Corte de Santiago ratifica multa a cadena de farmacias por cambios unilaterales en la jornada laboral

El recurso de nulidad interpuesto por Farmacias Ahumada SpA fue rechazado por la Corte de Apelaciones de Santiago. La sentencia que confirmó la multa de la Inspección del Trabajo fue ratificada. La sanción fue aplicada tras acreditarse la modificación unilateral de la jornada laboral de los trabajadores.

Análisis de los motivos de nulidad

En fallo unánime (causa rol 3.189-2024), la Duodécima Sala descartó infracciones en la sentencia previa del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo. Fue invocado en la letra e) del artículo 478 del Código del Trabajo como causal principal. La defensa de la empresa acusó una supuesta omisión en el análisis de pruebas.

El tribunal aclara que, según el artículo 459 N°4, un fallo debe contener el análisis de la prueba y el razonamiento judicial. El recurso de nulidad intentado acusaba una omisión (no haber valorado las pruebas), pero la Corte determinó que lo que la empresa realmente criticaba era que el juez no llegó a la conclusión que ellos deseaban.

En términos jurídicos, se establece que un análisis defectuoso o una valoración con la que una parte no está de acuerdo no equivale a una ausencia de análisis. Por lo tanto, no se configura la causal de nulidad de la letra e) del artículo 478 del Código del Trabajo, pues el sentenciador sí cumplió con su deber legal de razonar sobre la evidencia.

Confirmación de la conducta unilateral

La forma de comunicación entre la empresa y el sindicato fue analizada en el fundamento octavo del fallo original. Fue valorada la correspondencia incorporada y los testimonios presentados durante el juicio laboral. De estos antecedentes, el sentenciador concluyó que la reducción de jornada fue ejecutada de forma unilateral.

La sentencia del diecinueve de agosto de 2024 fue declarada como válida y no nula por el tribunal de alzada. El recurso de nulidad deducido en la causa RIT I-498-2024 fue finalmente desestimado. La conducta de la cadena de farmacias fue sancionada conforme a la normativa vigente.

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte de Valparaíso ordena devolución de descuentos indebidos a trabajadores de salud municipal

Corte Suprema ratifica fallo por prácticas antisindicales tras denuncia

La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia de la empresa Carozzi S.A. El sindicato de alimentos presentó originalmente la denuncia por práctica antisindical que el tribunal acogió. Los magistrados desestimaron el arbitrio especial al no cumplir con los requisitos legales básicos.

Inadmisibilidad del recurso y normativa laboral

La Cuarta Sala dictó un fallo unánime en la (causa rol 48.882-2025). Las ministras Chevesich, Muñoz, González, López y el abogado Urquieta integraron el tribunal. La Sala Laboral reiteró que el artículo 483 del Código del Trabajo exige interpretaciones distintas de tribunales superiores para que el recurso proceda.

El tribunal controla la existencia de fundamentos y la relación de materias de derecho según el artículo 483-A. La recurrente debe acompañar copias de los fallos que sustentan su postura jurídica. En este caso, la empresa no cumplió con las exigencias de admisibilidad que establece la normativa vigente.

Carácter particular de la controversia jurídica

La empresa intentó determinar si la modificación unilateral de funciones constituye una práctica antisindical. Sin embargo, los ministros concluyeron que el planteamiento depende de los hechos específicos de cada caso. La Corte Suprema calificó el asunto como un tema de carácter casuístico y eminentemente particular.

Los juzgadores explicaron que estas circunstancias impiden comparar la sentencia con otros dictámenes judiciales. Por esta razón, el máximo tribunal rechazó el intento de unificar la jurisprudencia en el terreno de lo concreto. La sentencia que sanciona la conducta de la empresa alimentaria quedó firme.

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Sueldo mínimo alcanzará los $539 mil en enero de 2026 tras alza histórica

Corte de Santiago confirma sanción a supermercado por falta de control de temperatura

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad interpuesto por Jumbo Supermercados Administradora Limitada. El tribunal confirmo la multa de 60 UTM por la ausencia de sistemas de control de temperatura en un local. La sentencia original fue dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo.

