Corte de Apelaciones de Valparaíso rechaza recurso de protección presentado por exministro de la Corte Suprema

La Corte de Apelaciones de Valparaíso desestimó hoy el recurso de protección presentado en favor del exministro de la Corte Suprema, Sergio Muñoz Gajardo. El tribunal concluyó que la Cámara de Diputados actuó dentro de sus atribuciones al impulsar y aprobar la acusación constitucional que derivó en la destitución del exjuez.

La Cuarta Sala del tribunal de alzada, integrada por las ministras Eliana Quezada Muñoz, Sara Covarrubias Naser y el abogado integrante Felipe Caballero Brun, resolvió el caso bajo el rol 6.312-2024. Según el fallo unánime, el orden constitucional impide que los tribunales intervengan en decisiones políticas exclusivas del Congreso, como lo es una acusación constitucional.

Detalles de la decisión

El fallo enfatizó que ninguna disposición legal autoriza a los tribunales a revisar o anular decisiones adoptadas por la Cámara de Diputados en este tipo de procesos. La sentencia recordó que la Constitución otorga en forma exclusiva a la Cámara la facultad de tramitar y votar acusaciones contra altas autoridades del Estado.

El tribunal también argumentó que el recurso de protección no aplica en este caso, ya que la destitución del exministro Muñoz no afecta derechos esenciales protegidos por la Constitución. “La función pública de la que se vio privado no constituye un derecho esencial respecto del cual el artículo 5º establezca un estatuto especialísimo de protección, que justifique limitar la Soberanía Nacional ejercida a través del Poder Legislativo”, señala el documento.

Además, la Corte reafirmó que el equilibrio entre los poderes del Estado requiere que existan mecanismos de fiscalización política, como las acusaciones constitucionales. Por ello, cualquier intento de restringir esta atribución debe interpretarse con cautela y bajo estrictos criterios legales.

Finalmente, la resolución recordó que el Poder Judicial no tiene competencia para intervenir en las decisiones adoptadas por otros poderes del Estado, y que ningún órgano externo puede revisar el sentido del voto emitido por los diputados y diputadas.

Con esta decisión, el tribunal rechazó tanto el recurso de protección interpuesto por la abogada Ana María Watkins Sepúlveda como las excepciones presentadas por los parlamentarios aludidos en la acción judicial.

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Comisión de Economía aprueba proyecto para reforzar seguridad en turismo aventura

Comisión de Economía aprueba proyecto para reforzar seguridad en turismo aventura

La Comisión de Economía de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó por unanimidad, en general, el proyecto que modifica la ley N°20.423. Esta iniciativa busca establecer nuevas exigencias para garantizar estándares de seguridad en los servicios de turismo aventura, conforme al boletín 17.163.

El diputado Jorge Guzmán presentó el proyecto con el objetivo de fortalecer la protección de los usuarios y asegurar calidad, seguridad y transparencia en la oferta turística.

Críticas desde el Ejecutivo

Durante la sesión, la subsecretaria de Turismo, Verónica Pardo, expresó preocupaciones respecto a la viabilidad del proyecto. A su juicio, las medidas propuestas podrían elevar considerablemente los costos operativos, sobre todo para pequeñas empresas del rubro.

Pardo recordó que la Certificación de Calidad Turística, actualmente voluntaria, incluye alojamientos, agencias de viajes, tour operadores, guías y servicios de turismo aventura. Sin embargo, admitió que ninguna empresa de este último segmento ha obtenido dicha certificación hasta ahora.

Enfoque técnico y propuestas complementarias

El director nacional de Sernatur, Cristóbal Benítez, pidió incorporar una “Estrategia Técnica” para asegurar que las empresas cumplan efectivamente con los estándares de seguridad. Propuso crear un sistema de evaluación ex-ante, a cargo de un tercero, como requisito previo al registro en Sernatur.

Benítez también sugirió reemplazar la obligación de mostrar el Sello de Calidad Turística por la exigencia de exhibir el Sello de Empresa Registrada. Además, propuso aumentar las multas en caso de incumplimientos y facultar a Sernatur para clausurar servicios que no cumplan con las normas de seguridad.

