Condenan a 8 años de prisión por robo con violencia en Santiago

En una decisión unánime,  el Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago sentenció a Manuel Enrique Torres Guevara a 8 años de prisión efectiva por el delito consumado de robo con violencia. El hecho ocurrió en septiembre de 2021 en Peñalolén.

El tribunal, conformado por las magistradas Alejandra García Bocaz, Colomba Guerrero Rosen y Olga Ortega Melo (redactora), también impuso a Torres Guevara las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos, derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante la condena.

Además de la pena de prisión, el tribunal ordenó la toma de muestras biológicas de Torres Guevara para su inclusión en el registro nacional de ADN de condenados, una vez que el fallo quede ejecutoriado.

El fallo estableció que en la madrugada del 7 de septiembre de 2021, Torres Guevara abordó el automóvil de la víctima, Nicolás Germán Varela Donoso, en la comuna de Peñalolén. Armado con un cuchillo, lo intimidó, exigiendo la entrega de su celular. Tras avanzar unas cuadras, Torres Guevara apuñaló a Varela Donoso, huyendo con el vehículo y las pertenencias de la víctima. La víctima sufrió una lesión leve como consecuencia del ataque, según el informe de atención de urgencia.

Al determinar la pena, el tribunal consideró la actitud agresiva de Torres Guevara, demostrativa de un desprecio por la integridad física de la víctima. La sentencia se basó en el artículo 436 inciso primero del Código Penal, imponiendo el presidio mayor en su grado mínimo debido a la falta de circunstancias atenuantes.

Fuente: pjud.cl

Condenan a cuatro marinos por secuestro con grave daño en Quillota

En un fallo histórico, el Ministro en visita extraordinaria, Max Cancino Cancino, condenó a cuatro exmarinos de la Armada por el secuestro con grave daño de Carlos Francisco Otazo Román, ocurrido en abril de 1974. El tribunal dictaminó penas de 5 años y un día de presidio efectivo, junto con accesorias legales, para Juan de Dios Reyes Basaur, Valentín Evaristo Riquelme Villalobos, Héctor Vicente Santibáñez Obreque y Sergio Hevia Febres.

El ministro Cancino Cancino absolvió a los acusados Gilda Mercedes Ulloa Valle y Guillermo Tomás Morera Hierro, descartando su participación en el secuestro.

En el ámbito civil, el tribunal desestimó la prescripción opuesta por el fisco, ordenando el pago de una indemnización de $80.000.000 por daño moral a la víctima.

En la resolución, (causa rol 258-2017) el ministro en visita estableció con certeza que Otazo Román fue detenido en la vía pública en Quillota, trasladado al cuartel Silva Palma en Valparaíso y sometido a interrogatorios, golpizas y torturas con corriente eléctrica. Posteriormente, fue llevado a la Cárcel Pública de Valparaíso y juzgado por un Consejo de Guerra.

La sentencia del Consejo de Guerra, emitida el 14 de marzo de 1975, condenó a Otazo Román a penas de extrañamiento y presidio menor. Sin embargo, el 23 de abril de 1975, se aprobó una nueva sentencia, dejándolo condenado a extrañamiento menor. Carlos Francisco Otazo Román se exilió con su familia en Oslo, Noruega.

Este fallo marca un hito en la justicia chilena al reconocer y condenar actos cometidos durante la dictadura militar. El Estado, al desestimar la prescripción y ordenar la indemnización, asume responsabilidad por el grave daño infligido a Otazo Román. La sociedad espera que este juicio contribuya a la memoria histórica y fomente la búsqueda de verdad y justicia en casos similares.

Fuente: pjud.cl

Tres años de presidio efectivo para autor de receptación de motocicleta en Santiago

En un veredicto unánime, (causa rol 91-2023) el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago dictaminó una sentencia condenatoria a José Manuel González Cofré. El fallo impone 3 años y un día de presidio efectivo por el delito de receptación de una motocicleta, ocurrido en octubre de 2022 en Estación Central.

La decisión, respaldada por los jueces Cristián Soto Galdames, Cristián Fuentealba Zamora y María Alejandra Cuadra Galarce, incluye accesorias legales. González Cofré enfrentará inhabilitación perpetua para derechos políticos, prohibición para cargos públicos durante la condena y una multa de 5 UTM. El tribunal estableció que el acusado condujo una motocicleta robada, evidenciando daños y signos de fuerza en diferentes partes. La propiedad, avaluada en $450.000, tenía un encargo vigente por robo. El fallo destaca que González Cofré conocía o no podía ignorar su origen ilícito.

