Gobierno Nacional regula el giro directo de recursos en el Sistema de Salud

El Gobierno Nacional ha promulgado el Decreto 489 del 2024, que establece las condiciones para el giro directo de recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) y los presupuestos máximos de los regímenes contributivo y subsidiado en el sector salud.

La medida, en consonancia con el artículo 150 del Plan Nacional de Desarrollo «Colombia Potencia de la Vida», busca mejorar la eficiencia en la distribución de recursos y garantizar una atención oportuna a los pacientes. Según el decreto, la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) será responsable de girar directamente al menos el 80% de estos recursos a las instituciones y entidades de salud correspondientes.

El giro directo se aplicará en situaciones específicas, como cuando las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y Entidades Obligadas a Compensar (EOC) enfrenten dificultades financieras, estén bajo vigilancia especial, intervención o liquidación por parte de la Superintendencia Nacional de Salud, o decidan voluntariamente acogerse a este mecanismo.

Es importante subrayar que esta medida no exime a las EPS de sus obligaciones contractuales con la red de prestadores y proveedores de servicios de salud por los montos no cubiertos.

Fuente: minsalud.gov.co

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Corte Constitucional ordena al Ministerio de Salud desembolsar recursos pendientes a EPS

La Sala Especial de Seguimiento a la sentencia T-760 de 2008 ha emitido una decisión crucial respecto al Acuerdo de Punto Final, instando al Ministerio de Salud a desembolsar a las Entidades Promotoras de Salud (EPS) la totalidad de los recursos aprobados con dicho acuerdo que aún no han sido cancelados hasta la fecha. Este mandato deberá cumplirse en un plazo no mayor a dos meses a partir de la comunicación oficial de la decisión.

La Corte Constitucional, a través de su Auto 2882 del 20 de noviembre de 2023, declaró el nivel de cumplimiento bajo de la orden vigesimocuarta. El objetivo de esta orden es asegurar el flujo de los recursos que el Gobierno nacional debe destinar al pago de ciertos servicios y tecnologías en salud. Estos servicios, específicamente aquellos que deben ser recobrados por las EPS mediante el procedimiento de recobro, no se financian ni con la Unidad de Pago por Capitación (UPC) ni con los Presupuestos Máximos.

El Acuerdo de Punto Final fue implementado por el Gobierno con el compromiso de saldar de manera definitiva la deuda acumulada hasta diciembre de 2019, evitando así la acumulación de nuevas obligaciones a favor de las EPS e Instituciones Prestadoras de Salud (IPS). Sin embargo, la Sala identificó diversas irregularidades en su aplicación, como el no pago total de la deuda para el año 2023, montos sin cancelar aprobados en el acuerdo, sumas de dinero no negociadas debido a procesos judiciales y la generación de nueva deuda a partir del año 2020, en gran medida relacionada con servicios prestados durante la emergencia por Covid-19.

Adicionalmente, se destacó que, junto con los valores pendientes, los actores del sector salud señalaron una deuda superior a un billón de pesos surgida a partir de 2020 por recobros, relacionada en su mayoría con servicios prestados durante la pandemia.

La Corte Constitucional ha ordenado al Ministerio de Salud desembolsar la totalidad de los recursos aprobados con el Acuerdo de Punto Final que no han sido cancelados, asegurando así el cumplimiento de los compromisos adquiridos y la estabilidad financiera de las EPS. Este importante fallo puede consultarse en el siguiente enlace.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

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Gobierno Nacional establece el incremento de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) para el sistema de salud en 2024

El Ministerio de Salud y Protección Social ha anunciado el valor anual de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) que financiará los servicios y tecnologías de salud para los Regímenes Contributivo y Subsidiado durante el año 2024. Esta determinación, abordada mediante la Resolución 2364 de 2023, representa un incremento significativo del 12,01% respecto al año anterior.

La fijación de este aumento se fundamenta en la inflación del 9,73%, a la que se suma un 2,28% destinado a la actualización de servicios y tecnologías, según lo establecido por el Gobierno Nacional. La UPC, esencial para el aseguramiento en salud de cada ciudadano colombiano, es el monto que el Ministerio de Salud paga a las Empresas Promotoras de Salud (EPS) a través de la ADRES.

