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Consejo de Estado declara responsable a la Nación por la muerte del magistrado auxiliar durante el holocausto del Palacio de Justicia

El Consejo de Estado declaró responsable a la Nación por la muerte del magistrado auxiliar Jorge Alberto Echeverry Correa durante el holocausto del Palacio de Justicia de 1985, al considerar que la tragedia fue consecuencia conjunta de la acción del M-19 y de fallas del Estado en su deber de protección y uso proporcional de la fuerza.

Publicado: 12 de noviembre de 2025

La Subsección C de la Sección Tercera del Consejo de Estado declaró la responsabilidad patrimonial de la Nación – Ministerio de Defensa Nacional por la muerte del magistrado auxiliar Jorge Alberto Echeverry Correa, víctima del holocausto del Palacio de Justicia ocurrido en noviembre de 1985.

La alta corporación concluyó que el fallecimiento del funcionario judicial fue consecuencia de causas concurrentes: por un lado, la irrupción violenta del grupo subversivo M-19, que ejecutó una toma terrorista e indiscriminada del edificio, y, por otro, las omisiones del Estado en sus deberes de protección y el uso excesivo de la fuerza durante la operación de retoma.

En su decisión, el Consejo de Estado señaló que los hechos protagonizados por el M-19 no pueden ser vistos como un acto de rebeldía heroica, sino como una de las afrentas más graves contra el Estado de Derecho, la institucionalidad democrática y la justicia colombiana. Asimismo, destacó que la Verdad, entendida como derecho, cumple una doble función: fortalecer la memoria colectiva y dignificar a las víctimas, al permitir que sus historias sean reconocidas y preservadas frente al olvido.

El fallo ordena al Ministerio de Defensa indemnizar a los familiares del magistrado auxiliar por perjuicios morales y lucro cesante, publicar la providencia en un medio de amplia circulación y realizar un acto público de perdón, durante el cual deberá leerse la sentencia como gesto de reconocimiento y reparación.

Finalmente, el Consejo de Estado exhortó al Ministerio de Defensa a ejercer la acción de repetición en contra del M-19, sus mandos o los responsables directos, en proporción a su contribución en los hechos que ocasionaron la muerte del magistrado.

Fuente: consejodeestado.gov.co

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