Respeto a la identidad de los menores en el uso de tecnologías

 

Se presentó una iniciativa en la Cámara de Diputados a fin de reformar el artículo 76 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para establecer que “la persona que ejerza la patria potestad, tutela o guarda y custodia de niñas, niños y adolescentes estará obligada a garantizar el respeto de su intimidad dentro del uso de las tecnologías de la información y comunicación que afecten, impidan o menoscaben su desarrollo integral”.

El documento tiene como propósito proteger los derechos de las niñas, niños y adolescentes a vivir una vida libre de cualquier tipo de violencia que perjudique su bienestar y el libre perfeccionamiento de su personalidad, toda vez que el uso inadecuado de las tecnologías, así como la poca o nula supervisión por parte de padres, madres, personas que ejercen la patria potestad o guarda y custodia de las personas menores de edad, derivan diversos tipos de violencia que pueden afectar gravemente su desarrollo integral.