Comisión del Trabajo Aprueba el Traspaso del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) al FAPP

La Comisión de Trabajo aprobó la idea de legislar sobre el proyecto que modifica el Decreto Ley N° 3.500 de 1980. Este busca cumplir un compromiso de la Reforma de Pensiones: el traspaso de la gestión del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) desde las Administradoras de Fondos de Pensión (AFP) al nuevo Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP).

El SIS regula la entrega de pensiones a trabajadores por invalidez o fallecimiento. Con el traspaso, la licitación y los contratos del seguro pasarán al FAPP, mientras las AFP seguirán a cargo de la gestión operativa.

Detalles Clave de la Propuesta

La reforma previsional establece que la cotización del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), un 2.5% de la renta imponible, será financiada por los empleadores y gestionada por el nuevo Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP). Este cambio transfiere al FAPP las responsabilidades de licitación y celebración de contratos del seguro, que antes estaban a cargo de las AFP.

A pesar de este traspaso, las AFP conservarán las funciones operativas del SIS. Esto significa que seguirán encargándose de determinar la cobertura, calcular y pagar los beneficios a los afiliados. El presidente del FAPP, Enrique Marshall, enfatizó que las funciones de su entidad serán exclusivamente financieras, como el pago de primas a las compañías de seguros y la supervisión del costo y la sostenibilidad del fondo.

Posición de los Senadores

Los senadores Gastón Saavedra, José García, Karim Bianchi, Alejandra Sepúlveda y Claudia Pascual aprobaron la propuesta por unanimidad. La senadora Sepúlveda y la senadora Pascual afirmaron que este cambio fortalece la institucionalidad y cumple con los acuerdos de la reforma.

El senador García advirtió sobre la posible inadmisibilidad de algunas indicaciones. Por otro lado, el senador Bianchi expresó su preocupación por el enfoque económico del proyecto, argumentando que se olvida que las pensiones son parte de la seguridad social.

Fuente: senado.cl

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Suseso Publica Circular con Nuevas Exigencias para Licencias Médicas.

La Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) publicó la Circular N°3868, actualizando el Compendio de Normas sobre Licencias Médicas. Esta normativa busca fortalecer la confianza en el sistema, así como reforzar requisitos y fiscalización.

Además, la Circular N° 3868 se enmarca en la Ley N° 21.746, publicada en mayo. De hecho, esta ley modifica la Ley N° 20.585, otorgando a la Suseso amplias atribuciones. En consecuencia, se busca fiscalizar, investigar y sancionar licencias médicas sin fundamento clínico.

Principales Cambios y Nuevas Exigencias

Ahora, solo profesionales registrados en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud (RNPI) podrán emitir licencias. Médicos titulados desde abril de 2009 deberán haber aprobado el examen EUNACOM antes del 24 de mayo de 2026.

Se permitirán licencias por telemedicina. Sin embargo, deberán usar plataformas acreditadas por el Ministerio de Salud y contar con registros clínicos verificables. Además, la Suseso tendrá mayor capacidad de investigación y fiscalización.

La Suseso podrá investigar de oficio o por denuncias licencias sin fundamento médico. Esto incluye aquellas sin patología que justifique el reposo o sin atención de salud asociada. La nueva ley habilita a requerir información a organismos públicos y privados.

Las sanciones se endurecen. Se aplicarán multas de hasta 600 UTM y suspensiones de hasta 3 años, incluso permanentes. Esto para profesionales que emitan licencias sin respaldo médico, reforzando la fiscalización del sistema.

Transparencia y Obligaciones Adicionales

Desde julio de 2025, la Suseso publicará dos registros en su sitio web. Uno mostrará el promedio mensual de licencias por profesional, y otro los profesionales sancionados. Esta medida busca fomentar la transparencia y el control social.

Si la Suseso o la Compin detectan indicios de licencias fraudulentas, deberán denunciar al Ministerio Público. Esto para su investigación penal, buscando combatir el fraude en el sistema de seguridad social.

La Compin deberá fundamentar cualquier rechazo a peritajes de Isapres. Los profesionales no podrán autoemitirse licencias médicas, salvo excepciones. Licencias emitidas durante periodos de suspensión serán rechazadas.

Las Cajas de Compensación, Compin e Isapres tienen nuevas obligaciones. Las Cajas deben denunciar conductas sospechosas en 24 horas. Compin e Isapres deben verificar la habilitación de emisores y rechazar licencias autoemitidas o durante suspensiones.

Fuente: suseso.cl

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Senado aprueba legislar cambios en cesantías

La Sala del Senado dio luz verde al proyecto que modifica el seguro de cesantía con 33 votos a favor y 2 abstenciones. Esta iniciativa, en segundo trámite, busca flexibilizar los requisitos de acceso y aumentar las prestaciones en caso de desempleo.

El proyecto contempla reducir de 12 a 10 las cotizaciones mensuales continuas o discontinuas para acceder a una prestación por cesantía en el caso de trabajadores con contrato indefinido o de casa particular. También, se baja el requisito de 6 a 5 cotizaciones para trabajadores con contrato a plazo fijo o por obra determinada.

En cuanto al monto de la prestación, se ajusta el promedio de las remuneraciones devengadas por el trabajador, pasando de 12 a 10 meses en el caso de contratos indefinidos o de casa particular. Para los contratos a plazo fijo, por obra o servicio determinado, se reduce de 6 a 5 meses.

Además, se aprueba legislar cambios en cesantías en medidas para la intermediación y habilitación laboral, destinando un máximo del 2% del saldo total del Fondo de Cesantía Solidario. El Sence llevará a cabo una evaluación anual de los programas de intermediación laboral.

Se incorpora también una disposición que permite destinar recursos fiscales (aproximadamente 370 millones de dólares) para el financiamiento de las prestaciones por cesantía, en pro de la sustentabilidad del Fondo de Cesantía Solidario.

Otro de los puntos destacados del proyecto es la automatización de la prestación en situaciones de catástrofe y alerta sanitaria. Este apunta a mejorar la empleabilidad y la reinserción laboral en un momento económico crucial para el país. Tras esta aprobación en la Sala, el proyecto será analizado en detalle en las comisiones pertinentes, con indicaciones a presentar hasta el 17 de octubre.

Fuente: senado.cl