Feb 21, 2025 | Actualidad Prime
La Comisión de Constitución del Senado finalizó el estudio en particular del proyecto que crea el Servicio Nacional de Acceso a la Justicia y la Defensoría de Víctimas de Delitos. Con este avance, la iniciativa pasó a la Comisión de Hacienda para su discusión, cumpliendo así su segundo trámite en la Cámara Alta.
El nuevo servicio garantizará el acceso a la justicia mediante orientación legal, asesoría y representación jurídica para quienes no puedan costear estos servicios o formen parte de grupos de especial protección. Además, ofrecerá apoyo psicológico y social, representación jurídica para víctimas de delitos y administración del sistema de mediación familiar.
El senador Alfonso de Urresti, presidente de la Comisión de Constitución, destacó que la iniciativa fortalecerá el acceso a la justicia a nivel nacional. También resaltó que las corporaciones de asistencia judicial recibirán más recursos, se regionalizarán y contarán con un mayor número de funcionarios.
Estatuto para víctimas y estructura del servicio
Uno de los últimos aspectos definidos en la discusión abordó el estatuto de las víctimas. De Urresti explicó que este conjunto de normas busca garantizar una atención adecuada, no solo mediante asistencia, sino también con información clara sobre sus derechos.
El proyecto establece que el Servicio Nacional de Acceso a la Justicia y la Defensoría de Víctimas funcionará como un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Su supervisión recaerá en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos bajo la dirección del Presidente o la Presidenta de la República.
Un director o directora nacional encabezará la administración del servicio. Este deberá contar con al menos diez años de experiencia como abogado y conocimientos comprobados en las áreas de competencia del organismo. La estructura del servicio incluirá cuatro subdirecciones y Direcciones Regionales, cuyas autoridades deberán cumplir con requisitos similares en sus respectivas funciones.
El proyecto también dispone que este nuevo servicio asumirá las funciones de las actuales Corporaciones de Asistencia Judicial, las cuales operan de manera autónoma en el país. En la actualidad, existen cuatro corporaciones que desempeñan este rol.
Fuente: senado.cl
Otras noticias de actualidad jurídica:Comisión de Salud del Senado impulsa ley para una alimentación laboral saludable
Feb 20, 2025 | Actualidad Prime
Los integrantes de la Comisión de Salud del Senado presentaron un proyecto que regula las modalidades bajo las cuales los empleadores proporcionarán alimentos a sus trabajadores. La iniciativa busca garantizar una alimentación laboral equilibrada en macronutrientes y contribuir a la reducción del sobrepeso y la obesidad en la población adulta.
El senador Sergio Gahona, junto a los legisladores Ximena Órdenes, Juan Luis Castro, Francisco Chahuán y Javier Macaya, promovieron la propuesta que establece una ley marco sobre alimentación saludable en el entorno laboral.
Objetivos del proyecto
El documento, que ingresó a su primer trámite en la Comisión de Salud, refuerza la responsabilidad del Estado en la promoción del acceso a una alimentación saludable. Además, plantea la necesidad de fomentar una cultura de vida sana y desarrollar una política nacional de alimentación laboral con apoyo de los ministerios pertinentes.
Los parlamentarios respaldaron la iniciativa con datos de la última Encuesta Nacional de Salud (2017), que señala que el 39,8% de la población presenta sobrepeso, el 31,2% padece obesidad y el 3,2% sufre obesidad mórbida. También citaron un estudio de The Lancet, el cual revela que en 1990 el 20% de las mujeres chilenas vivía con obesidad, cifra que aumentó al 45% en 2022. En los hombres, el porcentaje pasó del 20% al 30,5%.
La moción destaca que gran parte de la vida transcurre en el entorno laboral, por lo que la alimentación en este espacio debe considerarse un factor clave para mejorar la salud de la población.
Contenido del proyecto
El documento define que el Estado promoverá el acceso a una alimentación sana, nutritiva, equilibrada y suficiente en el ámbito laboral. También establece que el Estado deberá impulsar una cultura de vida saludable y velar por el cumplimiento de los derechos de los trabajadores en este ámbito.
Además, el proyecto regula las modalidades bajo las cuales los empleadores deberán proporcionar alimentación a sus trabajadores. Entre las opciones, considera la entrega de comida en casinos o comedores habilitados, convenios con restaurantes, sistemas de intermediación físicos o digitales, y cualquier otra modalidad que cumpla con los requisitos legales.
Los empleadores deberán garantizar que los alimentos entregados contribuyan a una dieta saludable, con el propósito de mejorar la calidad de vida y la salud de los trabajadores.
Finalmente, la propuesta contempla la implementación de una Política Nacional de Alimentación Laboral, que permitirá evaluar la coherencia entre la normativa vigente y el objetivo de una alimentación equilibrada, además de definir las acciones necesarias para fortalecer la salud en el ámbito laboral.
Fuente: senado.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Suprema rechaza recurso y ratifica término de contrato de arriendo por deuda
Feb 19, 2025 | Actualidad Prime
La Corte Suprema rechazó un recurso de casación en el fondo que buscaba anular la sentencia que ordenó el término de un contrato de arriendo por no pago de renta en la comuna de Las Condes.
