Aprobado en la Cámara proyecto que tipifica la corrupción en el deporte

La Sala de la Cámara de Diputados aprobó y envió a segundo trámite el proyecto que tipifica el delito de corrupción en el deporte. Esta iniciativa, que busca prevenir y sancionar conductas que vulneran la integridad de la competencia deportiva, fue respaldada por una amplia mayoría de 97 votos a favor y 13 abstenciones.

El proyecto, impulsado en su origen por un mensaje del Ejecutivo y una moción presentada por el exdiputado Matías Walker, junto a las diputadas Erika Olivera y Marisela Santibáñez, establece sanciones claras para quienes alteren o manipulen resultados en eventos deportivos, afectando la equidad de las competiciones. El objetivo es asegurar que los resultados deportivos no se vean influidos por factores externos ajenos a lo meramente deportivo.

Entre las principales medidas, el proyecto introduce modificaciones a la Ley del Deporte, incorporando sanciones penales para quienes ofrezcan o reciban beneficios económicos o de otra índole con el fin de influir en el resultado de una competición. Las penas propuestas incluyen reclusión menor en su grado medio, que va de 541 días a 3 años, así como multas que podrían duplicar el beneficio recibido o aceptado.

Adicionalmente, se establecen inhabilidades para personas condenadas por corrupción deportiva, impidiéndoles acceder a beneficios de la Ley del Deporte o ejercer cargos directivos en organizaciones deportivas. El proyecto también refuerza las obligaciones de las federaciones deportivas y otras entidades vinculadas al deporte, al exigirles reportar operaciones sospechosas a la Unidad de Análisis Financiero (UAF), especialmente si reciben financiamiento público.

Durante el debate, diversos parlamentarios expresaron su apoyo a la iniciativa, destacando la necesidad de proteger la integridad del deporte frente a la corrupción, que convierte las competiciones en simples espectáculos sujetos a intereses económicos y apuestas ilegales. No obstante, algunos sectores plantearon críticas, considerando que la norma podría ser demasiado específica y compleja para su aplicación en el ámbito penal.

El proyecto ahora deberá ser discutido en el Senado, donde se espera continúe el debate sobre la mejor forma de regular la corrupción en el deporte.

Fuente: camara.cl

Corte Suprema acoge recurso de amparo y revoca prisión preventiva de acusado en espera de nuevo juicio

En una decisión unánime, la Segunda Sala de la Corte Suprema resolvió acoger el recurso de amparo presentado por la defensa de un acusado que se encontraba en prisión preventiva, en espera de la reiteración de su juicio oral. La medida había sido impuesta por la Corte de Apelaciones de San Miguel, pero el máximo tribunal determinó que dicha resolución carecía de fundamentación suficiente.

El acusado, identificado como Fabio Basoalto Sandoval, había sido sometido a prisión preventiva tras una decisión del tribunal de apelación en julio de 2024. Sin embargo, la defensa recurrió a la Corte Suprema, argumentando que no se había justificado adecuadamente la necesidad y proporcionalidad de esta medida, en especial considerando que previamente se le habían impuesto medidas cautelares de menor intensidad, como el arraigo nacional y la prohibición de acercarse a la víctima, sin que se registraran incumplimientos.

El fallo de la Segunda Sala, compuesta por los ministros Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier, Dobra Lusic, y los abogados integrantes Pía Tavolari y Juan Carlos Ferrada, estableció que la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazaba la acción constitucional carecía de los fundamentos esperados para aplicar una medida cautelar tan severa como la prisión preventiva. El tribunal destacó la falta de análisis respecto a la proporcionalidad de la medida y las propuestas alternativas presentadas por la defensa.

En consecuencia, se revocó la sentencia de agosto de 2024 y se ordenó la liberación inmediata del acusado, quien quedará sujeto a las medidas cautelares inicialmente decretadas por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talagante.

El contenido del fallo puede consultarse por medio del siguiente enlace.

Fuente: pjud.cl

La Corte Suprema analiza proyecto de ley para modificar el Código Procesal Penal

El pleno de la Corte Suprema se reunió el 17 de junio pasado para examinar un proyecto de ley que busca modificar el Código Procesal Penal. Esta iniciativa, presentada por moción, pretende introducir la figura de la detención en casos urgentes bajo ciertas circunstancias. El informe del análisis fue enviado a la presidencia del Senado el jueves 25 de julio.

Según los proponentes, esta modificación responde al aumento de la criminalidad violenta y organizada en los últimos años, lo que requiere que el Estado adopte medidas más efectivas para proteger la seguridad y el bienestar de los ciudadanos. El objetivo es priorizar una respuesta rápida en situaciones donde un retraso podría permitir la evasión de la justicia o causar daño a las personas involucradas.

El proyecto se inspira en el artículo 150 del Código Nacional de Procedimientos Penales de México, que implementó un sistema adversarial similar al de otros países de Latinoamérica y a la Reforma Procesal Penal chilena de 2000. Además, se menciona la similitud con facultades contempladas en sistemas mixtos como el español y en el derecho común norteamericano, que permiten detenciones preventivas basadas en una causa probable.

La Corte Suprema destaca que la Constitución chilena establece un régimen de revisión judicial de las detenciones practicadas u ordenadas por la autoridad administrativa, similar al sistema estadounidense, pero con la exigencia de flagrancia o autorización legal para las detenciones sin orden judicial previa. Este sistema se refleja también en tratados internacionales como la Convención Americana de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

El informe subraya la importancia de que las medidas que afecten derechos fundamentales cuenten con autorización judicial previa para garantizar un control objetivo y proteger los derechos ciudadanos. La alteración de esta premisa podría contradecir el ordenamiento jurídico nacional, que se basa en la revisión imparcial de un juez para prevenir detenciones arbitrarias.