El director planteó establecer plazos diferenciados para renovar el “Certificado de seguridad turística”, según el riesgo de cada actividad. Por ejemplo, no aplicar las mismas exigencias al senderismo que al canopy. También propuso la creación de un comité técnico mixto, público-privado, para supervisar el sistema de inspección.

Exigencias del proyecto

El proyecto establece que las empresas que ofrezcan servicios de turismo aventura deberán exhibir, de forma visible, un sello que acredite su cumplimiento con los estándares exigidos. También deberán mostrar un código QR que permita verificar, en línea, el registro y permisos del prestador.

Finalmente, la comisión fijó el lunes 19 de mayo como plazo para ingresar indicaciones y votar el articulado del proyecto.

Fuente: senado.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Legisladores avanzan en proyecto para fortalecer la conexión entre ciencia, mercado y sociedad

Legisladores avanzan en proyecto para fortalecer la conexión entre ciencia, mercado y sociedad

El Senado aprobó en general un proyecto de ley que busca crear un marco regulatorio para facilitar la transmisión de resultados científicos y tecnológicos desde las universidades hacia la sociedad y el mercado. La Comisión de Desafíos del Futuro, Ciencia, Tecnología e Innovación comenzará el debate en particular en las próximas semanas.

Legisladores y representantes del Ejecutivo podrán presentar indicaciones hasta el 29 de mayo. La iniciativa pretende consolidar la investigación como una función permanente en las instituciones de educación superior (IES), eliminar obstáculos en la transferencia de conocimientos y promover la colaboración entre universidades, empresas y organismos estatales.

Durante el debate en la Sala, senadores y senadoras plantearon la necesidad de generar alianzas público-privadas en tecnología, reforzar el papel investigador de las universidades y fomentar el vínculo entre academia, industria y gobierno. Además, destacaron la urgencia de aumentar el presupuesto destinado a investigación y desarrollo, que en los últimos 15 años solo ha alcanzado un 0,36% del PIB.

Ejes del proyecto

La norma propone:

  • Reconocer oficialmente la investigación como una actividad central en las universidades.
  • Establecer el Repositorio Nacional de Conocimiento e Información Científica y Tecnológica, basado en criterios de ciencia abierta.
  • Fomentar, desde las universidades y el Estado, proyectos de investigación, transferencia de tecnología y generación de conocimiento.
  • Permitir que las IES y sus investigadores participen en empresas de base científica y tecnológica (EBCT), siempre bajo reglas claras para prevenir conflictos de interés.
  • Actualizar los derechos de intervención en proyectos financiados con recursos públicos.
  • Modificar otras normativas que actualmente dificultan la gestión y transferencia de conocimiento.

Reflexiones del debate

La presidenta de la Comisión, senadora Ximena Órdenes, valoró el enfoque del proyecto y subrayó la importancia de garantizar el acceso abierto a la información científica. También recalcó la necesidad de perfeccionar algunos aspectos del texto legal y revisar posibles conflictos de interés.

Los senadores Juan Antonio Coloma, Kenneth Pugh, José Miguel Insulza, Francisco Chahuán y Alejandro Kusanovic coincidieron en que el país necesita transformar el conocimiento en desarrollo económico. Llamaron a madurar el ecosistema de innovación y alertaron sobre la baja inversión pública en ciencia.

Uno de los datos que surgió durante el debate mostró que el 87% de los doctores en áreas STEM trabaja en universidades, mientras que una minoría participa en el sector privado. Los congresistas apuntaron a este desequilibrio como una oportunidad para fortalecer los vínculos entre investigación y empresa.

Algunos parlamentarios manifestaron inquietudes sobre el riesgo de crear más burocracia sin resolver el problema principal: la falta de recursos para investigación. Sin embargo, otros insistieron en que establecer un marco normativo claro representa un paso necesario para conectar mejor la ciencia con el desarrollo nacional.

