May 7, 2024 | Actualidad Prime
La Corte Constitucional, por medio de la sentencia T-576 de 2023, aborda la problemática de la violencia obstétrica en el contexto de la interrupción voluntaria del embarazo. El caso en cuestión involucró a Sofia, una mujer que experimentó tratos denigrantes y violatorios de sus derechos durante el procedimiento.
La Sala Cuarta de Revisión constató que Sofia fue sometida a una atención de mala calidad que le ocasionó sufrimiento psicológico y físico innecesario. La Corte recordó que la violencia obstétrica abarca todos los maltratos y abusos sufridos por las mujeres durante la atención de servicios de salud reproductiva, incluyendo la interrupción del embarazo.
A pesar de declarar la carencia de objeto por daño consumado en el caso de Sofia, la Corte consideró vital pronunciarse al respecto debido a la falta de acompañamiento continuo por parte del personal de salud y los reproches recibidos por la accionante, así como la solicitud de aprobación por parte de la EPS al padre de la misma.
La sentencia resalta que la decisión de interrumpir el embarazo no obliga a la mujer a padecer violencia obstétrica ni a ver vulnerados sus derechos fundamentales. Se advierte que tolerar tal situación sería respaldar estereotipos de género y tolerar la violencia contra la mujer.
En consecuencia, la Corte ordenó a la clínica y EPS involucradas llevar a cabo investigaciones internas y aplicar sanciones por los actos que generaron violencia obstétrica a Sofia. También se les instruyó cumplir con los lineamientos de prestación de servicios de salud idóneos y de calidad, incluyendo la capacitación del personal y el respeto absoluto a la confidencialidad de las pacientes.
Por último, se advirtió a Sofia sobre su derecho a presentar denuncias y emprender acciones legales pertinentes para reparar la vulneración de sus derechos ante las autoridades administrativas y judiciales.
Fuente: corteconstitucional.gov.co
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Abr 30, 2024 | Actualidad Prime
La Sala Segunda de Revisión de la Corte Constitucional, mediante la sentencia T-100 de 2024, identificó una falta de regulación adecuada para las mujeres que prestan servicio militar voluntario y quedan embarazadas, en la medida en que la normativa actual no contempla de manera suficiente las circunstancias de las mujeres que quedan en estado de gestación mientras prestan servicio militar voluntario, lo que puede resultar en una vulneración de sus derechos fundamentales.
El caso que dio origen a esta sentencia involucra a Carolina, una joven de 23 años que quedó embarazada durante su servicio militar voluntario en la Policía Nacional. Tras quedar en estado de gestación, la Policía Metropolitana de Bogotá ordenó su desacuartelamiento, privándola de su bonificación por servicio y generando una situación de desprotección económica tanto para ella como para su hijo.
La Corte Constitucional, al revisar el caso, determinó que la actuación de la Policía Nacional fue arbitraria y carente de un enfoque de género, desconociendo la situación particular de Carolina como mujer cabeza de hogar y su condición económica. En consecuencia, se confirmó la decisión de segunda instancia que ordenaba el reintegro de Carolina a la institución, el pago de la licencia de maternidad y otras compensaciones.
Además de resolver el caso específico de Carolina, la Corte exhortó al Gobierno Nacional y al Congreso de la República a presentar un proyecto de ley que aborde la falta de regulación actual y garantice la protección de los derechos de las mujeres que prestan servicio militar voluntario y quedan embarazadas. Esta medida busca evitar la discriminación y asegurar que las mujeres en esta situación reciban la atención y el apoyo necesarios.
Fuente: corteconstitucional.gov.co
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Abr 24, 2024 | Actualidad Prime
La Corte Constitucional, con ocasión de la sentencia T-112 de 2024, en la cual ordena a la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial del Valle del Cauca garantizar el derecho al descanso y la desconexión de los empleados judiciales del régimen individual durante sus periodos de vacaciones.
Esta determinación surge tras una tutela presentada por cuatro funcionarias de la entidad, quienes argumentaron que se vulneraron sus derechos a la igualdad, al trabajo en condiciones dignas, al descanso y a la salud. La negativa de la dirección de proveer reemplazos durante sus vacaciones resultó en una carga laboral adicional para las demás empleadas, afectando su bienestar y calidad de vida laboral.
La Corte resaltó la importancia del derecho al descanso y su relación directa con el disfrute de las vacaciones, subrayando que la falta de reemplazos implica una sobrecarga laboral que compromete la salud y el bienestar de los trabajadores.
