Dic 19, 2024 | Actualidad Prime
En el primer semestre del tercer año del periodo constitucional 2022-2026, la Comisión Segunda del Senado de la República de Colombia, encargada de temas como relaciones internacionales, seguridad, defensa nacional y comercio exterior, reportó un balance positivo de sus actividades legislativas y de control político.
El senador José Luis Pérez Oyuela, presidente de la comisión y miembro del partido Cambio Radical, subrayó que durante el desarrollo de los trabajos se aseguraron garantías tanto para la oposición como para el Gobierno Nacional, fomentando un ambiente propicio para la discusión y aprobación de leyes de relevancia nacional.
Actividades destacadas
En el marco del control político, se llevaron a cabo debates clave impulsados por diferentes senadores:
- Licitación de pasaportes: El senador Nicolás Albeiro Echeverry (Conservador) citó al Ministerio de Relaciones Exteriores para rendir cuentas sobre los contratos y convenios relacionados con la emisión de pasaportes para los años 2023 y 2024.
- Cese al fuego y violencia: El senador Oscar Mauricio Giraldo Hernández (Conservador) lideró un debate para analizar el fortalecimiento de grupos armados ilegales durante el cese al fuego ordenado por el Gobierno en el marco del proceso de paz total.
- Oriente Antioqueño: Por iniciativa del senador Echeverry, se abordó la situación de seguridad en esta región del país.
Sesiones conjuntas
Las comisiones segundas de Senado y Cámara celebraron una sesión conjunta para conmemorar el Día Nacional del Colombiano Migrante, donde escucharon testimonios de migrantes y retornados.
Proyectos de ley tramitados
Entre los proyectos más relevantes aprobados o discutidos se encuentran:
- Ascensos póstumos: Un proyecto que rinde honores a los estudiantes fallecidos en el ataque a la Escuela de Cadetes General Santander en 2019, otorgándoles ascensos póstumos y beneficios a sus familias.
- Convención contra mercenarios: La aprobación de la Convención internacional contra el reclutamiento, financiación y entrenamiento de mercenarios, promovida por las Naciones Unidas.
- Tratado sobre armas nucleares: Aprobación del tratado internacional que prohíbe el uso de armas nucleares, adoptado en Nueva York en 2017.
- Celebración de aniversarios académicos: Proyectos que conmemoran los 80 años de la Universidad del Valle y los 40 años de su sistema de regionalización.
- Protocolo de derechos de personas con discapacidad: Aprobación del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad.
- Acuerdo de transporte aéreo con Estados Unidos: Ratificación del protocolo de enmienda al acuerdo bilateral entre Colombia y Estados Unidos, firmado en 2022.
Balance positivo
El trabajo de la Comisión Segunda del Senado evidencia avances significativos en temas prioritarios para el país, fortaleciendo la labor legislativa y de control político en áreas clave para la seguridad, el comercio y los derechos humanos.
Fuente: senado.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Constitucional protege derechos en controversia sobre exhumación y libertad religiosa
Dic 18, 2024 | Actualidad Prime
La Corte Constitucional, mediante la sentencia T-497 de 2024, protegió los derechos fundamentales de una ciudadana que interpuso una acción de tutela contra la Diócesis Málaga-Soatá, la Parroquia Nuestra Señora de los Remedios y la Iglesia Católica de Colombia. La acción se originó en septiembre de 2023, tras la exhumación de los restos óseos de su padre sin la debida notificación y en contravención a las normas vigentes.
La Corte determinó que la Parroquia vulneró los derechos a la libertad religiosa y al debido proceso administrativo de la demandante. Entre las irregularidades señaladas, se destacó la omisión en la notificación a los familiares sobre la culminación del término mínimo de permanencia de los restos en el cementerio y la falta de apego a las reglas dispuestas en la Resolución 5194 de 2010 para el manejo de exhumaciones.
En su análisis, el alto tribunal subrayó la relación entre los derechos fundamentales y los rituales fúnebres, resaltando la importancia de respetar los sistemas de creencias en los procedimientos relacionados con el destino de los cadáveres o restos óseos.
