Ene 30, 2025 | Actualidad Prime
El proyecto de ley que busca modificar el Código de Aguas quedó en condiciones de ser promulgado tras recibir el respaldo de la Sala del Senado. Con 29 votos a favor, 3 en contra y una abstención, los senadores ratificaron el informe de la Comisión Mixta que resolvió las discrepancias entre ambas Cámaras sobre la iniciativa presentada por el Ejecutivo. Anteriormente, la Cámara de Diputados también aprobó el proyecto.
En la revisión de los cambios propuestos por el Senado, la Cámara de Origen no aprobó un artículo relacionado con las labores de vigilancia para corregir inobservancias menores al Código de Aguas, debido a la falta de quórum. Esta situación originó la formación de la Comisión Mixta, que logró llegar a un consenso. La presidenta de la instancia mixta, senadora Yasna Provoste, explicó en la sesión que el proyecto busca perfeccionar la fiscalización hídrica y detalló que la redacción final adoptada por el Senado fue la que finalmente se ratificó en la Cámara.
Detalles del proyecto
El proyecto de ley tiene como objetivo mejorar el control de infracciones al Código de Aguas mediante la introducción de un procedimiento administrativo sancionador simplificado. Este procedimiento se aplicará a infracciones menores, cuya excepcionalidad o alcance justifica un proceso más ágil y eficiente. El objetivo es reducir los tiempos de tramitación y ofrecer mecanismos más eficaces para disuadir las infracciones.
Dentro de las medidas, se propone adecuar los mecanismos de notificación en los procedimientos administrativos y adaptarlos a la digitalización del Estado. También se incluirá la experiencia de los funcionarios de la Dirección General de Aguas (DGA) para mejorar la eficiencia de los procesos.
El proyecto abarca procedimientos relacionados con multas de baja cuantía, áreas con escasez hídrica, zonas de prohibición para la explotación de aguas subterráneas, y sanciones que no requieran inspección en terreno.
Fuente: senado.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Suprema rechaza recurso contra sentencia por despido improcedente
Ene 29, 2025 | Actualidad Prime
La Cuarta Sala de la Corte Suprema rechazó un recurso de unificación de jurisprudencia presentado por Monsanto Chile S.A., relacionado con una sentencia que acogió la demanda por despido improcedente y cobro de prestaciones de una trabajadora desvinculada.
El fallo unánime, en la causa rol 2.168-2024, ratificó la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago, que previamente confirmó el fallo de primera instancia. La resolución ordenó a Monsanto Chile S.A. pagar $38.382.096 a la exejecutiva, correspondiente al recargo legal del 30% sobre la indemnización por años de servicios.
Argumentos de la Corte Suprema
El tribunal, integrado por las ministras Jessica González, Andrea Muñoz, Mireya López y las abogadas integrantes Leonor Etcheberry y Fabiola Lathrop, evaluó los argumentos presentados por la empresa. En su análisis, concluyó que no existía similitud entre los casos citados por la defensa de Monsanto para sustentar su recurso.
El fallo destacó que en los casos comparados, las cláusulas de los instrumentos colectivos firmados por las partes incluían acuerdos específicos que limitaban el alcance del recargo legal. Sin embargo, estos antecedentes no se replicaban en la causa revisada, lo que descartó la existencia de criterios jurisprudenciales contradictorios.
Decisión final
La Corte concluyó que no se cumplía el requisito de disparidad jurisprudencial necesario para admitir el recurso de unificación. Por ello, ratificó la sentencia dictada el 5 de diciembre de 2023 por la Corte de Apelaciones de Santiago.
La resolución cierra definitivamente la disputa judicial, obligando a Monsanto Chile S.A. a cumplir con el pago de las prestaciones correspondientes a la trabajadora desvinculada.
Fuente: pjud.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Suprema desestima recurso por incumplimiento contractual de remodelación de complejo deportivo
Ene 28, 2025 | Actualidad Prime
En un fallo unánime,identificado con causa rol 58.214-2024, la Primera Sala de la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación en la forma y rechazó el de fondo presentado por LDS Ingeniería y Construcciones Limitada. La empresa buscaba revertir la sentencia que desestimó su demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual contra la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP) y la Federación Internacional de Fútbol Profesional (FIFA). LDS argumentaba un supuesto incumplimiento contractual de remodelación del complejo deportivo Fernando Riera Bauzá.
Argumentos del fallo
El tribunal, compuesto por los ministros Arturo Prado Puga, Mauricio Silva Cancino, María Angélica Repetto García, Mario Carroza Espinosa y María Soledad Melo Labra, analizó la sentencia dictada previamente por la Corte de Apelaciones de Santiago, que ya había confirmado la decisión de primera instancia en contra de la empresa demandante.
En su argumentación, la Corte señaló que el recurso de casación en el fondo no cumplió con los requisitos establecidos en el artículo 772 del Código de Procedimiento Civil. Según el fallo, el escrito no identificó de forma explícita los errores de derecho cometidos en la sentencia impugnada, un requisito indispensable para su admisibilidad.
Consideraciones de la Corte
El tribunal enfatizó que el recurrente no incluyó en su denuncia la transgresión de los artículos 2314 y 2329 del Código Civil, fundamentales para sustentar una acción de responsabilidad extracontractual. Esta omisión generó un vacío que el tribunal no puede corregir debido a la naturaleza estricta del recurso de casación.