En un fallo unánime (causa rol 212-2025), la Primera Sala del máximo tribunal, integrada por los ministros Arturo Prado Puga, Mauricio Silva Cancino, María Angélica Repetto García, Hernán Crisosto Gresisse y el abogado Álvaro Vidal Olivares, confirmó la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago. La decisión obliga al arrendatario a pagar $3.333.334 por rentas adeudadas y una multa proporcional de $833.334.
Argumentos del recurrente y rechazo del recurso
El demandante alegó que la sentencia violó los artículos 6 y 21 de la Ley N°18.101 al establecer una fecha errónea para la restitución del inmueble. Solicitó la invalidación del fallo y la confirmación íntegra de la sentencia de primera instancia.
Sin embargo, la Corte Suprema descartó los argumentos y enfatizó que el recurso de casación en el fondo debe expresar con claridad los errores de derecho cometidos en la sentencia. Según el fallo, el recurrente omitió fundamentar su denuncia en normas esenciales como los artículos 1942 y 1977 del Código Civil y los artículos 1, 7 y 8 de la Ley N°18.101.
Fundamentos del fallo
El tribunal explicó que, en un procedimiento sumario por término de contrato de arriendo, el recurrente debía señalar las normas aplicadas erróneamente y demostrar su impacto en la resolución del caso. Al no hacerlo, el recurso careció de sustento legal.
Finalmente, la Corte Suprema resolvió rechazar el recurso de casación y mantener la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago el 5 de diciembre de 2024.
Fuente: pjud.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Suprema absuelve a acusado por desacato tras descubrir falso testimonio
Feb 18, 2025 | Actualidad Prime
La Corte Suprema absolvió a Claudio Andrés Salazar Caballero, quien había sido condenado por dos delitos de desacato en un caso de violencia intrafamiliar. La Segunda Sala del máximo tribunal revocó la sentencia original y dictó una de reemplazo, luego de establecer que el testimonio clave en el juicio resultó ser falso.
Revisión de la condena
El Ministerio Público presentó la solicitud de revisión de condena y el tribunal acogió el requerimiento en un fallo unánime identificado con causa rol 250.710-2023. Los jueces Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, Eliana Quezada, María Carolina Catepillán y el abogado integrante Eduardo Gandulfo determinaron que la nueva investigación demostró la falsedad del testimonio entregado durante el juicio.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar había condenado a Salazar Caballero el 12 de marzo de 2021, pero una nueva sentencia del mismo tribunal concluyó que la denunciante, Najd Nouri, incurrió en falso testimonio durante el proceso.
Fallo del máximo tribunal
El fallo de la Corte Suprema destacó que la revisión de la condena permitió corregir un error judicial. “Los hechos nuevos, desconocidos durante el pleito y descubiertos con posterioridad, son suficientes para comprobar la inocencia del acusado”, señala la resolución.
Además, el fallo subraya que la acción de revisión busca garantizar que la justicia prevalezca sobre la seguridad jurídica de la cosa juzgada. Con base en esta premisa, la Corte anuló la condena y dictó la sentencia de reemplazo, absolviendo al acusado.
En su resolución, la Corte Suprema declaró que Claudio Andrés Salazar Caballero queda absuelto de los cargos de desacato por hechos ocurridos en Viña del Mar el 21 de abril y el 2 de octubre de 2019.
Fuente: pjud.cl
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Suprema rechaza recurso de casación y ratifica indemnización a transeúnte atropellado
Feb 17, 2025 | Actualidad Prime
La Corte Suprema confirmó la sentencia que obliga a una conductora a pagar $7.000.000 por daño moral a un transeúnte, tras atropellarlo al no respetar un semáforo en rojo. El accidente ocurrió en Punta Arenas, en mayo de 2018.
Decisión unánime del máximo tribunal
En un fallo unánime (causa rol 60.720-2024), la Primera Sala del máximo tribunal rechazó el recurso de casación en el fondo presentado contra la sentencia. Los ministros Arturo Prado Puga, Mauricio Silva Cancino, María Angélica Repetto García, María Soledad Melo Labra y Hernán Crisosto Greisse concluyeron que el recurso carecía de fundamento.
El fallo destacó que la argumentación presentada no logró demostrar errores de derecho en la sentencia recurrida. Según el tribunal, la recurrente señaló la supuesta infracción de normas sobre regulación de la prueba, pero omitió mencionar las normas sustantivas que definieron el caso, como los artículos 2314 y 2329 del Código Civil.
Fundamentos del rechazo
La resolución también explicó que el artículo 1698 del Código Civil, al establecer la distribución de la carga probatoria, no puede considerarse una norma reguladora de la prueba en este caso. Además, el tribunal determinó que no se invirtió la carga de la prueba y que la valoración de los antecedentes se realizó correctamente.
Ante estos argumentos, la Corte Suprema concluyó que el recurso de casación carecía de sustento jurídico y confirmó la condena impuesta a la conductora por atropellar a transeúnte.
Fuente: pjud.cl
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