Además, se señaló una deficiencia estructural en el proceso administrativo para la concesión de vacaciones en la Rama Judicial, lo que afecta tanto a los empleados como al adecuado funcionamiento de la administración de justicia.
Esta sentencia marca un precedente importante en la protección de los derechos laborales de los empleados judiciales en Colombia y refuerza la importancia de garantizar un adecuado equilibrio entre el trabajo y el descanso en el sistema judicial del país.
Fuente: corteconstitucional.gov.co
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Abr 15, 2024 | Actualidad Prime
En una decisión adoptada mediante la sentencia T-077 de 2024, la Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional ha amparado el derecho fundamental a la salud de las personas mayores, haciendo un llamado urgente para abordar los desafíos del envejecimiento poblacional y la soledad. El caso en cuestión involucró a una persona mayor que requería un examen médico, pero se le exigía un acompañante, situación que se complicaba al no contar con una red de apoyo cercana.
La Corte, reconociendo la realidad global de un envejecimiento demográfico, destacó la necesidad imperante de priorizar el cuidado de las personas mayores como una política pública fundamental. Además, hizo hincapié en la problemática de la soledad entre este sector de la población, subrayando la importancia de garantizar un mínimo vital afectivo para todos los ciudadanos, especialmente para aquellos en etapas avanzadas de la vida.
En su análisis, la Corte llamó a la implementación de respuestas institucionales innovadoras y específicas para abordar estas dificultades. Sin embargo, enfatizó que cualquier medida adoptada debe respetar la dignidad, autonomía e independencia de las personas mayores, asegurando que el cuidado no se convierta en un pretexto para limitar su capacidad de decisión.
En el caso específico, la Corte determinó que la institución de salud demandada debía garantizar un acompañante no especializado para el paciente durante el procedimiento médico necesario, así como para futuros procedimientos. Además, resaltó la importancia del consentimiento informado en todas las intervenciones médicas.
Finalmente, la Corte exhortó a diversas autoridades gubernamentales a liderar discusiones encaminadas a desarrollar políticas públicas que aborden las necesidades y desafíos que enfrentan las personas mayores, incluyendo el cuidado, la soledad y la necesidad de acompañamiento en diversas etapas de sus vidas.
Fuente: corteconstitucional.gov.co
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Mar 18, 2024 | Actualidad Prime
En respuesta al cumplimiento bajo de una de las órdenes destinadas a superar el estado de cosas inconstitucional en la población infantil Wayúu del departamento de La Guajira, la Corte Constitucional ha convocado a una sesión técnica para abordar la situación. La orden en cuestión tiene como objetivo garantizar la imparcialidad y transparencia en la asignación de beneficios y contratos para intervenciones estatales en la mencionada población.
La Sala Especial de Seguimiento determinó que no se ha establecido una ruta eficaz para reportar la información financiera de manera oportuna y adecuada. Asimismo, se ha señalado la ausencia de un sistema de información que facilite la verificación de las prácticas de las autoridades encargadas de cumplir la sentencia T-302 de 2017, así como la detección de prácticas ilegales por parte de los órganos de vigilancia.
Además, se ha destacado la falta de estrategias para enfrentar el incumplimiento y la falta de consciencia por parte de las entidades respecto a su deber de reportar información solicitada. La Corte también ha señalado la carencia de soluciones claras para los obstáculos que enfrentan los órganos de control e investigación en su labor.
Ante este panorama, la Corte ha ordenado a varias entidades gubernamentales y municipales presentar un protocolo que asegure la aplicación de buenas prácticas administrativas en los procesos contractuales y financieros.
En este contexto, se ha convocado a una sesión técnica que se llevará a cabo el próximo 15 de abril, dirigida a discutir las soluciones propuestas por las entidades obligadas al cumplimiento de los objetivos establecidos, así como por aquellas encargadas de la vigilancia y control administrativo y financiero. La sesión abordará cuatro ejes temáticos, incluyendo estrategias para corregir prácticas inconstitucionales, mejorar la información sobre la distribución y ejecución de recursos, así como para fortalecer el control y vigilancia de las entidades responsables.
Se espera que esta sesión, que será transmitida por las redes sociales de la Corte, proporcione un espacio crucial para abordar los desafíos y encontrar soluciones efectivas para garantizar la protección de la población infantil Wayúu y el cumplimiento de las obligaciones constitucionales.
Fuente: corteconstitucional.gov.co
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