Además, el fallo desestimó los argumentos de LDS Ingeniería sobre una supuesta infracción al artículo 170 del Código de Procedimiento Civil, que regula el pronunciamiento sobre las alegaciones principales y la valoración de la prueba. Según la Corte, la sentencia cuestionada cumplió con las disposiciones legales pertinentes.
Tras analizar los antecedentes y los argumentos presentados, la Corte Suprema resolvió rechazar el recurso de casación en el fondo y declaró inadmisible el recurso de casación en la forma. La sentencia ratificó que no existieron errores de derecho que justificaran anular la decisión de las instancias judiciales anteriores.
Con esta resolución, el caso queda cerrado, y LDS Ingeniería no podrá insistir en su demanda de indemnización contra la ANFP y la FIFA.
Fuente: pjud.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte de Puerto Montt ordena permitir mantenimiento en línea eléctrica de alta tensión
Ene 27, 2025 | Actualidad Prime
La Corte de Apelaciones de Puerto Montt acogió un recurso de protección presentado por la empresa Sistema de Transmisión del Sur S.A. contra la propietaria de un terreno en Puerto Varas. La resolución obliga a la propietaria a permitir el ingreso de personal calificado para realizar trabajos de mantenimiento en la franja de seguridad de una línea eléctrica de alta tensión que atraviesa el predio, según lo indicado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).
Fundamentos del fallo
El tribunal, compuesto por los ministros Jaime Vicente Meza Sáez, Moisés Montiel Torres y el abogado integrante Mauricio Cárdenas García, determinó que la negativa de la propietaria a permitir los trabajos constituye un actuar arbitrario. El fallo establece que los árboles dentro de la franja de seguridad podrían representar un riesgo para la infraestructura eléctrica y la continuidad del servicio.
La resolución cita la Circular 204702/2023 de la SEC, que establece las obligaciones de los operadores eléctricos frente a riesgos asociados a vegetación cercana a las líneas de transmisión. Según esta normativa, los concesionarios deben realizar labores de poda o tala de árboles que puedan afectar las líneas y mantener las franjas de seguridad libres de elementos que representen peligro.
Consideraciones de la Corte
El fallo también destacó que la negativa de la propietaria pone en peligro la continuidad del servicio eléctrico y la seguridad de las personas que habitan el predio. Además, subrayó que el derecho de propiedad no puede desconocer limitaciones asociadas a su función social, como las exigencias de seguridad pública.
La Corte ordenó que la propietaria se abstenga de impedir el ingreso de personal autorizado para realizar exclusivamente labores de poda necesarias. También remitió el caso a la SEC de la Región de Los Lagos para que adopte las medidas pertinentes en el marco de sus competencias.
La medida busca garantizar la seguridad de las instalaciones eléctricas y evitar riesgos asociados a la falta de mantenimiento en la línea de alta tensión, instalada hace más de 60 años en el predio.
Fuente: pjud.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Congreso aprueba proyecto que reconoce deuda histórica con profesores
Ene 24, 2025 | Actualidad Prime
El Congreso Nacional avanzó en la reparación de una de las demandas más emblemáticas del profesorado chileno. El proyecto de ley que otorga un aporte único a docentes afectados por la llamada «deuda histórica» quedó listo para convertirse en ley de la República. Este beneficio, dirigido a 57.560 profesores y profesoras que sufrieron perjuicios morales, patrimoniales y previsionales durante la década de los ochenta, busca cerrar un ciclo de espera de más de cuatro décadas.
El proyecto contempla un monto total de $4.500.000, el cual se pagará en dos cuotas: la primera en enero y la segunda en octubre. Para acceder al beneficio, los postulantes deberán cumplir ciertos requisitos, entre ellos la renuncia a presentar reclamaciones legales en instancias nacionales o internacionales.
Además, el programa establece un sistema de priorización basado en la edad, favoreciendo inicialmente a los profesores de mayor edad. Esta medida busca acelerar el impacto en los beneficiarios más vulnerables.
Reconocimientos y desafíos
Durante el debate, las y los legisladores coincidieron en que el monto aprobado es inferior a lo esperado por el gremio docente. Sin embargo, valoraron el esfuerzo del Gobierno y el diálogo con el magisterio. “La manera de construir políticas públicas es con acuerdos”, señalaron, destacando la consulta realizada a los profesores para validar la propuesta.
El ministro de Educación, Nicolás Cataldo, calificó la jornada como trascendental. “Hoy es un día histórico para nuestro país, para nuestra democracia y para los profesores y profesoras que hoy son testigos del proyecto que busca reparar esta deuda histórica”, afirmó.
No obstante, algunas voces expresaron reparos sobre ciertos puntos del proyecto. Las senadoras Yasna Provoste y Ximena Rincón criticaron la exigencia de renunciar a futuras acciones legales, argumentando que esta cláusula podría vulnerar derechos fundamentales del profesorado. A pesar de estas observaciones, el texto fue aprobado en los términos propuestos por el Ejecutivo.
El avance del proyecto generó diversas reacciones en el Congreso. Parlamentarios de todos los sectores políticos destacaron el simbolismo del aporte y reconocieron el sacrificio del profesorado durante décadas de lucha. “Esta no es solo una deuda económica, es también una deuda ética y moral”, expresó el senador Fidel Espinoza.
Un paso hacia la justicia
Con la aprobación de esta iniciativa, el Gobierno cumple un compromiso asumido por el Presidente Gabriel Boric. Aunque insuficiente para compensar las pérdidas históricas, de acuerdo a lo manifestado por los parlamentarios, el aporte es visto como un primer paso hacia el reconocimiento de las injusticias sufridas por el profesorado chileno.
Fuente: senado.cl
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