Paridad de género en el Servicio Exterior Mexicano

Se aprobó con unanimidad de votos en el Pleno de la Cámara de Diputados, el dictamen por el que se reforma el artículo 21 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano a fin de establecer que, en ocasión de una vacante en el escalafón del Servicio Exterior en el rango de embajador, el secretario de Relaciones Exteriores someterá a la consideración y, en su caso, aprobación del presidente de la República, “procurando la paridad de género”.

La iniciativa señala que la paridad de género se refiere a una participación y representación equilibrada de mujeres y hombres en los puestos de poder y de toma de decisiones en todas las esferas de la vida (política, económica y social). Se considera actualmente un indicador para medir la calidad democrática de los países.

Se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

Consultoría Tirant. Prueba anticipada

Consulta

En un juicio en materia penal, ¿cómo se presenta la prueba anticipada?

Respuesta

La Prueba Anticipada es una figura procesal excepcional que permite el desahogo de pruebas antes de la celebración de la audiencia, bajo ciertas condiciones, con lo cual se evita que esta prueba se pierda. La Prueba Anticipada es una de las excepciones por las cuales las pruebas pueden ser valoradas antes del momento procesal correspondiente y pude llevarse a cabo siempre que se satisfagan los siguientes requisitos:

i. Autoridad competente: Debe practicarse ante el juez de control;
ii. Solicitud y justificación: Debe ser solicitada por una de las partes, expresando las razones que fundan la necesidad de desahogar la prueba con anterioridad a la audiencia y la imposibilidad de efectuarlo en el momento procesal oportuno;
iii. Motivo y extrema necesidad: Debe tener motivos fundados y de extrema necesidad, y debe efectuarse para evitar la pérdida o alteración de la propia prueba; y,
iv. Formalidades: Debe practicarse en audiencia, siguiendo las reglas previstas para la práctica de pruebas en el juicio.

La solicitud para el desahogo de prueba anticipada puede hacerse desde la presentación de la denuncia y hasta antes de que dé inicio la audiencia de juicio oral. El procedimiento es el que sigue:

a. Solicitud de desahogo de prueba anticipada;
b. Citación a audiencia, por parte del Órgano jurisdiccional;
c. Audiencia de las partes interesadas y valoración sobre el desahogo de la prueba; y,
d. Admisión y desahogo de la prueba.

Fundamento

– Artículos 1, 4 y 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
– Artículos 2, 109, 113, 217, 225, 304, 305, 346 y 359 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
– Artículos 8, 9 y 12 de la Ley General de Víctimas.

Inicio del tercer período y duodécima época

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación da inicio a su tercer período denominado «de la justicia con el pueblo», así como su duodécima época del Semanario Judicial de la Federación, denominada «de la justicia pluricultural, la igualdad sustantiva y la inclusión en México».

Las resoluciones en esta nueva época se publican por primera vez el 26 de septiembre del año en curso y derivado de este nuevo período, se modifican a su vez las instancias en el Semanario Judicial de la Federación, contando con las resoluciones de:

1. Pleno de la Suprema Corte- Plenos Regionales

2. Tribunales Colegiados de Circuito

3. Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial, y

4. Comisiones del Tribunal de Disciplina Judicial

Reforma constitucional en materia de la Guardia Nacional

 

La Comisión de Puntos Constitucionales, aprobó con 27 votos a favor, 5 en contra y una abstención, el dictamen a la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 76 y 79 constitucionales.

El dictamen incorpora el lenguaje incluyente y establece que el Senado de la República, así como la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, ratificarán los grados de los coroneles y demás jefes superiores de la Guardia Nacional.

La reforma tiene como finalidad visibilizar al género femenino en las atribuciones que realiza la persona titular de la Presidencia de la República relacionados con las materias de política exterior, aprobación de tratados internacionales, nombramientos de funcionarios de la administración pública federal, para establecer «la persona titular de la Presidencia de la República».

Fue remitido a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

Creación de la Comisión Ordinaria para Agenda 2030

 

El Pleno del Senado de la República aprobó un acuerdo de la Junta de Coordinación Política, a fin de crear la Comisión Ordinaria para el Seguimiento a la Implementación de la Agenda 2030, la cual funcionará durante la LXVI Legislatura del Senado de la República.

La Comisión, según el acuerdo, servirá como espacio institucional de deliberación, análisis y propuestas, con facultades para dictaminar iniciativas y puntos de acuerdo relacionados con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, promover la vinculación interinstitucional y contribuir a que el Poder Legislativo desempeñe un papel proactivo en la construcción de un México más justo, inclusivo y sostenible.

Estará integrada por 10 senadoras y senadores con base en los principios de idoneidad, pluralidad y representatividad, añade el documento que puede consultarse en la Gaceta del Senado.