Abr 18, 2024 | Actualidad Prime
La Cámara de Representantes ha aprobado por unanimidad la Ley Estatutaria de Educación. Esta ley, que establece la educación como un derecho fundamental, prioriza el desarrollo integral de los ciudadanos y promueve la igualdad de oportunidades desde la educación inicial hasta la educación superior.
La representante Olga Lucía Velásquez, coautora del proyecto, destacó el compromiso de cumplir con las promesas de campaña y consolidar un sistema educativo que responda a las necesidades del país. Este proyecto, esencial para el Gobierno Nacional, forma parte de las metas del Plan Nacional de Desarrollo y refleja el compromiso por reestructurar el sistema educativo en temas de inversión, gratuidad, continuidad y obligatoriedad del bachillerato.
Una de las características más destacadas de esta iniciativa es su enfoque en la salud mental, garantizando el acceso a herramientas para prevenir trastornos y promover la salud mental en todos los niveles educativos. Según la representante Velásquez, esta ley es un paso crucial hacia un futuro más prometedor para Colombia, ya que la educación es la clave para el progreso.
La ministra de Educación, Aurora Vergara, presente durante la jornada de aprobación, resaltó el consenso logrado en un ambiente de respeto por las diversas opiniones, buscando un acuerdo nacional para poner fin a las desigualdades y promover la equidad y justicia social en el país.
A pesar del respaldo unánime en la Cámara de Representantes, la ley aún debe ser aprobada en el Senado, tanto en Comisión Primera como en Plenaria. Sin embargo, se espera que este logro sea respaldado por los mandatarios regionales y el presidente, garantizando el sostenimiento financiero de la ley y asegurando un futuro prometedor para la educación en Colombia.
Fuente: camara.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Consejo de Estado anula condena arbitral contra Transmilenio S.A. por falta de competencia
Abr 17, 2024 | Actualidad Prime
Con ocasión del recurso extraordinario de anulación convocado por el Sistema Integrado de Transporte S.A., el Consejo de Estado ha declarado nula una condena arbitral en contra de Transmilenio S.A. La alta corte determinó que la justicia arbitral no posee la facultad para decidir sobre las medidas de reajuste destinadas a restablecer el equilibrio económico en contratos estatales.
Esta decisión surge tras un proceso en el que Transmilenio S.A. se vio enfrentada a un laudo arbitral que la condenaba a pagar más de 12.000 millones de pesos al antiguo operador del sistema, en este caso, el concesionario Sistema Integrado de Transporte (SI 99 S.A.). La controversia se originó a raíz de diferendos entre las partes sobre la fórmula para calcular la remuneración y el descuento a favor del concesionario.
El tribunal arbitral, convocado para resolver estos conflictos, emitió un laudo que determinó una ruptura del equilibrio económico en el contrato, lo que derivó en la mencionada condena millonaria contra Transmilenio S.A. Sin embargo, la empresa interpuso un recurso extraordinario de anulación argumentando la falta de competencia del tribunal para emitir dicha decisión.
El Consejo de Estado, al unificar su jurisprudencia sobre el tema, estableció una regla clara: las medidas de reajuste para mantener el equilibrio contractual son inescindibles al ejercicio de las potestades administrativas, y cualquier controversia en torno a ellas debe surtirse ante la jurisdicción especializada, no ante árbitros. En este sentido, determinó que el tribunal arbitral excedió su competencia al calcular el efecto económico del reajuste del contrato, afectando las variables impuestas por Transmilenio para definir la fórmula de participación a favor del concesionario.
Por consiguiente, el Consejo de Estado declaró la nulidad parcial del laudo, incluyendo la condena por más de 12.000 millones de pesos. Esta decisión es de gran importancia en cuanto a la competencia de la justicia arbitral en asuntos relacionados con contratos estatales y reajustes económicos, reforzando la necesidad de que tales controversias sean dirimidas por la jurisdicción especializada.
Fuente: consejodeestado.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: El Consejo de Estado declara nulidad de actos administrativos sobre impuesto de alumbrado público en caso Acerías Paz del Río vs. Municipio de Nobsa
Abr 16, 2024 | Actualidad Prime
El Consejo de Estado resolvió el recurso de apelación en el caso Acerías Paz del Río vs. Municipio de Nobsa, al declarar la nulidad de los actos administrativos que determinaban el valor del impuesto de alumbrado público que la empresa siderúrgica debía pagar entre los años 2015 y 2017.
La disputa se originó cuando la Secretaría de Hacienda de Nobsa determinó directamente el monto del impuesto, lo que llevó a Acerías Paz del Río a presentar una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho. La empresa argumentó que la responsabilidad del recaudo recaía en la empresa comercializadora del servicio de energía, en calidad de agente retenedor, y que cualquier acción debía dirigirse exclusivamente contra dicho agente.
