Senado aprueba en general subsidio a la tasa de interés hipotecaria para viviendas nuevas de hasta 4.000 UF

En una sesión marcada por la preocupación transversal respecto al acceso a la vivienda y la situación del sector inmobiliario, el Senado aprobó en general —por 29 votos a favor y 2 abstenciones— el proyecto que establece un subsidio a la tasa de interés hipotecaria para la adquisición de viviendas nuevas de hasta 4.000 unidades de fomento (UF). La iniciativa, que también modifica diversas normativas relacionadas, podrá recibir indicaciones hasta el martes 22 de abril.

El objetivo principal de la propuesta es facilitar la compra de la primera vivienda para personas naturales mediante un subsidio de 60 puntos base a la tasa de interés de los créditos hipotecarios. Esta medida se complementará con una garantía estatal que permitirá una reducción adicional en la tasa aplicada por las entidades financieras.

En paralelo, el proyecto busca reactivar el sector de la construcción y el mercado inmobiliario, que actualmente enfrenta un estancamiento debido a la baja demanda y al aumento de los costos. Para ello, se contempla la creación de programas especiales dentro del Fondo de Garantías Especiales (FOGAES), como el de Apoyo a la Vivienda Nueva y el de Recuperación Productiva Regional.

La iniciativa considera un importante flujo de gasto fiscal proyectado hasta el año 2055, concentrándose el mayor desembolso hacia el año 2028. Esta dimensión fue abordada durante la discusión, junto con diagnósticos compartidos sobre el alza sostenida de los precios de las viviendas, la reducción del stock disponible y la persistente brecha entre los ingresos de las familias y los costos habitacionales.

Además, el proyecto incorpora modificaciones a la Ley N° 19.281, que regula el arrendamiento de viviendas con promesa de compraventa, con el propósito de fortalecer esta modalidad como alternativa de acceso habitacional.

Fuente: senado.cl

Corte Suprema ordena revisar demanda de nulidad de contrato de compraventa de predio indígena en Valdivia

En un fallo reciente, la Corte Suprema acogió un recurso de casación interpuesto por una de las herederas de un predio indígena, ubicado en el sector de Los Molinos, Valdivia, revocando la decisión de instancias anteriores que habían rechazado la demanda por falta de legitimación activa. La Cuarta Sala del máximo tribunal estableció que la actora, en su calidad de heredera, tenía el derecho de solicitar la nulidad absoluta del contrato de compraventa del predio en virtud de un mandato tácito y recíproco entre comuneros, que le permite ejercer actos conservativos en beneficio de la comunidad hereditaria.

El fallo destaca la jurisprudencia previa de la Corte Suprema, que ha reconocido este mandato entre herederos para proteger el patrimonio común, incluso sin la necesidad de que todos los comuneros actúen conjuntamente. Este principio se aplica especialmente en situaciones que afectan la preservación de la cosa común, como es el caso de la propiedad indígena.

La resolución también subraya la relevancia del interés nacional en la protección de tierras indígenas, conforme a la Ley N° 19.253, que prohíbe la enajenación de estos terrenos a personas no pertenecientes a la misma etnia. La Corte señaló que la protección de estos predios prevalece sobre cualquier interés patrimonial privado, lo que refuerza la legitimación de la demanda.

Con este fallo, la Corte Suprema ordenó que el tribunal de primera instancia revise nuevamente la demanda de nulidad del contrato de compraventa, esta vez entrando a resolver el fondo del asunto.

El contenido del fallo puede consultarse por medio del siguiente enlace.

Fuente: pjud.cl