El cálculo de la UPC se basa en los datos reportados por las EPS, considerando los usos y costos de los servicios de salud y medicamentos. La veracidad de los gastos informados por las EPS se certifica mediante revisores fiscales y se verifica a través de un sistema especialmente diseñado para este propósito. Es importante destacar que la UPC se calcula por separado para el Régimen Contributivo y el Régimen Subsidiado.

El proceso de calidad para la información utilizada en el cálculo de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) incluye la presentación anual por parte de las EPS de las prestaciones realizadas en 2022, verificaciones exhaustivas para asegurar la coherencia de los datos reportados mediante 250 reglas establecidas, retroalimentación con las EPS para corregir inconsistencias y la conformación de una base de datos con información que cumple los criterios de calidad.

Se ha enfatizado que la selección de las EPS se llevó a cabo considerando la relación entre el valor certificado por el representante legal y el revisor fiscal, el cual debe ser igual o superior al 90%. Este año, solo cuatro EPS cumplieron con este requisito.

El incremento inicial proyectado de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) era del 6,71%. Sin embargo, el Ministerio de Salud y Protección Social decidió aumentar este porcentaje al 12,01%, al tener en cuenta el Índice de Precios al Consumidor (IPC) proyectado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, agregando un 3,02% adicional.

Además, con el propósito de facilitar el acceso de la población a los servicios de salud, se ha realizado una actualización en el Plan de Beneficios en Salud, incluyendo tecnologías que representan un 2,28%.

Para asegurar los pagos correspondientes, se ha informado que el Ministerio de Salud y Protección Social cuenta con los recursos necesarios para cubrir los presupuestos máximos pendientes del año 2023, estimados en alrededor de $1,4 billones, así como el monto de $246.475 millones correspondiente al mes de noviembre de 2023. Asimismo, el Consejo Superior de Política Fiscal aprobó el pago de presupuestos máximos por un valor de $819.667 millones, destinados a cubrir lo adeudado en 2022 con cargo al servicio de la deuda.

Estos movimientos buscan garantizar la estabilidad financiera y el acceso adecuado a los servicios de salud para la población afiliada a los distintos regímenes, consolidando así el sistema de salud para el próximo año.

Fuente: minsalud.gov.co

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Avances en salud: Resolución impulsa acciones determinantes contra la malaria

El Ministerio de Salud y Protección Social ha emitido la Resolución No. 2073 de 2023, que actualiza las directrices del Programa Nacional de Prevención, Control y Erradicación de la Malaria en Colombia. Esta resolución se ajusta a los objetivos globales y regionales para eliminar la malaria, una enfermedad que afecta principalmente a comunidades rurales y dispersas, asociada a la pobreza y la falta de acceso a servicios de salud.

Entre las principales medidas abordadas por la Resolución 2073 de 2023 se encuentran:

  • Caracterización de una red de diagnóstico de malaria en municipios, con la implementación de Colaboradores Voluntarios (ColVol).
  • Participación en evaluaciones de desempeño para la red de diagnóstico de malaria y entomología, según lineamientos del Instituto Nacional de Salud (INS).
  • Reporte mensual de actividades de vigilancia de malaria y muestras analizadas al INS.
  • Contribución como sitio centinela en la vigilancia de resistencia a antimaláricos y otras medidas.
  • Elaboración de mapas de riesgo de malaria a nivel local.
  • Informe anual al Laboratorio Nacional de Referencia sobre la efectividad de las medidas de control.
  • Apoyo en la capacitación de Colaboradores Voluntarios en diagnóstico y manejo de la enfermedad.

El Programa Nacional busca eliminar la malaria como problema de salud pública en Colombia mediante acciones integrales que abarcan gestión, inteligencia epidemiológica, prevención y atención.

Destaca la inclusión de Colaboradores Voluntarios en áreas con acceso limitado a servicios de salud, una estrategia exitosa implementada en otros países centroamericanos. La financiación para esta iniciativa puede provenir del Presupuesto General de la Nación, la ADRES u otras fuentes.

La resolución también establece la creación del Comité Técnico Asesor en Malaria (CTAM), conformado por expertos independientes, para asesorar al Ministerio de Salud en decisiones relacionadas con este tema.

Se resalta el apoyo de esta resolución a los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU y las metas de la OMS y OPS para eliminar la transmisión local de la malaria y prevenir su resurgimiento.

Fuente: minsalud.gov.co

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