El Consejo de Estado respaldó este argumento al declarar la nulidad de los actos administrativos, afirmando que en situaciones donde el agente retenedor asume la responsabilidad del recaudo del tributo, la administración no puede actuar directamente contra el contribuyente. En este caso, el municipio solo podía exigir el cumplimiento de la obligación a la empresa prestadora del servicio público de energía eléctrica, que actuaba como agente retenedor, y no a Acerías Paz del Río, el sujeto pasivo del impuesto.
Esta decisión establece un importante precedente en cuanto a la distribución de responsabilidades en el recaudo de impuestos municipales, enfatizando la necesidad de que las acciones administrativas se dirijan correctamente hacia los agentes retenedores, en lugar de los contribuyentes finales.
Fuente: cortesuprema.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Constitucional insta a medidas integrales para garantizar derechos de personas mayores
Abr 15, 2024 | Actualidad Prime
En una decisión adoptada mediante la sentencia T-077 de 2024, la Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional ha amparado el derecho fundamental a la salud de las personas mayores, haciendo un llamado urgente para abordar los desafíos del envejecimiento poblacional y la soledad. El caso en cuestión involucró a una persona mayor que requería un examen médico, pero se le exigía un acompañante, situación que se complicaba al no contar con una red de apoyo cercana.
La Corte, reconociendo la realidad global de un envejecimiento demográfico, destacó la necesidad imperante de priorizar el cuidado de las personas mayores como una política pública fundamental. Además, hizo hincapié en la problemática de la soledad entre este sector de la población, subrayando la importancia de garantizar un mínimo vital afectivo para todos los ciudadanos, especialmente para aquellos en etapas avanzadas de la vida.
En su análisis, la Corte llamó a la implementación de respuestas institucionales innovadoras y específicas para abordar estas dificultades. Sin embargo, enfatizó que cualquier medida adoptada debe respetar la dignidad, autonomía e independencia de las personas mayores, asegurando que el cuidado no se convierta en un pretexto para limitar su capacidad de decisión.
En el caso específico, la Corte determinó que la institución de salud demandada debía garantizar un acompañante no especializado para el paciente durante el procedimiento médico necesario, así como para futuros procedimientos. Además, resaltó la importancia del consentimiento informado en todas las intervenciones médicas.
Finalmente, la Corte exhortó a diversas autoridades gubernamentales a liderar discusiones encaminadas a desarrollar políticas públicas que aborden las necesidades y desafíos que enfrentan las personas mayores, incluyendo el cuidado, la soledad y la necesidad de acompañamiento en diversas etapas de sus vidas.
Fuente: corteconstitucional.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Estudio revela medidas para una justicia restaurativa en casos de violencias basadas en género y prejuicio en Colombia
Abr 12, 2024 | Actualidad Prime
En la semana conmemorativa del Día Nacional de la Memoria y Solidaridad con las Víctimas del Conflicto, el Observatorio de Justicia Transicional de Colombia, bajo la Dirección de Justicia Transicional del Ministerio de Justicia y del Derecho, ha presentado su estudio «Transiciones justas en clave restaurativa: Medidas y sanciones restaurativas en casos de violencias basadas en género y violencias por prejuicio».
El informe examina la concepción, diseño e implementación de enfoques de género y la perspectiva interseccional en la justicia restaurativa para casos de violencias basadas en género y prejuicio. Propone cerca de 20 buenas prácticas tanto para autoridades judiciales como para entidades del ejecutivo, con roles en la Justicia Transicional Restaurativa en Colombia.
Los resultados del estudio han sido compartidos con la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), en un esfuerzo por respaldar y contribuir técnicamente a su labor fundamental.
Mariana Ardila, Directora de Justicia Transicional del Ministerio de Justicia y del Derecho, enfatiza: «El momento de la justicia transicional restaurativa para las más de 35 mil víctimas de diferentes tipos de violencias de género y violencias por prejuicio registradas en la JEP es ahora.»
El lanzamiento de este estudio busca enriquecer el debate sobre cómo diseñar e implementar medidas que contribuyan efectivamente a reparar y restaurar los profundos daños causados por estas violencias.
Las recomendaciones se centran en acciones que contribuyan a prevenir la violencia basada en género y el prejuicio, así como en transformar las condiciones estructurales que perpetúan la exclusión y discriminación. Además, destacan la importancia de garantizar la participación y seguridad de las víctimas en el proceso, así como el cuidado de su salud mental y emocional.
El estudio contó con la participación de diversas organizaciones sociales, funcionarios de la JEP, académicos y expertos internacionales en justicia transicional y restaurativa, así como representantes de mujeres y personas LGBTIQ+ víctimas del conflicto armado. Fue realizado bajo la consultoría de la Fundación APG, Paz y Reconciliación.
Fuente: Comisión del Senado debate regulación de Inteligencia Artificial ante expertos y representantes del sector