<

Consultoría Tirant.

Consulta ¿Cuáles son las vías o instancias legales idóneas para combatir la imposición de un adeudo excesivo e indebido por parte de CFE? Respuesta I. RECURSO DE INCONFORMIDAD O REVISIÓN INTERNA ANTE LA CFE Antes de acudir a tribunales, es requisito agotar la vía administrativa interna: 1. Presentar Recurso de Inconformidad ante la Oficina Comercial […]

Publicado: 16 de mayo de 2025

Consulta

¿Cuáles son las vías o instancias legales idóneas para combatir la imposición de un adeudo excesivo e indebido por parte de CFE?

Respuesta

I. RECURSO DE INCONFORMIDAD O REVISIÓN INTERNA ANTE LA CFE

Antes de acudir a tribunales, es requisito agotar la vía administrativa interna:

1. Presentar Recurso de Inconformidad ante la Oficina Comercial de la CFE que emitió la factura, señalando:

a) Que el medidor no ha consumido energía desde 2022.

b) Que no fue notificado de lecturas anómalas ni se instalaron bloques o sellos de seguridad.

2. Petición de peritaje independiente (lectura de medidor y revisión de historial).

3. Objetivo: que la misma CFE revoque o modifique la facturación irregular sin necesidad de litigio.

Fundamento: Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica de la CFE, (verificación de consumos) y Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

II. CONCILIACIÓN ANTE PROFECO

Paralelamente (o tras la inconformidad), pueden acudir a la Procuraduría Federal del Consumidor para:

1. Solicitar conciliación en el Centro de Atención del Consumidor (CRE o PROFECO), por prácticas abusivas de la CFE.

2. Ventajas: gestión gratuita, plazos cortos (días a semanas) y posible acuerdo vía convenio de pago o anulación parcial del adeudo.

3. Referencias: Ley Federal de Protección al Consumidor, artículos 10 BIS y 99 (mecanismo de conciliación).

III. JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ANTE EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA (TFJA)

Si la CFE confirma o no corrige la factura, procede la vía jurisdiccional:

1. Demanda de nulidad de acto administrativo: impugnar la resolución de recurso de inconformidad o, de no haberse resuelto, la omisión de resolver.

2. Requisitos:

a) Copia certificada de la resolución o constancia de omisión.

b) Pruebas documentales (contratos de servicio, historial de lecturas, dictamen pericial).

3. Plazo: 30 días hábiles contados desde la notificación de la resolución o desde que se cumplieron los 45 días para que la CFE resuelva y no lo haga.

4. Efecto inmediato: suspensión del pago del adeudo y prohibición de corte del suministro, si se solicita la suspensión precautoria y se acredita peligro en la demora.

Fundamento: Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

IV. Juicio de amparo indirecto (artículo 107 L.A.)

Puede promoverse un amparo indirecto contra el acto administrativo definitivo (la resolución de TFJA o la del recurso de CFE):

1. Actos impugnables:

a) Factura excesiva.

b) Resolución de recurso de inconformidad.

c) Omisión de resolver.

2. Plazo: 30 días hábiles a partir de la notificación del acto que se reclama.

3. Violaciones alegables:

a) Violación a la seguridad jurídica y al debido proceso (Arts. 14 y 16 Constitucional).

b) Exceso de poder y arbitrariedad (art. 16 Constitucional).

4. Efecto: si se concede la suspensión, se frena el cobro y posible corte hasta que se resuelva el fondo.

V. Vías accesorias y complementarias

a) Queja ante el Órgano Interno de Control de la CFE, por prácticas corruptas o negligencia de su personal.

b) Denuncia de hecho ante la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales y otros de la FGR, si existieran indicios de fraude o alteración dolosa de lecturas.

c) Acción civil en caso de daño patrimonial, contra CFE o terceros (por ejemplo, la empresa lecturista).

VI. PASOS PRÁCTICOS INMEDIATOS

1. Recopilar toda la documentación: contratos, facturas, fotografías del medidor, dictámenes o peritajes particulares.

2. Interponer, en orden, el recurso de inconformidad y la solicitud de conciliación en PROFECO.

3. Preparar, de forma paralela, el expediente para TFJA (plazos de demanda, pruebas).

VII. CONCLUSIÓN

Con estas instancias; apartados del I al VI, (administrativa interna, de conciliación, contencioso administrativo y amparo) se cubren todos los frentes para invalidar un adeudo claramente indebido y excesivo impuesto por la CFE.

Últimas entradas publicadas

Aprobación de diversos dictámenes por la Comisión Permanente

by | Ago 14, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

  El Pleno de la Comisión Permanente aprobó 24 dictámenes de la Segunda Comisión, que incluyen exhortos a diversas dependencias federales y gobiernos locales; a...

SCJN valida la pena para quien cometa insubordinación militar

by | Ago 12, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

  La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que la pena de cinco años de prisión para el delito de insubordinación, no vulnera el...

Consultoría Tirant. Comprobantes Fiscales Digitales

by | Ago 11, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

I. ¿CÓMO DEBERÍA DE PERFECCIONARSE EL OFRECIMIENTO DE PRUEBA DE UN CFDI, ES DECIR, DE LA REPRESENTACIÓN IMPRESA? Para que la representación impresa de un CFDI tenga...

Consultoría Tirant. Exención de pago ISR

by | Ago 7, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Consulta La enajenación de bienes inmuebles que forman parte de una masa hereditaria, sin que hayan sido adjudicados a los herederos, puede ser sujeta a la exención de...

Aprobación de Reforma Constitucional

by | Ago 6, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

  La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó, por unanimidad, la reforma al artículo 73, fracción XXI, inciso a) de la Constitución...

Decreto por el que se crea la Comisión Presidencial para la Reforma Electoral

by | Ago 5, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

En la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación del 4 de agosto, se publico el Decreto por el que se crea la Comisión Presidencial para la Reforma...