Como parte de las medidas de protección, la Corte revocó las sentencias de primera y segunda instancia que negaban el amparo y ordenó:
- Reunión de conciliación: La parroquia deberá convocar a los familiares del difunto para definir un procedimiento de reparación en concordancia con sus creencias religiosas.
- Disculpas públicas: En caso de no llegar a un acuerdo, la parroquia deberá emitir disculpas públicas visibles en la iglesia y la alcaldía del municipio.
- Condiciones de inhumación adecuadas: Se ordenó mantener los restos en el osario sin costos adicionales para los familiares y garantizar condiciones adecuadas para los restos del abuelo de la demandante, ajustándose a la normativa sanitaria.
Además, la Corte instruyó a la Alcaldía de San José de Miranda, Santander, para que investigue la naturaleza jurídica del cementerio y supervise los procedimientos de inhumación, exhumación y cremación, asegurando el cumplimiento de las normas vigentes. La alcaldía deberá verificar el estado de las tumbas en terrenos de particulares y capacitar al personal encargado de estas labores.
Este fallo no solo protege los derechos de la accionante, sino que también marca un precedente sobre la relación entre las libertades religiosas, el respeto a la dignidad humana y la administración de cementerios, exigiendo un cumplimiento estricto de los protocolos establecidos para estos procedimientos.
Fuente: corteconstitucional.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Fallo del Consejo de Estado ordena reglamentar derechos laborales para población con discapacidad
Dic 17, 2024 | Actualidad Prime
En un importante fallo proferido el pasado 12 de diciembre de 2024, la Sección Quinta del Consejo de Estado ordenó al Gobierno nacional expedir, en un plazo de cuatro meses, la reglamentación faltante para garantizar el derecho al trabajo de las personas con discapacidad, tal como lo dispone la Ley 1996 de 2019 en su artículo 62 y en concordancia con la Ley 1618 de 1993.
La decisión revocó parcialmente una providencia del Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Octava de Decisión, del 13 de noviembre de 2024, que había negado las pretensiones de la demanda interpuesta. La Alta Corporación determinó que, pese a los avances legislativos, el Gobierno no ha emitido todos los decretos necesarios para implementar las disposiciones legales que buscan la inclusión laboral de esta población.
Entre los temas que deberán ser reglamentados se encuentran:
- Fomento de unidades productivas: Crear y fortalecer proyectos productivos para personas con discapacidad y sus familias, con apoyos como tasas de interés bajas, tecnologías de la información, y diseño de plataformas para la comercialización de sus productos. Además, se dará prioridad a la adquisición de estos bienes por parte de las entidades públicas.
- Promoción de negocios inclusivos: Incentivar emprendimientos y fortalecer entidades que promuevan la independencia económica de las personas con discapacidad.
- Cuotas laborales en el sector público: En coordinación con el Departamento Administrativo de la Función Pública, garantizar la vinculación de un porcentaje específico de personas con discapacidad en los diferentes niveles del Estado, asegurando que esta información sea accesible.
Este fallo representa un avance significativo en el reconocimiento y protección de los derechos de las personas con discapacidad, especialmente en el ámbito laboral. La implementación de estas medidas será clave para promover la inclusión y la igualdad de oportunidades en el país.
Fuente: consejodeestado.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Constitucional ordena proteger derechos de la Comunidad Indígena La Unión en el marco de proyecto sísmico
Dic 16, 2024 | Actualidad Prime
La Corte Constitucional, mediante la sentencia T-472 de 2024, ordenó la protección de los derechos fundamentales de la Comunidad Indígena La Unión, ubicada en el municipio de Buenavista, Córdoba, frente a las actuaciones de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) y la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa (DANCP). El caso giró en torno a un proyecto de exploración sísmica en la cuenca Valle Inferior del Magdalena, que, según la comunidad, amenazaba su territorio y sus formas de vida.