Finalmente, el proyecto podría afectar la organización y atribuciones de los tribunales de justicia, al introducir un caso de detención administrativa no fundamentado en la flagrancia. Aunque la modificación no disminuiría el trabajo de los tribunales, sí alteraría la carga de trabajo, reduciendo el número de audiencias necesarias para el control de legalidad de las detenciones.

El informe de la Corporación Administrativa del Poder Judicial advierte un posible aumento en las apelaciones relacionadas con la revisión judicial en estos casos, lo que podría significar un incremento en los costos anuales, estimado en 24.450 millones de pesos, según una minuta financiera complementaria elaborada por el Subdepartamento de Operaciones del DDI.

Fuente: pjud.cl

Fortalecimiento del ministerio público: nuevas facultades para el fiscal nacional

La Comisión de Constitución del Senado ha aprobado recientemente una serie de nuevas funciones para el Fiscal Nacional, en el marco del proyecto de ley que busca fortalecer al Ministerio Público. Estas modificaciones tienen como objetivo mejorar la eficiencia y eficacia en la persecución penal.

Nuevas Atribuciones para el Fiscal Nacional

El presidente de la Comisión de Constitución del Senado, Alfonso De Urresti, ha destacado la importancia de estas nuevas normas, subrayando que se han establecido directrices para una adecuada gestión del Fiscal Nacional en la persecución penal. Entre las nuevas facultades, se incluye la capacidad del Fiscal Nacional para ordenar a los Fiscales Regionales que adopten medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de las instrucciones generales cuando exista una posible afectación a la unidad de acción.

Afectaciones a la Unidad de Acción

La comisión ha aprobado que en casos donde la unidad de acción pueda verse comprometida gravemente, el Fiscal Nacional podrá impartir medidas específicas sobre las diligencias investigativas y las actuaciones procesales pertinentes. Estas facultades adicionales se otorgarán en situaciones donde no se cumplan las instrucciones generales y se presenten incumplimientos reiterados.

Informes Técnicos y Relaciones Internacionales

Asimismo, se ha aprobado que el Fiscal Nacional pueda solicitar informes técnicos a las unidades especializadas competentes sobre investigaciones en curso o finalizadas. En estos casos, los Fiscales Regionales deberán proporcionar toda la información disponible. Además, se ha otorgado al Fiscal Nacional la conducción de las relaciones internacionales de la Fiscalía, permitiendo la adopción de medidas necesarias para la cooperación internacional y la suscripción de acuerdos para conformar equipos conjuntos de investigación.

Reorganización y Aumento de Dotación

La iniciativa legislativa también contempla un aumento de dotación y una reorganización institucional del Ministerio Público. Estas medidas buscan mejorar la gestión y la eficacia en la persecución penal, asegurando una presencia más efectiva en todas las investigaciones a lo largo de Chile.

Continuación del Estudio de Indicaciones

La Comisión de Constitución del Senado continuará con el estudio de las indicaciones presentadas a esta iniciativa. Estas reformas representan un paso significativo hacia un Ministerio Público más eficiente y presente en cada una de las investigaciones, contribuyendo a una mejor administración de justicia en el país.

Fuente: senado.cl

TOP de Santiago condena por incendio en Cerro Navia

El Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago ha emitido una sentencia condenatoria en el caso del incendio ocurrido en diciembre de 2022 en la comuna de Cerro Navia. Ignacia Ramsay Cáceres Cid y Jenniffer Andrea Gatica Antinao han sido declaradas culpables como coautoras del delito de incendio consumado.

Sentencia y Penas Impuestas

El tribunal, integrado por los jueces Claudio Henríquez Alarcón (presidente), María Isabel Pantoja Merino y Rodrigo Palma Ruiz (redactor), ha impuesto penas efectivas a ambas acusadas. El Tribunal condenó a 10 años y un día de presidio a Ignacia Ramsay Cáceres Cid, mientras que Jenniffer Andrea Gatica Antinao recibió una pena de 5 años y un día de presidio efectivo. Además, se les han aplicado las accesorias legales correspondientes, incluyendo inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos, derechos políticos y profesiones titulares mientras dure la condena.

Hechos Probados

El tribunal ha determinado, más allá de toda duda razonable, que las acusadas, en compañía de otros individuos no identificados, arrojaron un elemento inflamable por la ventana de un departamento en Cerro Navia, provocando un incendio que afectó gravemente el inmueble. Este acto irresponsable puso en peligro la vida de los residentes del edificio, causando lesiones a una de las personas presentes en el momento del incendio.

Consideraciones en la determinación de Penas

En la fijación de las penas, el tribunal tuvo en cuenta diversos factores, incluyendo las atenuantes y circunstancias específicas de cada acusada. Se reconoció la atenuante del artículo 11 n° 6 del Código Penal para Jenniffer Andrea Gatica Antinao, quien poseía un extracto de filiación libre de antecedentes penales. Además, se valoró positivamente el hecho de que ambas acusadas declararon y colaboraron en el esclarecimiento de los hechos, lo que contribuyó a la rebaja de las penas.

Opinión Disidente

Cabe destacar que el juez Rodrigo Palma Ruiz emitió un voto en contra de la condena, argumentando que la prueba presentada para demostrar la participación de las acusadas en el delito resultó insuficiente e inconsistente. Sin embargo, la mayoría del tribunal consideró que existían elementos suficientes para declararlas culpables y aplicar las penas correspondientes.

Fuente: pjud.cl