso suspensivo.

El proceso de exequátur no implica una instancia para discutir el fondo del asunto, ni para plantear excepciones que deban ser tratadas en la ejecución posterior. Su propósito radica en verificar el cumplimiento de requisitos mínimos, sin revisar la justicia intrínseca de la sentencia extranjera.

Finalmente, al ser el laudo arbitral un instrumento público, su autenticidad se refiere a su debida emisión y autorización. Estos aspectos que no fueron objetados en esta instancia según lo dispone el artículo 17 del Código Civil.

Fuente: pjud.cl

Incrementa sanción a Clínica Dávila por negligencia médica con recién nacido

La Corte de Santiago ha confirmado la sentencia que condena a la Clínica Dávila por negligencia médica. El personal administró al recién nacido una dosis 25 veces mayor de hidrato de cloral de lo recomendado.

El fallo unánime de la Quinta Sala del tribunal de alzada ratificó la decisión del Primer Juzgado Civil de Santiago. La clínica deberá abonar $120.000.000 por daño moral, más $415.551 por daño emergente. Además, se le exige saldar la deuda de copago de la demandante.

El tribunal desestimó la evidencia de la clínica, que apuntaba a un error cometido por las matronas. Argumentaron que la clínica no supervisó adecuadamente los protocolos de administración de medicamentos.

La resolución establece que la Clínica Indisa incumplió el contrato con la demandante y su hijo. No demostró exoneración por falta de previsión o incapacidad de evitar la conducta inapropiada de su personal.

En cuanto a la indemnización de perjuicios, se determinó que la demandante debe pagar $16.342.731 más $518.216 como copago. La clínica está obligada a saldar estas deudas para liberar a la demandante de su responsabilidad.

En relación a otros daños emergentes, se descartaron por falta de pruebas suficientes. Las facturas por atención psiquiátrica no se vincularon directamente con los hechos.

Por último, se aumentó la indemnización por daño moral. Se asignaron $40.000.000 a favor de la madre y $80.000.000 a favor del hijo, considerando las secuelas médicas y la carga emocional derivada de la negligencia de la clínica.

Este fallo establece un precedente importante en casos de negligencia médica, subrayando la responsabilidad de las instituciones de salud en garantizar un tratamiento adecuado y seguro para sus pacientes.

Fuente: pjud.cl

Avanza proyecto de marco regulatorio de seguridad privada

La Comisión de Constitución del Senado respaldó por unanimidad el proyecto que regula la seguridad privada, parte de la Agenda de Seguridad, avanzando así a su tercer trámite en la Cámara Baja. Este proyecto busca estandarizar el papel de las empresas de seguridad privada y fortalecer el campo donde laboran más de 260 mil guardias, permitiendo su especialización y profesionalización.

Antes de esta normativa, los 300 mil guardias de seguridad y los 60 mil carabineros en Chile carecían de un marco jurídico y de certezas para prevenir el delito. Según el senador Felipe Kast, presidente de la Comisión de Seguridad, este proyecto, junto con el relacionado a los guardias municipales, contribuirá a construir un sistema de seguridad más robusto.

El senador Daniel Núñez destacó la importancia de esta iniciativa en el contexto de la agenda de seguridad y subrayó que la Comisión de Hacienda evaluó las normas de su competencia.

Detalles del proyecto

Coincidieron en la relevancia del proyecto para mejorar la regulación y el marco jurídico de la seguridad privada, especialmente en eventos masivos, donde se establecen con mayor claridad las responsabilidades.

Afirmaron que, junto con la iniciativa que crea el Ministerio de Seguridad Pública, se establecerá un sistema de seguridad que incluye medidas preventivas, coadyuvantes o complementarias realizadas por entidades autorizadas.

Varios senadores instaron a que la ley de Presupuestos 2024 provea los recursos necesarios para avanzar en una legislación clara sobre vigilancia privada en el país.

