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Corte Suprema confirma fallo que condenó a condominio por multar a residentes por tenencia de mascotas

El máximo tribunal determinó que los pagos de las sanciones estaban acreditados y respaldó la resolución que condena la actuación irregular del condominio, marcando un precedente sobre la aplicación de sanciones en comunidades residenciales.

Publicado: 25 de noviembre de 2024

La Corte Suprema rechazó los recursos de casación presentados contra una sentencia que favoreció a residentes de un condominio en Antofagasta. Estos demandaron a la administración por aplicarles multas indebidas relacionadas con la tenencia de mascotas.

En un fallo unánime (causa rol 79.916-2023), la Primera Sala, integrada por los ministros Arturo Prado, Mauricio Silva Cancino, María Angélica Repetto, Juan Manuel Muñoz Pardo y el abogado integrante Raúl Fuentes, respaldó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta. El tribunal ordenó al condominio devolver las sumas cobradas de manera irregular.

El fallo señala que el tribunal de primera instancia verificó el pago de las multas cuestionadas y que este hecho sirvió como base para acoger la demanda. Los jueces confirmaron que los pagos se realizaron, según las papeletas de gastos comunes, y descartaron errores en la valoración de las pruebas.

La administración del condominio argumentó que las multas no estaban debidamente acreditadas, cuestionó la equivalencia entre gastos comunes y multas por tenencia de mascotas, y señaló un supuesto cambio en la carga de la prueba. Sin embargo, la Corte Suprema desestimó estas alegaciones al considerar que no se denunciaron infracciones a las leyes reguladoras de la prueba.

El fallo también aclaró que la Corte Suprema no revisa los hechos establecidos en una sentencia, salvo que se pruebe que los jueces infringieron las normas legales sobre prueba. En este caso, no se identificaron errores que justificaran alterar los hechos fijados por los tribunales inferiores.

La Corte Suprema reafirmó la obligación del condominio de restituir los montos cobrados indebidamente y destacó que los argumentos de la parte recurrente no alteraron la validez del fallo original. La resolución consolida el criterio según el cual la aplicación de multas debe ajustarse estrictamente a la ley y a las pruebas presentadas.

Fuente: pjud.cl

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