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Protección de datos. Sistemas de información crediticia (registro de morosos)

l fichero de solvencia patrimonial y crédito es aquel que, gestionado por una empresa de servicios patrimoniales, proporciona información a terceros sobre el incumplimiento de obligaciones financieras, utilizando los datos personales y patrimoniales proporcionados por el acreedor o su representante. Un aspecto destacado de estos registros es su carácter multisectorial, ya que cubren todos los sectores de actividad económica en España. Estos ficheros han sido ampliamente utilizados por entidades bancarias, compañías de servicios públicos, emisores de tarjetas de crédito, empresas financieras, proveedores de telecomunicaciones, editoriales y suministradores de energía, entre otros tipos de empresas y entidades. En la actualidad, la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito es una de las organizaciones más importantes en la gestión de ficheros de información sobre solvencia patrimonial y crédito.

Autor: Miguel Alcalá

Publicado: 25 de junio de 2025

La Agencia Española de Protección de Datos es la autoridad encargada de supervisar y hacer cumplir estas normas y puede imponer sanciones significativas a las empresas que no cumplan con ellas.

Además, resulta importante destacar que los usuarios tienen derechos en relación a la inclusión de sus datos personales en estos ficheros, incluyendo el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición (derechos ARCO). Esto significa que los usuarios tienen derecho a solicitar información sobre qué datos personales se están procesando en estos ficheros, a corregir cualquier información inexacta, a cancelar la inclusión de sus datos en el fichero y a oponerse al procesamiento de sus datos personales en ciertas circunstancias.

Citado el término de datos personales, cabe destacar los distintos elementos que componen o se encuentran comprendidos dentro de este concepto.

Los datos personales corresponden con cualquier tipo de información relativa a una persona física viva identificada o identificable. Las distintas informaciones, que recopiladas pueden llevar a la identificación de una determinada persona, también constituyen datos de carácter personal.

El RGPD protege los datos personales independientemente de la tecnología utilizada para su tratamiento; es «tecnológicamente neutro» y se aplica tanto al tratamiento automatizado como manual, siempre que los datos se organicen con arreglo a criterios predeterminados (como el orden alfabético). Asimismo, no importa cómo se conservan los datos; ya sea en un sistema informático, a través de videovigilancia o sobre papel; en todos estos casos, los datos personales están sujetos a los requisitos de protección establecidos en el RGPD.

Dentro de los registros de información crediticia debemos distinguir varias categorías:

Empresas privadas que gestionan ficheros de impagados de personas físicas y jurídicas. Como por ejemplo ASNEF, (Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito). Son empresas privadas que elaboran este tipo de ficheros, lo que hacen es informar sobre la solvencia patrimonial, pero sobre todo acerca de quién paga y quién deja de pagar sus deudas. Sobre estas empresas se centra el presente dosier.  

Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI), está constituido por la información relativa a aquellos impagos, exclusivamente de personas jurídicas (queda fuera de la LOPD), de cuantía igual o superior a 300 euros, que se produzcan en documentos en los que conste la firma del deudor reconociendo la deuda (letras aceptadas, pagarés cambiarios, cheques de cuenta corriente y pagarés de cuenta corriente), que sean de uso en masa por parte del sistema bancario y que, además, tengan fuerza ejecutiva. El RAI depende del Centro de Cooperación Interbancaria.

La Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE), también conocida como CIR es una base de datos que recoge la información de los préstamos, créditos (riesgo directo), avales y garantías (riesgo indirecto) que cada entidad declarante mantiene con sus clientes. La CIRBE no es un registro de morosos. Mensualmente y de forma agregada, la CIRBE facilita a las entidades declarantes la información de las personas cuyo riesgo acumulado supere los 1.000 euros.

  1. Legislación

. - Constitución Española

Art. 18. «4. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos».

 . - Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales TOL6.933.570

La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales (LOPD) dedica el Título IV a regular tratamiento de datos concretos, entre ellos, el de información crediticia que integra los conocidos como registro de morosos.

Artículo 20. Sistemas de información crediticia

«1. Salvo prueba en contrario, se presumirá lícito el tratamiento de datos personales relativos al incumplimiento de obligaciones dinerarias, financieras o de crédito por sistemas comunes de . . .

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