<

Dosier Nuevo reglamento del sistema arbitral de consumo

El pasado 13 de agosto entró en vigor el Real Decreto 713/2024, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula el Sistema Arbitral de Consumo 

Autor: Miguel Alcalá

Publicado: 2 de septiembre de 2024

El nuevo reglamento deroga el Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo, vigente hasta ahora, y cuyo contenido se adecuaba a lo establecido en la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje, si bien adaptado a las exigencias de los artículos 57 y 58 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.

La modificación del reglamento se justifica en la necesidad de adaptar el Sistema Arbitral de Consumo a las nuevas normas aprobadas, tanto de la Unión Europea, como de carácter nacional. En particular, a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en tanto en cuanto las Juntas Arbitrales de Consumo son órganos de naturaleza administrativa, así como a lo establecido en la Ley 7/2017, de 2 de noviembre, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo.

.- Estructura de la norma

El artículo único aprueba el nuevo reglamento por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo, que se compone de cuatro capítulos, que agrupan un total de 45 artículos.

El capítulo I del Reglamento está dedicado a las disposiciones generales que resultan de aplicación al Sistema Arbitral de Consumo, (artículos 1 y 2).

El artículo 1 determina su objeto, la regulación de la organización del Sistema Arbitral de Consumo y de sus procedimientos, estableciendo el carácter extrajudicial, vinculante, ejecutivo y voluntario del arbitraje de consumo.

El artículo 2 establece como ámbito de aplicación los litigios surgidos entre consumidores y empresarios, nacionales y transfronterizos, residentes en la Unión Europea, derivados de una relación de consumo, que versen sobre materias de libre disposición de las partes conforme a derecho, excluyendo aquellas controversias:

a)  Que versen sobre intoxicación, lesión, muerte o aquellos en que existan indicios racionales de delito, incluida la responsabilidad por daños y perjuicios directamente derivada de ellos, conforme a lo previsto en el artículo 57.1 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre. b) Que se refieran a servicios públicos de interés general, no económicos o prestacionales, facilitados por las administraciones públicas.

El capítulo II, que se estructura en tres secciones, artículos 3 a 20, se establece la organización del Sistema Arbitral de Consumo, manteniendo la misma organización existente hasta ahora: a) las Juntas Arbitrales de Consumo, que son los órganos de naturaleza administrativa que gestionan y administran el arbitraje de consumo; b) los órganos arbitrales integrados por las personas encargadas de resolver el litigio; y c) los órganos consultivos o de participación, es decir la Comisión de Juntas Arbitrales de Consumo y d) el Consejo del Sistema Arbitral de Consumo.

La sección 1.ª , artículos 3 a 7, regula las Juntas Arbitrales de Consumo y establece su naturaleza administrativa, composición, funciones y ámbito competencial. Son Juntas Arbitrales de Consumo: a) la Junta Arbitral Nacional y, b)   Las Juntas Arbitrales territoriales, de ámbito autonómico o local, constituidas mediante la suscripción de convenio entre las administraciones públicas territoriales y el Ministerio con competencias en materia de consumo.

El artículo 7 regula el ámbito competencial de las Juntas Arbitrales de Consumo, estableciendo como regla general la competencia de la Junta Arbitral en cuyo ámbito territorial tenga su domicilio el consumidor que presenta la solicitud de arbitraje o en cuyo ámbito territorial tenga su domicilio el empresario en caso de que el consumidor resida en otro Estado Miembro de la Unión Europea

La sección 2.ª, artículos 8 a 15, regulan los órganos arbitrales, su naturaleza, la forma . . .

¿Quiere leer el artículo completo?
¿Ya tiene cuenta?Iniciar sesión
Cree su cuenta sin costeRegistrarme

Si usted es cliente Prime, puede leer el dossier completo dentro de la platafoma

Acceder

Últimos dosiers publicados

Principales novedades fiscales publicadas durante marzo de 2025

by | Abr 1, 2025 | Derecho Tributario, Dosiers | 0 Comments

ÍNDICE: NORMATIVA INFORMACIÓN AEAT SELECCIÓN DE SENTENCIAS Tribunal de Justicia de la Unión Europea Tribunal Supremo SELECCIÓN CONSULTAS DE LA DGT Y RESOLUCIONES DEL...

Fin del devengo del interés por mora procesal

by | Mar 31, 2025 | Derecho Civil, Dosiers | 0 Comments

Este silencio nos hace plantearnos si la consignación en el juzgado de la cantidad objeto de condena pone fin al devengo del interés establecido en el artículo 576 LEC...

Prescripción de la acción de restitución derivada de un préstamo usurario TOL10445195

by | Mar 20, 2025 | Derecho Administrativo, Dosiers | 0 Comments

El Tribunal Supremo ha tenido oportunidad de pronunciarse por primera vez sobre la prescripción de la acción de restitución con base en el artículo 3 de la Ley de 23 de...

Anulación de los requisitos de procedibilidad exigidos a grandes tenedores. Sentencia TC 26/2025, de 29 de enero de 2025

by | Mar 12, 2025 | Derecho Civil, Dosiers | 0 Comments

El artículo 3, apartado k) de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda [TOL9.568.821], define gran tenedor como «la persona física o jurídica que sea...

Principales novedades fiscales Febrero 2025

by | Mar 6, 2025 | Derecho Tributario, Dosiers | 0 Comments

ÍNDICE: NORMATIVA TRIBUNAL CONSTITUCIONAL INFORMACIÓN AEAT SELECCIÓN DE SENTENCIAS Tribunal de Justicia de la Unión Europea Tribunal Supremo SELECCIÓN CONSULTAS DE LA...

La desheredación e indignidad para suceder

by | Feb 26, 2025 | Derecho Civil, Dosiers | 0 Comments

Ambas figuras constituyen una sanción civil derivada de la realización de determinadas conductas previstas legalmente. La consecuencia para el indigno y el desheredado...

Modificación de la subasta judicial electrónica por la LO 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia

by | Feb 19, 2025 | Derecho Civil, Dosiers | 0 Comments

La Disposición transitoria novena de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, establece que «1. Las...

El juicio verbal tras la Ley Orgánica 1/2015, de 2 de enero.

by | Feb 11, 2025 | Derecho Civil, Dosiers | 0 Comments

Desde la publicación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el juicio verbal ha sufrido numerosas modificaciones, todas ellas justificadas en la...