<

Corte Constitucional ampara derechos de menores en caso de medidas de protección

La Corte Constitucional, en su sentencia T-512 de 2023, protegió los derechos de menores de edad cuyos derechos fueron vulnerados por un juzgado durante el proceso de adopción de medidas de protección. Enfatizó la importancia de justificar rigurosamente la revocación de tales medidas, asegurando la coherencia con la priorización de los derechos de los niños y niñas, así como el principio de su interés superior, especialmente cuando se trata de garantizar su integridad física, psicológica y emocional.

Publicado: 27 de diciembre de 2023

La Corte Constitucional, en su sentencia T-512 de 2023, protegió los derechos de menores de edad cuyos derechos fueron vulnerados por un juzgado durante el proceso de adopción de medidas de protección. Enfatizó la importancia de justificar rigurosamente la revocación de tales medidas, asegurando la coherencia con la priorización de los derechos de los niños y niñas, así como el principio de su interés superior, especialmente cuando se trata de garantizar su integridad física, psicológica y emocional.

La Sala Sexta de Revisión concedió el amparo de derechos al debido proceso, a la participación de los menores en procesos judiciales, a su integridad física, psicológica y emocional, así como al principio del interés superior de los menores Mateo y Julieta.

El amparo fue solicitado por Antonia, madre de los menores, para proteger los derechos vulnerados por un Juzgado de Familia de Bogotá, el cual omitió medidas de protección tras la denuncia de posibles actos sexuales por parte del padre durante visitas presenciales posteriores a la separación de los padres.

A pesar de que en instancias previas se negó el amparo, la Sala revocó esa decisión y amparó los derechos de los menores. En su análisis, concluyó que el Juzgado de Familia cometió un error al revocar las medidas de protección que anteriormente había establecido una Comisaría de Familia.

La Sala determinó que el juzgado no evaluó integralmente las pruebas y se basó únicamente en una resolución de la Fiscalía, sin considerar los testimonios de los menores. Además, señaló que las decisiones del juzgado no tuvieron en cuenta los efectos en la niña y el niño ni en su entorno familiar al restablecer las visitas con el padre.

En consecuencia, la Corte ordenó al Juzgado de Familia emitir una nueva decisión en un plazo de 45 días, considerando todas las pruebas, especialmente los relatos de los menores. Esta decisión debe garantizar la efectividad de las medidas de protección previamente ordenadas, así como adoptar nuevas medidas necesarias para salvaguardar la integridad física, psicológica y emocional de los menores.

Además, se mantuvo la suspensión de las visitas presenciales del progenitor a Mateo y Julieta hasta que el Juzgado de Familia de Bogotá tome una nueva decisión que priorice el bienestar integral de los menores y su interés superior.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Derecho a la consulta previa: Fallo de la Corte Constitucional a favor de comunidad indígena en Sucre

Últimas entradas publicadas

Mesada

Consejo de Estado ratifica vigencia de la mesada 14 en el régimen especial de la Fuerza Pública

by | Dic 23, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Consejo de Estado ratificó la vigencia de la mesada 14 dentro del régimen especial de la Fuerza Pública, al confirmar la legalidad del acto del Ministerio de Defensa que ordenó su pago a determinados pensionados, precisando que la reforma pensional de 2005 no afectó este régimen especial ni derogó el beneficio previsto en el Decreto 4433 de 2004.

Salario base

Corte Suprema fija reglas para calcular el salario base en indemnizaciones por despido sin justa causa

by | Dic 22, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La Corte Suprema de Justicia unificó el criterio para calcular el salario base de la indemnización por despido sin justa causa en trabajadores con ingresos variables, precisando que el promedio debe construirse con base en lo efectivamente devengado durante el último año de servicios, excluyendo los periodos de suspensión del contrato e incluyendo los pagos recibidos durante incapacidades médicas.

Vacunación

Cámara aprueba en primer debate proyecto que garantiza vacunación gratuita contra el VPH sin límite de edad

by | Dic 19, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La Cámara de Representantes aprobó en primer debate un proyecto de ley que garantiza la vacunación gratuita contra el virus del papiloma humano (VPH) para todas las mujeres en Colombia, sin límite de edad, como una medida clave de salud pública para prevenir el cáncer de cuello uterino, ampliar el Programa Ampliado de Inmunización y reducir las brechas de acceso a la prevención y atención en salud.

Reforma a la salud

Comisión Séptima del Senado archivó el proyecto de reforma a la salud y abre paso a una eventual apelación

by | Dic 18, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La Comisión Séptima del Senado aprobó el archivo del proyecto de reforma a la salud luego de un debate centrado en la sostenibilidad financiera, el déficit del sistema, la situación de las EPS y las fuentes de financiación; la decisión fue apelada y deberá ser definida por la plenaria del Senado.

Pensión de sobreviviente

Consejo de Estado reconoce pensión de sobrevivientes a padres de crianza de militar fallecido en acto del servicio

by | Dic 17, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Consejo de Estado estableció que los padres de crianza también pueden acceder a la pensión de sobrevivientes y a las prestaciones especiales por la muerte en actos del servicio de oficiales y suboficiales de las Fuerzas Militares, cuando se demuestre una relación socioafectiva real, continua y estable, equiparable a la de una familia biológica o adoptiva.

Cárcel

Corte Constitucional reiteró límites al rechazo de tutelas y advirtió barreras indebidas en la atención en salud de personas privadas de la libertad

by | Dic 16, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La Corte Constitucional reiteró que los jueces solo pueden rechazar tutelas en eventos estrictamente definidos y advirtió que exigir formalismos excesivos vulnera el acceso a la justicia. Además, llamó al INPEC y a la USPEC a garantizar atención en salud oportuna a las personas privadas de la libertad, sin barreras administrativas ni exigencia de órdenes judiciales.