Comisión de la Cámara aprueba proyecto para exigir información preventiva de pasajeros a aerolíneas

La Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones despachó a la Sala el proyecto de ley que modifica el Código Aeronáutico. Con siete votos a favor, la iniciativa avanzó en el Congreso para exigir a las aerolíneas que proporcionen información preventiva sobre la identidad de los pasajeros a las autoridades policiales.

Los diputados Carlos Bianchi (IND), Felipe Camaño (IND), Cosme Mellado (PR), Jaime Mulet (FRVS), Emilia Nuyado (PS) y Jaime Sáez (FA) respaldaron la propuesta con el objetivo de fortalecer la seguridad nacional y combatir la delincuencia transnacional.

El diputado Carlos Bianchi, autor de la iniciativa, destacó que la medida permitirá identificar y detener a personas buscadas por delitos graves, como tráfico de drogas, terrorismo y trata de personas. Bianchi afirmó que este proyecto representa un paso esencial para mejorar la seguridad en los aeropuertos y garantizar una colaboración efectiva entre aerolíneas y autoridades.

La subdirectora de Inteligencia, Crimen Organizado y Seguridad Migratoria, Prefecta General Consuelo Peña, advirtió que cerca de 50 mil personas viajan a diario sin un control adecuado. Peña resaltó la importancia del proyecto para prevenir delitos y mejorar la coordinación con otras entidades.

Protección de datos y cooperación internacional

El proyecto también contempla protocolos para resguardar los datos personales de los pasajeros y cumplir con las normativas de privacidad vigentes. Además, busca facilitar la cooperación internacional en la lucha contra la delincuencia transnacional, permitiendo un intercambio ágil de información entre países.

Los legisladores subrayaron que la implementación de controles biométricos a cargo de la PDI y el uso del sistema API-PRN agilizará el cruce de información y generará alertas tempranas sobre pasajeros con órdenes de captura pendientes.

Comisión aprueba normas de pesaje para transportes de carga

En la misma sesión, la comisión dio luz verde al proyecto que modifica las normas de autocontrol en el pesaje de vehículos de carga. La iniciativa pretende proteger la infraestructura vial del daño que provocan los camiones con sobrepeso, ampliando la definición de empresas generadoras de carga para incluir a puertos, aeropuertos y centros de distribución.

Jorge Guerra, jefe del Departamento de Pesaje de la Dirección de Vialidad, explicó que el proyecto fortalecerá la fiscalización mediante la instalación obligatoria de sistemas de pesaje y la aplicación de sanciones en caso de incumplimiento.

La medida incluirá a 76 nuevas empresas generadoras de carga dentro de la normativa. Representantes de la Asociación Nacional de Trabajadores de Vialidad (Anatravial) valoraron la decisión y enfatizaron la necesidad de fiscalizaciones más rigurosas, especialmente en zonas rurales donde el paso de camiones con sobrepeso afecta la infraestructura.

Desde la Asociación de Empresarios del Transporte de Carga Internacional (Agetich), sus miembros insistieron en la importancia de fiscalizar las cargas provenientes del Mercosur, ya que muchas de estas no cumplen con la normativa chilena.

Fuente: camara.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Suprema rechaza recurso contra fallo que negó prescripción adquisitiva de propiedad en Las Vertientes

Corte Suprema rechaza recurso contra fallo que negó prescripción adquisitiva de propiedad en Las Vertientes

La Corte Suprema desestimó un recurso de casación en la forma presentado contra la sentencia que rechazó una demanda de prescripción adquisitiva sobre una propiedad en Las Vertientes, comuna de San José de Maipo. La Primera Sala del máximo tribunal determinó que el recurso no cumplía con los requisitos legales para su admisión.

El fallo unánime, emitido en la causa rol 2.538-2025, contó con la participación de los ministros Mauricio Silva Cancino, María Angélica Repetto García, Mario Carroza Espinosa, María Soledad Melo Labra y la abogada integrante María Angélica Benavides Casals. El tribunal concluyó que la presentación carecía de fundamentos adecuados para su procedencia.

Detalles de la decisión

El recurrente argumentó que la sentencia incurrió en un error al limitar la controversia a la prescripción adquisitiva sin considerar la legitimidad del título del demandado. Según la impugnación, este último habría alterado los deslindes del terreno mediante maniobras fraudulentas. Además, el recurso señaló que la resolución omitió pronunciarse sobre la validez del título del demandado y solicitó anular el fallo para acoger la demanda.

El tribunal explicó que la causal de nulidad invocada no se configuró, ya que el fallo de alzada analizó los elementos esenciales de la demanda. Según el análisis de la Corte Suprema, el demandante no poseía un título inscrito que respaldara su posesión, por lo que no podía adquirir la propiedad a través de prescripción adquisitiva, conforme al artículo 2505 del Código Civil.

En su resolución, la Corte Suprema enfatizó que la acción presentada no se dirigía expresamente contra el título del demandado y que la falta de un requisito fundamental impedía evaluar otros argumentos de la demanda. Con base en estos antecedentes, el tribunal rechazó el recurso de casación en la forma interpuesto por el abogado Alfredo Arriagada Figueroa en representación de la parte demandante.

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Suprema rechaza recurso contra condena a radioemisora por daño moral

Corte Suprema rechaza recurso contra condena a radioemisora por daño moral

La Corte Suprema desestimó el recurso de casación presentado contra la sentencia que ordenó a la sociedad Publicaciones y Difusión SA (radio Agricultura) pagar una indemnización de $5.000.000 por daño moral. La sanción se dictó debido a la difusión de una noticia en la que la emisora atribuyó, de manera negligente, responsabilidad en un delito de “abuso sexual” a un director de contenidos de un canal de televisión.

