Gobierno Nacional emite protocolo para la restricción del consumo de sustancias psicoactivas en espacios públicos

En cumplimiento a lo ordenado por la Corte Constitucional en la Sentencia C-127 de 2023, el Ministerio de Justicia y del Derecho ha expedido el Protocolo para la aplicación de artículos del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana relacionados con la restricción del consumo de sustancias psicoactivas en parques y zonas del espacio público.

El protocolo establece pautas para los entes territoriales y sus autoridades de policía, priorizando la protección y prevalencia de los derechos de los niños, niñas y adolescentes (NNA). Enfatiza que las autoridades locales están facultadas para regular la prohibición del consumo de sustancias psicoactivas dentro de su autonomía territorial y competencias legales.

Los principales puntos de los lineamientos generales incluyen la protección integral e interés superior de los NNA, la diferenciación entre el porte para uso personal y el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, la aplicación del principio de no discriminación hacia personas consumidoras de sustancias psicoactivas, y abordar el consumo desde enfoques de salud pública, derechos humanos y respeto a la diferencia.

El Ministro de Justicia y del Derecho, Néstor Iván Osuna Patiño, explicó que el protocolo sirve como una guía no vinculante, pero destaca los derechos de los NNA. Además, subrayó la importancia de que las administraciones locales consideren circunstancias de modo, tiempo y lugar al restringir el consumo en espacios de especial valor cultural e histórico para la comunidad.

En cuanto a la actividad policial, se enfatiza la importancia de considerar el lugar, el momento del día y las circunstancias, buscando la aplicación de medidas preventivas o pedagógicas. El propósito adicional es activar la ruta integral de atención para población con riesgo o presencia de trastornos mentales y del comportamiento debido al uso de sustancias psicoactivas y adicciones.

El protocolo no solo cumple con la orden de la Corte Constitucional sino que también atiende las recomendaciones del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, destacando la adopción de alternativas a la penalización, la ‘tolerancia cero’ y la supresión de las drogas. Se hace hincapié en tomar el control de los mercados ilegales de drogas mediante una normativa responsable, con el propósito de eliminar los beneficios derivados del tráfico ilícito, la delincuencia y la violencia.

Asimismo, se insta a adoptar políticas de drogas que reconozcan y fomenten la no discriminación de los consumidores, garantizando su acceso a la atención médica con tratamientos voluntarios y estableciendo el consentimiento informado como condición indispensable para cualquier intervención.

El protocolo está disponible para consulta pública y se espera que su implementación contribuya a un abordaje más integral y respetuoso de la problemática del consumo de sustancias psicoactivas en espacios públicos.

Fuente: minjusticia.gov.co

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Lineamientos mínimos para espacios temporales de reclusión: Ministerio de justicia

El Ministerio de Justicia desarrolló los Lineamientos Mínimos para Espacios Temporales de Reclusión, en atención a los reiterados requerimientos de la Corte Constitucional sobre la existencia de un Estado de Cosas Inconstitucional en el Sistema Penitenciario y Carcelario, extendido a los denominados “Centros de Detención Transitoria” (URIs y Estaciones de Policía) por la privación de la libertad durante periodos extensos, con afectaciones en materia de garantía de derechos y seguridad ciudadana.

El Ministerio de Justicia y del Derecho, en colaboración con la Asociación Colombiana de Ciudades Capitales (Asocapitales) y la Federación Nacional de Personerías (Fenalper), presentó los Lineamientos Mínimos para Espacios Temporales de Reclusión. El propósito de este informe es orientar a las autoridades locales y regionales en la creación y administración de instalaciones temporales de reclusión, centrándose en el respeto de los derechos humanos.

Este documento tiene como meta compilar la jurisprudencia y las regulaciones relevantes relacionadas con los bienes y servicios que deben ofrecerse a las personas privadas de su libertad en instalaciones temporales, conforme a las directrices de la Corte Constitucional en el contexto de la crisis del sistema penitenciario en el país.

El Viceministro de Política Criminal y Justicia Restaurativa, Camilo Umaña Hernández, expresó el compromiso de transformar la noción de «Crisis del Sistema Penitenciario» en Colombia, que ha perdurado en el tiempo. Su objetivo es establecer un sistema de privación de la libertad que sea humano, digno y coherente con un Estado Social de Derecho. Agregó que el deber del Estado es encontrar una solución a este problema que no se limita al hacinamiento, sino que también aborda aspectos de salud, visitas y la dignidad mínima necesaria para la resocialización de quienes han sido acusados de cometer delitos.

Antecedentes

Dado que cerca de 100,000 personas se encuentran en detención intramural en Colombia, con más de 20,000 en centros de detención transitoria, Umaña Hernández destacó los diálogos e intercambios con entidades como Asocapitales y Fenalper, describiéndolos como positivos y beneficiosos para el país. El documento presenta pautas claras y directrices para que las entidades locales cumplan con sus responsabilidades hacia las personas bajo detención provisional. Además, se está proponiendo un proyecto de ley al Congreso para que la Uspec pueda financiar la alimentación de 17,000 personas privadas de la libertad.

El Viceministro también señaló que el Ministerio de Justicia ha implementado varios proyectos destinados a humanizar el sistema penitenciario. Por ejemplo, a través de la Ley de Utilidad Pública, se está permitiendo que las mujeres que han cometido delitos menores cumplan condena realizando servicios comunitarios, lo que se considera un beneficio mutuo para la sociedad.

Finalmente, el Viceministro enfatizó que las directrices presentadas en este informe permiten que las entidades territoriales desarrollen instalaciones de detención provisional de manera sensata, sin necesidad de inversiones masivas y utilizando recursos nacionales para contar con una infraestructura básica que cumpla con los estándares mínimos para las personas bajo detención. El objetivo es abordar de manera más razonable un sistema de privación de la libertad que se ha caracterizado por ser inhumano y contravenir la Constitución.

Fuente: minjusticia.gov.co

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