Durante el trámite en el Senado, se introdujeron diversas modificaciones al texto legal que abordan la regulación de la industria de seguridad privada, fortalecen el órgano rector en esta área, modernizan los criterios de seguridad y certificación, establecen estándares tecnológicos y actualizan los requisitos para personas y empresas que se dedican a la seguridad privada. También se norman con mayor detalle los eventos y espectáculos masivos y se propone un nuevo sistema sancionatorio.

Fuente: senado.cl

Senado aprueba legislar cambios en cesantías

La Sala del Senado dio luz verde al proyecto que modifica el seguro de cesantía con 33 votos a favor y 2 abstenciones. Esta iniciativa, en segundo trámite, busca flexibilizar los requisitos de acceso y aumentar las prestaciones en caso de desempleo.

El proyecto contempla reducir de 12 a 10 las cotizaciones mensuales continuas o discontinuas para acceder a una prestación por cesantía en el caso de trabajadores con contrato indefinido o de casa particular. También, se baja el requisito de 6 a 5 cotizaciones para trabajadores con contrato a plazo fijo o por obra determinada.

En cuanto al monto de la prestación, se ajusta el promedio de las remuneraciones devengadas por el trabajador, pasando de 12 a 10 meses en el caso de contratos indefinidos o de casa particular. Para los contratos a plazo fijo, por obra o servicio determinado, se reduce de 6 a 5 meses.

Además, se aprueba legislar cambios en cesantías en medidas para la intermediación y habilitación laboral, destinando un máximo del 2% del saldo total del Fondo de Cesantía Solidario. El Sence llevará a cabo una evaluación anual de los programas de intermediación laboral.

Se incorpora también una disposición que permite destinar recursos fiscales (aproximadamente 370 millones de dólares) para el financiamiento de las prestaciones por cesantía, en pro de la sustentabilidad del Fondo de Cesantía Solidario.

Otro de los puntos destacados del proyecto es la automatización de la prestación en situaciones de catástrofe y alerta sanitaria. Este apunta a mejorar la empleabilidad y la reinserción laboral en un momento económico crucial para el país. Tras esta aprobación en la Sala, el proyecto será analizado en detalle en las comisiones pertinentes, con indicaciones a presentar hasta el 17 de octubre.

Fuente: senado.cl

Condenan a autor de homicidio al interior de centro penitenciario

El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condena a autor de homicidio a cumplir la pena de 10 años y un día de presidio efectivo.

Origen: 4° TOP de Santiago; Fecha: 10/10/2023; Número de Sentencia: Causa rol 274 – 2023.

El Tribunal dictaminó la prisión efectiva para Luis Alberto Morales Undurraga. Lo declararon culpable de un homicidio ocurrido en abril de 2020 en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur.

La resolución unánime, a cargo de los magistrados Cristián Soto Galdames (presidente), Ingrid Droguett Torres y María Inés Collin Correa (redactora), estableció que el 22 de abril de 2020, alrededor de las 15:30 horas, Morales Undurraga atacó a Víctor Varela Muñoz en una oficina de Guardia Interna del centro penitenciario.

Hechos del caso

En un acto repentino, Morales Undurraga empleó un arma punzante para apuñalar a Varela en el cuello. Los agentes de Gendarmería presentes lograron someter a Morales Undurraga en el lugar del suceso.

El ataque causó una herida penetrante en la región cervical de Víctor Varela, quien fue trasladado al Hospital Barros Luco. Posteriormente falleció el 24 de abril de 2020 debido a la gravedad de la agresión.

Además de la condena principal, el Tribunal impuso a Morales Undurraga sanciones adicionales. Estas incluyen inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos, así como la privación de derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el periodo de la condena. Asimismo, se ordenó la obtención de muestras biológicas del condenado para su registro en la base nacional de ADN de condenados, una vez la sentencia quede en firme.

Fuente: pjud.cl