En un fallo unánime, la Primera Sala del máximo tribunal declaró inadmisible el recurso por errores en su formulación. Los ministros Mauricio Silva Cancino, María Angélica Repetto García, Mario Carroza Espinosa, María Soledad Melo Labra y la abogada (i) Fabiola Lathrop Gómez analizaron los argumentos del recurrente y concluyeron que no cumplían con los requisitos legales.

Argumentos del fallo

El recurrente alegó que la sentencia incurría en causales de nulidad establecidas en el Código de Procedimiento Civil. Según su postura, los jueces de la instancia anterior redujeron el monto de la indemnización sin fundamentar adecuadamente su decisión y omitieron consideraciones sobre la adhesión a la apelación. Además, afirmó que la resolución presentaba contradicciones al modificar la indemnización sin alterar otros fundamentos del fallo original.

El fallo del tribunal rechazó estos planteamientos y aclaró que la sentencia sí contenía las consideraciones de hecho y derecho necesarias. Según los ministros, la reducción del monto indemnizatorio tomó en cuenta que el daño reclamado no se originó únicamente por la acción de la demandada. Por esta razón, concluyeron que el recurso no planteaba una falta formal, sino una discrepancia sustantiva con la decisión judicial.

En cuanto a la supuesta contradicción en la sentencia, el tribunal descartó esta afirmación. Explicó que el fallo impugnado no contenía resoluciones incompatibles, sino que confirmaba, con una modificación, la decisión de primera instancia.

Decisión final

Tras analizar los antecedentes, la Corte Suprema resolvió que el recurso de casación en la forma no cumplía con los requisitos exigidos por la ley y, por lo tanto, no podía prosperar. Con esta decisión, se mantiene la condena contra radio Agricultura por daño moral debido a la difusión de información errónea que perjudicó la reputación del afectado.

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte de Apelaciones anula multa contra empresa por incendio de bodegas en Pudahuel

Corte de Apelaciones anula multa contra empresa por incendio de bodegas en Pudahuel

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que anuló la multa impuesta a la sociedad de almacenamiento industrial Bodegas San Francisco. La sanción se aplicó tras el incendio ocurrido en marzo de 2020 en una de sus instalaciones del complejo Puerto Madero, en Pudahuel. El siniestro comenzó en la bodega B-9, arrendada por la empresa Obras Civiles y Tronaduras Explonun Limitada.

En un fallo unánime, identificado con causa rol 12.208-2022, la Séptima Sala del tribunal de alzada ratificó la decisión del 14° Juzgado Civil de Santiago, que absolvió a Bodegas San Francisco de los cargos formulados por la Secretaría Ministerial de Salud de la Región Metropolitana. El ministro Juan Cristóbal Mera, la ministra Paula Rodríguez y el abogado integrante Jorge Gómez respaldaron la resolución.

El fallo destacó que la empresa tenía motivos plausibles para litigar y, por lo tanto, no debía asumir el pago de las costas del proceso.

Anulación de la multa y argumentos del fallo

El tribunal revocó la sentencia en el punto que imponía costas a la empresa y resolvió eximirla de ese pago. Sin embargo, el ministro Mera votó en contra de esta revocación y respaldó la condena en costas.

La sentencia de primera instancia concluyó que los hechos investigados no configuraban infracciones a las normas sanitarias. En consecuencia, el tribunal decidió acoger la reclamación de Bodegas San Francisco y dejó sin efecto la multa de 350 Unidades Tributarias Mensuales impuesta por la Seremi de Salud Metropolitana.

Así, la empresa quedó libre de cargos y sin sanciones económicas, cerrando el proceso judicial iniciado tras el incendio.

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Senado avanza en propuesta para reconocer el deporte profesional

Senado avanza en propuesta para reconocer el deporte profesional

La Comisión de Cultura, Patrimonio, Artes, Deportes y Recreación del Senado aprobó una moción que busca definir el deporte profesional dentro del marco legal y fomentar su desarrollo en diversas disciplinas. Ahora, el proyecto pasará a la Sala del Senado para su discusión.

¿Qué plantea el proyecto?

Los senadores Sebastián Keitel, José Miguel Durana, Alejandro Kusanovic, Esteban Velásquez y la senadora Alejandra Sepúlveda impulsaron la iniciativa con el objetivo de darle relevancia a la práctica deportiva profesional.

La propuesta modifica la ley 19.712 del Deporte e introduce la siguiente definición:

“Se entenderá por deporte profesional aquella modalidad deportiva practicada por una persona natural que, en virtud de un contrato de trabajo, bajo dependencia y subordinación de una entidad deportiva, recibe por ello una remuneración”.

Además, el proyecto incorpora modificaciones a la ley 20.686, que regula el Ministerio del Deporte, para que dicha entidad formule programas y acciones que fomenten, promuevan y desarrollen el deporte profesional en sus distintas especialidades, con énfasis en la participación social y comunitaria.

Argumentos de los autores

Los parlamentarios destacaron que la legislación deportiva actual no considera explícitamente el deporte profesional, lo que genera un vacío legal que limita el rol del Ministerio del Deporte en esta área.

Indicaron que la ley 20.019, que regula las Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales, responde principalmente a las necesidades del fútbol, sin abordar otras disciplinas.

Asimismo, señalaron que si bien existe una definición legal para el “deportista profesional”, la normativa carece de un concepto claro sobre el deporte profesional como modalidad. Esto, según los legisladores, genera inconsistencias y afecta el desarrollo de diversas disciplinas fuera del fútbol.

Finalmente, hicieron un llamado a establecer normas que promuevan la profesionalización de otras disciplinas deportivas y fomenten el profesionalismo femenino en el ámbito deportivo.

Fuente: senado.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Senado revisa proyecto que refuerza responsabilidad en el transporte escolar