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Tribunal condena a tres años de presidio a autor de receptación de motocicleta en El Bosque

El Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a tres años y un día de presidio efectivo a autor del delito de receptación de un vehículo motorizado. El hecho ocurrió en noviembre de 2022 en la comuna de El Bosque, cuando el imputado fue sorprendido conduciendo una motocicleta robada. Además de la pena de cárcel, el tribunal impuso multas y sanciones accesorias, descartando cualquier posibilidad de pena sustitutiva.

Publicado: 21 de enero de 2025

El Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago sentenció a Leonardo Octavio Hernández Escanilla a tres años y un día de presidio efectivo por receptación de vehículo motorizado. El delito ocurrió en noviembre de 2022 en la comuna de El Bosque.

El tribunal, conformado por las magistradas Esperanza Carmona Araya (presidenta), Pamela Silva Gaete (redactora) y Gabriela Carreño Barros, resolvió de forma unánime imponer, además, las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. Hernández Escanilla deberá pagar una multa de $300.822, equivalente a la tasación fiscal del vehículo involucrado.

Hechos acreditados

La sentencia, identificada con causa rol 266-2024,establece que el 5 de noviembre de 2022, cerca de las 17:40 horas, Hernández Escanilla conducía una motocicleta Honda Elite del año 2017, con placa patente PG0649, por la intersección de las calles San Francisco y El Libertador en El Bosque. Al ser fiscalizado por funcionarios policiales, intentó evadirlos, pero fue alcanzado en calle San Francisco con Lo Martínez. Durante la inspección, los policías confirmaron que la motocicleta tenía un encargo vigente por robo, registrado el 22 de agosto de 2022 en la 64° Comisaría de Paine, denuncia realizada por la víctima Abraham Patricio Benavides Berríos.

Decisión del tribunal

El tribunal recordó que el delito de receptación de vehículo motorizado, según la ley 21.170, está sancionado con presidio menor en su grado máximo y una multa equivalente al valor de la tasación fiscal del vehículo. Al no presentarse atenuantes en el caso, el tribunal aplicó la pena mínima permitida.

La resolución también descartó la aplicación de penas sustitutivas. Según los magistrados, las pruebas presentadas y las circunstancias del caso exigen el cumplimiento efectivo de la pena. De esta manera, se busca garantizar una respuesta proporcional al delito y cumplir con los objetivos preventivos y retributivos del sistema penal.

Fuente: pjud.cl

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