La Comisión de Salud aprueba proyecto para regular licencias médicas

La Comisión de Salud de la Cámara de Diputadas y Diputados, de forma unánime, respaldó el proyecto (boletín 14845) que propone modificar la Ley 20.585, relativa al otorgamiento y uso de licencias médicas. Este proyecto, en su esencia, tiene como objetivo fortalecer las regulaciones en torno a estas licencias, buscando intensificar la fiscalización y prevenir situaciones de fraude.

La propuesta en su segundo trámite constitucional plantea que solo los prestadores de salud debidamente inscritos en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud podrán expedir licencias médicas. Además, establece requisitos específicos para la Licencia Médica Electrónica y el registro clínico electrónico, junto con la habilitación de una plataforma de telemedicina que garantice la calidad tanto técnica como clínica de la atención, asegurando la identidad del prestador y del paciente.

Durante la discusión parlamentaria, los legisladores de la Comisión de Salud enfatizaron la necesidad de avanzar en una legislación que permita prevenir posibles fraudes, aumentando al mismo tiempo los mecanismos de control sobre el uso de las licencias médicas.

Se acordó unánimemente que el tema necesita de una regulación más sólida, pero se reconoció la necesidad de perfeccionar el proyecto mediante la presentación de indicaciones, las cuales podrán ser ingresadas hasta el próximo 19 de enero.

El texto contempla sanciones severas por mal uso de licencias médicas. Durante los procesos administrativos, se podrá suspender provisionalmente la emisión de licencias médicas para el profesional investigado si existen indicios de ausencia de justificación médica para la emisión de las mismas.

En situaciones donde los hechos puedan constituir delitos, el funcionario que dictaminó la suspensión deberá informar estos hechos a las autoridades correspondientes, ya sea al Ministerio Público o a la policía en ausencia de una fiscalía en el lugar de servicio del funcionario.

La Superintendencia podrá suspender hasta por 180 días la facultad de emitir licencias médicas si se comprueba la emisión sin fundamento médico, acompañada de una multa fiscal de hasta 140 unidades tributarias mensuales, duplicable en casos de reincidencia.

En situaciones de reiterada reincidencia, la suspensión podría ser desde un año hasta perpetua, con multas que podrían alcanzar hasta las 600 unidades tributarias mensuales. Estas medidas buscan disuadir y sancionar enérgicamente la emisión indebida de licencias médicas.

Fuente: camara.cl

Prohíben testeo en animales para productos cosméticos: impacto en la industria y consumidores

La aprobación unánime de la modificación del Código Sanitario prohíbe la experimentación animal en productos cosméticos en Chile. El proyecto, despachado por la Sala del Senado, busca crear conciencia sobre la relación entre el entorno y la biodiversidad.

La legislación impide la experimentación animal, así como la importación y comercialización de productos testeados en animales. Esta medida tiene su base en la disponibilidad de métodos alternativos para garantizar la seguridad de los cosméticos sin el uso de animales.

El Senador Juan Luis Castro, presidente de la Comisión de Salud, señaló que esta normativa pone fin a métodos crueles e incompatibles con el trato a seres sintientes. Senadores como Ximena Órdenes, Loreto Carvajal y Francisco Chahuán aplaudieron la iniciativa que reconoce a los animales como seres sintientes. Castro Prieto indagó sobre certificaciones y alternativas para experimentación científica.

La nueva ley restringe ingredientes, procedimientos y experimentos en productos cosméticos. Esto impulsará el uso de etiquetas como «libre de crueldad o no testado en animales» para informar a los consumidores. La norma entra en vigencia dentro de doce meses tras su publicación en el Diario Oficial, alineando a Chile con otros 44 países que prohíben el testeo animal en la industria cosmética.

Fuente: senado.cl

Juzgado Civil de Talcahuano ordena indemnización a madre y paciente siquiátrico por automutilación

El Primer Juzgado Civil de Talcahuano emitió un fallo que obliga al Servicio de Salud a indemnizar a una madre y a su hijo, un paciente siquiátrico internado en la Unidad de Pacientes Agudos (UPA) del Hospital Las Higueras. La suma total asciende a $75.000.000, concebida como compensación por daño moral. Esta decisión judicial surge a raíz de un dramático incidente en el que el paciente perdió un ojo debido a una autolesión.

El magistrado a cargo, Leonardo Llanos Lagos, estableció una severa crítica hacia el nosocomio, apuntando a la carencia de un protocolo de atención adecuado para pacientes con patologías mentales que requieren contención psicomotora. El fallo resalta la falta de supervisión y vigilancia necesarias para pacientes sujetos a contención psicomotora, subrayando que el personal designado no estaba realizando estas tareas al momento de la autolesión.

El tribunal hizo hincapié en la ausencia de una delimitación clara de responsabilidades en el documento que regula el funcionamiento de la UPA, lo que generó deficiencias evidentes. Se argumentó que estas deficiencias son el resultado de un diseño protocolar incompleto que obvió establecer la responsabilidad en la atención y cuidado de los pacientes psiquiátricos internados en dicha unidad.

El fallo también subraya que el Estado tiene la obligación de garantizar la seguridad de estos pacientes, demandando una diligencia particular y más rigurosa debido a sus condiciones especiales, en comparación con los pacientes sin patologías psíquicas.