Antecedentes
La ANH había iniciado un proceso de licitación para desarrollar un programa de exploración sísmica utilizando tecnologías avanzadas. Sin embargo, ni la ANH ni la DANCP realizaron los trámites necesarios para garantizar la consulta previa con la comunidad, pese a que este proyecto tenía el potencial de impactar directamente su territorio y actividades económicas de subsistencia. La comunidad, junto con la Alcaldía de Buenavista, solicitó formalmente la certificación para llevar a cabo este proceso, pero la DANCP no respondió de manera adecuada y remitió la solicitud a la ANH, ignorando su obligación.
Consideraciones de la Corte
La Sala Séptima de Revisión de la Corte concluyó que se vulneraron los derechos fundamentales de la Comunidad Indígena La Unión en varios aspectos:
- Derecho de petición: La DANCP no respondió de manera clara ni de fondo a las solicitudes de la comunidad, lo que constituye una violación al derecho fundamental de petición.
- Consulta previa: Se reiteró que este derecho es esencial para las comunidades indígenas, pues les permite participar en decisiones que puedan afectarlas directamente. En este caso, la ANH no identificó a las comunidades potencialmente impactadas y la DANCP omitió certificar la necesidad de consulta previa.
- Debido proceso: La falta de identificación de las comunidades afectadas y la ausencia de consulta previa evidenciaron un incumplimiento de los principios del debido proceso administrativo.
Decisión
La Corte ordenó a la DANCP, en coordinación con la ANH, convocar y adelantar el proceso de consulta previa con la Comunidad Indígena La Unión antes de que avance el proyecto. Asimismo, exhortó a ambas entidades a:
- Realizar procesos de certificación de grupos étnicos de manera articulada con las entidades territoriales.
- Abstenerse de rechazar solicitudes de certificación presentadas directamente por comunidades étnicas.
- Cumplir con los principios de debida diligencia en la identificación de comunidades afectadas por proyectos promovidos por la ANH.
Esta decisión reafirma la primacía del derecho a la consulta previa como una herramienta esencial para proteger los derechos de las comunidades indígenas frente a proyectos de gran impacto. Además, subraya la obligación de las entidades estatales de actuar con transparencia y respeto a los derechos fundamentales en los procesos de desarrollo que involucren territorios ancestrales.
Fuente: corteconstitucional.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Senado aprueba el divorcio unilateral y simplificado en Colombia
Dic 13, 2024 | Actualidad Prime
El Senado de la República aprobó un proyecto de ley que busca simplificar los trámites de divorcio, eliminando la necesidad de invocar causales específicas para disolver un matrimonio. Con 63 votos a favor, la iniciativa, conocida como «divorcio libre», permite que cualquiera de los cónyuges solicite unilateralmente la disolución de la unión marital, señalando únicamente su voluntad como motivo suficiente.
La reforma elimina las causales tradicionales establecidas en el Código Civil, como la infidelidad o problemas de adicción, argumentando que estas no deberían ser requisitos para poner fin a una relación. El senador David Luna, impulsor de la propuesta, afirmó que este cambio refuerza las libertades individuales y busca prevenir situaciones de chantaje o violencia que pueden surgir en los procesos de divorcio actuales. Según el legislador, el proyecto refleja la necesidad de garantizar que las relaciones sean producto del afecto y no de la obligación.
La medida ha generado posiciones encontradas. La senadora liberal Karina Espinosa expresó su preocupación por la eliminación de requisitos previos como terapias de pareja, advirtiendo que podría debilitar la institución familiar y su rol en la sociedad. Por otro lado, María José Pizarro, del Pacto Histórico, defendió la iniciativa, subrayando que los matrimonios deben basarse en el amor y la libertad.
El proyecto ahora está a la espera de la sanción presidencial para convertirse en ley, marcando un hito en la legislación colombiana al priorizar el respeto por las decisiones individuales en el ámbito matrimonial.
Fuente: senado.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Senado aprueba proyecto de ley que moderniza la gestión de pasivos pensionales en entidades territoriales