Análisis de la prueba y hechos asentados

En fallo unánime (causa rol 3.541-2024), la Duodécima Sala descartó errores de hecho en la sentencia recurrida. Los ministros establecieron que la empresa no desvirtuó las faltas detectadas. Se concluyó que no existían condiciones de ventilación adecuadas para resguardar la salud de los trabajadores en el establecimiento.

Improcedencia del recurso y normativa legal

La Sala desestimó la nulidad porque la empresa pretendía alterar las conclusiones del juez de base. Los magistrados determinaron que los argumentos cuestionaban la sana crítica de forma inadmisible. Los artículos 479, 481 y 482 del Código del Trabajo sustentan la multa contra la parte reclamante en contra de la sentencia de veintitrés de septiembre dos mil veinticuatro, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Suprema condena contra Isapre tras rechazar beneficios GES para paciente oncológico

Corte Suprema mediante fallo desestima demanda por despido y cobro de prestaciones

La Corte Suprema rechazó el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto por la parte demandante en el caso de una trabajadora desvinculada por La Polar SA. El fallo unánime (causa rol 46.436-2024) desestimó el recurso, ya que la materia propuesta no constituía un asunto habilitante del arbitrio especial.

El recurso buscaba determinar si la causal de despido por «necesidades de la empresa» (artículo 161 del Código del Trabajo) solo puede invocarse por factores económicos objetivos ajenos a la voluntad del empleador, o si basta la «racionalización de la empresa» o una reestructuración interna para configurarla.

Inexistencia de Interpretación Divergente

La parte recurrente argumentó que la causal de «necesidades de la empresa» solo debe sostenerse en factores económicos graves y prolongados, y no en proyecciones comerciales subjetivas o reestructuraciones unilaterales que no se explicaron debidamente en la carta de despido.

La Corte de Apelaciones desestimó el recurso de nulidad de la demandante artículo 477 del Código del Trabajo, señalando que las conclusiones del fallo de instancia no fueron alteradas y que la normativa pertinente por infracción a lo dispuesto en su artículo 161 inciso primero, se aplicó correctamente a los hechos establecidos.

Finalmente, la Corte Suprema determinó que el recurso de unificación no podía prosperar porque el fallo impugnado carecía de un pronunciamiento sobre la materia de derecho. Esto se debía a que la Corte de Apelaciones estimó que el recurso pretendía alterar los hechos ya probados en la instancia, por lo tanto, no se desarrolló una interpretación normativa divergente que debiera resolverse.

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte de Santiago ordena reabrir acceso a edificio para personas con movilidad reducida

Corte de Santiago confirma multa a empresa por incumplir beneficio de amamantamiento

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad de Kentucky Foods Chile Limitada. La sentencia fijó la multa en 105 UTM por no otorgar el beneficio de amamantamiento a una trabajadora.

En fallo unánime (causa rol 3.002-2024), la Duodécima Sala descartó infracción de ley en la sentencia. Dicha sentencia, emanada del Segundo Juzgado del Trabajo, acogió parcialmente la reclamación de multa e hizo una rebaja de 210 a 105 UTM que deberá pagar la empresa.

Fundamentos de la Nulidad Rechazada

El tribunal sostuvo que la causal de nulidad principal, contemplada en el artículo 477 del Código de Trabajo, tiene por fin la correcta aplicación del derecho a los hechos probados. Esta causal supone la aceptación de los hechos de la sentencia.

Se señaló que el recurso es improcedente porque la recurrente no denunció la transgresión de las normas decisorias litis. Estas son los artículos 208, 506 y 505 A del Código del Trabajo, relativos a la cuantía de la multa impuesta.

Además, la empresa no refutó los fundamentos que sirvieron de sustento para la rebaja de la sanción, lo cual llevó a descartar inobservancia del artículo 506 quater del Código del Trabajo.

Decisión Final

La Corte concluyó que los fundamentos del juez de base no contienen errores de derecho. Por lo tanto, se resolvió que se rechaza el recurso de nulidad deducido por la parte reclamante. La sentencia del juzgado no se declaró nula.

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Comisión analiza la continuidad del Programa Más Adulto Mayor Autovalente