La resolución judicial detalla que tanto el paciente como su madre experimentaron daño moral significativo debido a la pérdida de visión del ojo derecho del paciente, lo que afectó su autonomía, independencia y generó un dolor físico considerable. La madre, por su parte, sufrió un profundo sufrimiento, dolor y angustia como resultado de la pérdida de visión de su hijo, lo que alteró significativamente su estilo de vida, dedicándose exclusivamente al cuidado de él.

El fallo concluye enfatizando que la omisión del servicio de salud respecto a las funciones específicas del personal de la UPA fue la causa directa de los daños sufridos por ambos demandantes. De haber existido un diseño organizacional adecuado en dicha unidad, es probable que el incidente no hubiera tenido lugar.

Fuente: pjud.cl

Ordenan indemnizar a familiares de ciclista atropellado en Quilicura

Origen: 22° Juzgado Civil de Santiago Fecha: 6 de noviembre de 2023 Causa rol: 15969-2020

El Vigesimosegundo Juzgado Civil de Santiago emitió un fallo que ordena a la sociedad Comercial Maipo y Compañía SA pagar una indemnización total de $285.456.000 a la familia de un ciclista fallecido tras ser atropellado por un tracto camión de dicha empresa. El lamentable accidente tuvo lugar el 11 de septiembre de 2019 en la comuna de Quilicura.

La sentencia, dictada por la magistrada Lorena Cajas Villarroel en la causa rol 15.969-2020, estableció la responsabilidad de la demandada en este trágico suceso. La empresa fue considerada responsable como propietaria del vehículo de carga y remolque cuyo conductor no estaba atento a las condiciones del tránsito en el momento del accidente.

El fallo detalla que mediante un instrumento legal, específicamente la sentencia condenatoria en la causa RUC 2486-2020 ante el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago, se condenó al conductor del camión, don Eduardo Antonio Sánchez Sepúlveda, a una pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo y la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor de cuasidelito de homicidio.

El accidente ocurrió cuando, el 11 de septiembre de 2019, el conductor del camión realizó una maniobra de viraje a la derecha en la intersección de avenida Américo Vespucio con avenida Central en Quilicura. Esta maniobra no respetó el derecho preferente de paso de la bicicleta conducida por la víctima, según se evidenció en el proceso judicial.

La resolución del tribunal también señala que, conforme al artículo 169 de la Ley 18.290, la empresa Comercial Maipo y Cía S.A. es solidariamente responsable de los daños ocasionados por el uso de sus vehículos, dado que se demostró su propiedad del tractocamión y el semirremolque involucrados en el accidente.

La demanda no logró acreditar que el conductor utilizara el vehículo contra su voluntad, eximiendo así la responsabilidad de la demandada. En consecuencia, el tribunal consideró que los daños resultantes del accidente de tránsito pueden ser imputados a la empresa como propietaria de los vehículos involucrados.

En resumen, el fallo del Vigesimosegundo Juzgado Civil de Santiago establece la responsabilidad de Comercial Maipo y Compañía SA en el accidente que resultó en la muerte del ciclista, ordenando una indemnización significativa para los familiares.

Fuente: pjud.cl

Senado aprueba ley de reajuste salarial para el sector público en Chile

El Senado, con una mayoría sólida, aprobó un proyecto de ley que prepara el terreno para ser promulgado como una nueva legislación, que tiene como propósito realizar un reajuste salarial para el sector público en el año 2024. Este proyecto, tras un intenso debate, abarca no solo un aumento del 4,3% en los sueldos públicos, sino también varias medidas adicionales, como la extensión del Bolsillo Familiar Electrónico, cambios en el Indicador de Costos de la Salud (ICSA) y ajustes en los contratos de salud.

El presidente del Senado, Juan Antonio Coloma, destacó la capacidad de llegar a acuerdos valiosos cuando existe un diagnóstico compartido y una voluntad de respuesta conjunta. A pesar de la aprobación inicial tanto en la Comisión de Hacienda como en la Cámara de Diputados, se realizaron votaciones separadas, especialmente en temas como la modificación del procedimiento para el ICSA, generando debates intensos.

El proyecto, detallado por el presidente de la Comisión de Hacienda, senador Ricardo Lagos, no solo contempla el reajuste del 4,3%, sino también bonificaciones y ajustes diversos para el sector activo. Sin embargo, el amplio alcance de esta legislación miscelánea generó opiniones divididas, especialmente en torno al ICSA, considerado por algunos como un salvataje a las Isapres y por otros como una medida necesaria para evitar una crisis en el sistema de salud.

Los debates también resaltaron la necesidad de modernizar el Estado, con especial énfasis en regular el teletrabajo en el sector público, un aspecto que no fue abordado en la legislación anterior sobre conciliación de vida familiar y laboral. El ministro de Hacienda anunció la presentación de una nueva iniciativa al respecto a finales de diciembre para su discusión inmediata en enero.

En términos concretos, el proyecto establece un reajuste del 4,3% con la posibilidad de un adicional del 0,5% si el Índice de Precios al Consumidor (IPC) supera el 3,8% en un lapso de 12 meses a partir de abril de 2024. También se detallan incrementos en bonos, asignaciones y aportes a distintos sectores del servicio público y se abordan aspectos como el ICSA para el año 2024, los planes de retiro, ajustes en las normativas vigentes y compromisos de gestión para el año 2024.

Fuente: senado.cl

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