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Corte Suprema de Justicia emite condena contra exrepresentante a la Cámara por cohecho

La Corte Suprema condena a Nilton Córdoba Manyoma por cohecho: 4 años y 9 meses de prisión, inhabilitación y multa. Hechos entre 2016 y 2017 revelan conexión con grupo criminal. Decisión histórica en la lucha contra la corrupción política.

Publicado: 23 de enero de 2024

Recientemente la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia, por medio de la sentencia SEP004-2024, ha condenado al exrepresentante a la Cámara, Nilton Córdoba Manyoma, a una pena de 4 años y 9 meses de prisión como coautor responsable del delito de cohecho por dar u ofrecer. Además de la pena privativa de la libertad, se le ha impuesto una inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por un periodo de 81 meses y un día, junto con el pago de una multa equivalente a 79,16 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Los hechos que llevaron a esta condena se remontan a los años 2016 y 2017, en el marco de una investigación de la Corte Suprema de Justicia sobre presuntas irregularidades durante el mandato de Córdoba Manyoma como alcalde municipal de Medio Baudó, en el departamento de Chocó.

La investigación reveló que el exrepresentante contrató los servicios de Luis Gustavo Moreno Rivera, quien formaba parte del grupo criminal conocido como «La Oficina», integrado también por exmagistrados. A través de Moreno Rivera, Córdoba Manyoma logró contactar al entonces magistrado auxiliar Camilo Andrés Ruiz, encargado del proceso en su contra. Según la sentencia, Córdoba Manyoma ofreció y entregó importantes recursos con el propósito de que se reprogramaran ilegalmente diligencias investigativas, con el fin de obstaculizar y demorar el proceso en su contra.

La Sala Especial de Primera Instancia, en su decisión, denegó la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria al condenado. Una vez que la decisión quede en firme, se emitirá una orden de captura para asegurar el cumplimiento de la pena privativa de la libertad.

Es importante destacar que la sentencia, que ha sido emitida por la Sala Especial de Primera Instancia, incluye una aclaración de voto por parte de uno de los magistrados, lo que sugiere la existencia de perspectivas divergentes en la interpretación de los hechos y la aplicación de la ley en este caso específico.

Fuente: cortesuprema.gov.co

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