Considerando la penalidad para el delito de receptación de vehículo, el tribunal aplicó la pena mínima, basándose en la ausencia de violencia en el robo y la recuperación exitosa del vehículo. Se rechazó cualquier beneficio sustitutivo, ordenando el cumplimiento efectivo de la pena impuesta.

Fuente: pjud.cl

Condenas efectivas en el caso Clan Los Gallegos por tráfico de personas y otros delitos graves

El Juzgado de Garantía de Arica emitió hoy sentencias contundentes contra los integrantes del clan Los Gallegos, acusados de múltiples delitos, incluyendo homicidios, secuestros y tráfico de personas con fines de explotación sexual. En la audiencia de preparación de juicio oral, el tribunal condenó a R.A.M.C. y V.A.R.S., venezolanos, a 3 años y un día de prisión efectiva, junto con la inhabilitación perpetua para cargos públicos, por tráfico de personas. Además, se les impuso penas por porte ilegal de municiones y asociación delictiva.

En un caso excepcional, las penas privativas de libertad se sustituyeron por libertad vigilada intensiva, bajo el control del Centro de Reinserción Social, con condiciones específicas. El requerido A.R.M.S. enfrenta 541 días de prisión efectiva por tráfico de personas y 3 años y un día por lavado de activos y asociación delictiva, ambas con libertad vigilada intensiva.

F.M.D.L.S. y J.D.S.H., de origen dominicano y colombiano, respectivamente, fueron condenados a 4 años de prisión con libertad vigilada intensiva por tráfico ilícito de sustancias estupefacientes en Arica. Z.D.G.F., venezolana, recibió 3 años y un día por tráfico de personas, 61 días por asociación delictiva y 541 días por porte ilegal de municiones. Sin embargo, se sustituyó su pena corporal por la expulsión del territorio nacional por diez años.

El tribunal ordenó la toma de muestras biológicas de los condenados para el registro nacional de ADN de condenados. La audiencia de aprobación de los planes de intervención individual está programada para el 4 de marzo. El proceso contra el resto de los integrantes del clan Los Gallegos, acusados de diversos crímenes, continuará en una audiencia que se espera dure dos semanas.

Fuente: pjud.cl

Fallo a a favor de trabajadora víctima de acoso laboral y ordena indemnización de $16.4 millones

El Juzgado de Letras de Arauco acogió la denuncia de tutela laboral presentada por una trabajadora del Comité de Agua Potable Rural de Laraquete. La magistrada Vania Angulo Torrez dictaminó que la denunciada violó los derechos fundamentales de la empleada, quien sufrió acoso, insultos y maltratos por parte de sus superiores y compañeros de trabajo.

El fallo, emitido el 15 de enero de 2024, establece que el Comité vulneró el derecho constitucional a la integridad física y psíquica, la honra y la no discriminación. Según la prueba documental, testimonial y los oficios incorporados, la actora fue víctima de constantes malos tratos, como gritos, agresiones verbales, faltas de respeto, insultos y golpes en la mesa. Estas conductas, según el fallo, llevó a la trabajadora a desarrollar un trastorno adaptativo, calificado como enfermedad profesional.

El tribunal laboral subraya que la denunciada no cumplió con las obligaciones que le impone el Código del Trabajo, específicamente el artículo 184, que establece la obligación del empleador de proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores. En lugar de cumplir con esta obligación, la denunciada perturbó gravemente el clima laboral, afectando peligrosamente la salud mental de la empleada y otros trabajadores.

El fallo también revela que, tras el fallecimiento de la madre de la denunciante por COVID-19, la denunciada la obligó a tomar vacaciones para evitar contagios, a pesar de que no había tenido contacto con su madre. Además, la denunciada modificó las funciones del reemplazo de la trabajadora, generando una sobrecarga laboral al regresar.

Como resultado de estas violaciones, el tribunal ordenó al Comité de Agua Potable Rural de Laraquete pagar una indemnización total de $16.483.241, que incluye compensación por indemnización, feriados y daño moral. La indemnización por daño moral se fundamenta en el diagnóstico de Trastorno de Adaptación de la trabajadora, calificado como de origen laboral, que incluyó insomnio, preocupación, agobio, angustia y alopecia.

Fuente: pjud.cl