Fuente: senado.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Suprema confirma condena contra exfuncionario por revelación de secretos y cohecho

Corte Suprema confirma condena contra exfuncionario por revelación de secretos y cohecho

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad que presentó la defensa de Erik Andrés Álvarez Bergh y confirmó la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco, que lo condenó por los delitos de revelación de secreto y cohecho.

En un fallo unánime, identificado con causa rol 825-2024, la Segunda Sala del máximo tribunal descartó errores en la valoración de la prueba. Los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier y los abogados integrantes Pía Tavolari y Eduardo Gandulfo consideraron que el tribunal de primera instancia actuó conforme a derecho.

Detalles del proceso

Los jueces condenaron a Álvarez Bergh a un año de suspensión del empleo por revelación de secreto, y a 541 días de presidio por cohecho. La Corte le otorgó el beneficio de la remisión condicional de la pena por dos años, además de imponerle una multa de $500.000 y una inhabilitación absoluta temporal para ejercer cargos públicos por tres años y un día. Álvarez Bergh cometió estos delitos en marzo de 2017 y diciembre de 2018, en la comuna de Temuco.

El fallo abordó la principal alegación de nulidad de la defensa, relacionada con la supuesta ilegalidad en el acceso a un correo electrónico usado como prueba. Según los jueces, Pilar Soto Barros accedió de manera legítima a los correos de otros trabajadores porque la empresa Hydroflu se lo autorizó expresamente. La testigo Susana Quilodrán, quien ejercía labores de jefatura en la empresa, confirmó esa autorización.

Además, los magistrados señalaron que Alejandra Martínez Araya, dueña de la empresa, reenvió voluntariamente el correo en cuestión a Pilar Soto. Por tanto, los jueces concluyeron que Soto no cometió ninguna acción fraudulenta ni actuó con intención de violar la privacidad del mensaje.

La resolución también indicó que, incluso sin la captura de pantalla del correo, el tribunal habría podido llegar a la misma conclusión, ya que otros medios de prueba respaldaron los hechos. “Solo queda desestimar el motivo primordial de invalidez entablado por la defensa de Álvarez Bergh”, concluyó la Corte.

Con esta decisión, la sentencia y el juicio se mantienen vigentes, sin modificaciones.

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Suprema ordena indemnización a víctima de detención ilegal y torturas cometidas en dictadura

Corte Suprema ordena indemnización a víctima de detención ilegal y torturas cometidas en dictadura

La Corte Suprema anuló una resolución de la Corte de Apelaciones de Valdivia que redujo, sin fundamentos claros, la indemnización otorgada a Roberto Cárdenas Gutiérrez, víctima de detención ilegal y torturas en 1973. El máximo tribunal confirmó la sentencia original del Primer Juzgado Civil de Valdivia, que ordenó al fisco pagar $35.000.000 por concepto de daño moral.

En fallo unánime identificado con causa rol 218.057- 2022, la Segunda Sala —integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, María Teresa Letelier, María Cristina Gajardo, María Soledad Melo y la abogada integrante Pía Tavolari— detectó errores en el fallo de la Corte de Apelaciones, que había rebajado la indemnización a $10.000.000.

Los jueces de la Corte Suprema concluyeron que la resolución impugnada omitió un análisis serio de las pruebas y no justificó por qué redujo el monto determinado en primera instancia. El fallo recalcó que el tribunal de alzada no examinó los daños provocados por la detención ilegal, las torturas y los apremios ilegítimos sufridos por Cárdenas, quien fue arrestado el 20 de septiembre de 1973 en la comuna de Futrono.

“El fallo impugnado no cumple con los requisitos legales de fundamentación. Carece de un desarrollo razonado sobre los hechos y derechos en discusión, lo que impide su validez jurídica”, señala la sentencia.

La Corte Suprema recalcó que las acciones de reparación por violaciones de derechos humanos poseen un alto interés público. Por ello, decidió anular el fallo y dictar una nueva sentencia que restablece la indemnización inicial de $35.000.000.

Fuente: pjud.cl

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