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Corte Suprema rechaza recurso de unificación en caso de despido injustificado de exjefa de terminal de buses

La Corte Suprema declaró inadmisible recurso de unificación de jurisprudencia presentado por una trabajadora que fue despedida de su cargo como jefa de terminal de buses. La exfuncionaria había alegado que su desvinculación no cumplía con los requisitos legales. Sin embargo, el máximo tribunal consideró que no existía un fundamento para unificar criterios jurídicos en este caso, confirmando así la decisión previa que rechazó su demanda.

Publicado: 21 de octubre de 2024

La Corte Suprema, a través de su Cuarta Sala, resolvió de manera unánime declarar inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia presentado en contra de la sentencia que rechazó la demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones interpuesta por una trabajadora que se desempeñó como jefa del terminal de la empresa Transportes Rurales SpA (Turbus) en Arica.

El fallo, identificado con causa rol 32.865-2024, fue emitido por las ministras Gloria Ana Chevesich, Andrea Muñoz, Dobra Lusic, junto a las abogadas Fabiola Lathrop y María Angélica Benavides. En su análisis, determinaron que no existía un pronunciamiento sustancial sobre la materia de derecho que la trabajadora buscaba unificar.

Argumentos del recurso rechazado

El recurso planteaba que la causal de despido invocada fue genérica y no especializada, como exige el Código del Trabajo, debido a que las conductas imputadas a la trabajadora podrían configurarse como delito, lo que debería haberse tratado bajo una causal específica del artículo 160 N°1 letra a) de dicha norma. Sin embargo, el tribunal desestimó estos argumentos.

La Corte sostuvo que las conductas acreditadas, como compartir claves de acceso personal e intransferibles, suponían un incumplimiento grave de las obligaciones de confianza que la trabajadora, en su rol de jefatura, debía cumplir. Este comportamiento fue considerado suficiente para justificar el despido bajo la causal del artículo 160 N°7 del Código del Trabajo, que se refiere a incumplimientos graves de las obligaciones del contrato.

Conclusión del tribunal

Finalmente, el fallo señaló que no existía una infracción a la normativa laboral en cuanto a la calificación jurídica del despido y que la recurrente no logró demostrar que las conductas acreditadas no fueran incumplimientos graves. Por lo tanto, el tribunal resolvió que el recurso no podía prosperar en esta instancia.

Fuente: pjud.cl

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