Nueva normativa para la ampliación de medidas de protección del desempleo. [TOL10.014.304]
El Boletín Oficial del Estado del 22 de mayo de 2024 ha publicado el Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, que introduce reformas en el ámbito de la protección por desempleo y la conciliación de la vida familiar y profesional. Este decreto tiene como objetivo principal simplificar y mejorar el nivel asistencial del subsidio por desempleo, así como completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 sobre conciliación de la vida familiar y profesional.
La nueva normativa incluye varias reformas para mejorar la cobertura y acceso a los servicios de desempleo, simplificar la regulación y los trámites. El objetivo es proporcionar una mayor flexibilidad en el acceso a la prestación y reducir cargas administrativas. Por otro lado, también recoge la posibilidad de compatibilizar los subsidios y prestaciones por desempleo con la actividad laboral.
Entre las medidas a nivel asistencial encontramos:
- Se elimina la actual deducción por trabajo a tiempo parcial. Podrán acceder al subsidio los españoles emigrantes retornados sin derecho a prestación contributiva.
- Se modifica el cómputo de renta de tal manera que no se excluirá al solicitante que supere el 75% del SMI sino que se tendrá la consideración de responsabilidades familiares cuando el total de rentas de la unidad familiar entre el número de personas que la forman, (incluido el solicitante) no supere el 75 por ciento del SMI.
- Se elimina el mes de espera, especialmente para los colectivos con mayor grado de vulnerabilidad.
- Ampliación a más colectivos: los menores de 45 años sin cargas familiares o las personas trabajadoras eventuales agrarias.
- Se reduce a 10 el número de jornadas necesarias para que los trabajadores agrarios por cuenta ajena de carácter eventual incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios puedan beneficiarse del subsidio por desempleo.
- Se garantizan los mismos derechos para las personas trabajadoras a tiempo parcial.
- Las mujeres mayores de 16 años víctimas de violencia de género podrán acceder al subsidio específico de nueva creación, con las mismas cuantías que el ordinario.
- Compatibilidades del subsidio de desempleo y el trabajo por cuenta ajena: durante un máximo de ciento ochenta días, en una o varias relaciones laborales, con el objetivo de no penalizar la reincorporación al trabajo
Permiso de lactancia y conciliación familiar
El Real Decreto-ley 2/2024 también aborda la conciliación familiar, permitiendo la acumulación del permiso de lactancia sin importar el convenio colectivo aplicable. Esta medida, vigente desde el 23 de mayo de 2024, convierte la acumulación de las horas de ausencia retribuidas en un derecho universal.
Prioridad de convenios colectivos autonómicos
A partir del 23 de mayo de 2024, los convenios colectivos y acuerdos interprofesionales autonómicos tendrán prioridad sobre los convenios sectoriales o acuerdos estatales, siempre que su regulación sea más favorable para los trabajadores.
Entrada en vigor
La mayoría de las disposiciones del Real Decreto-ley 2/2024 entrarán en vigor el 23 de mayo de 2024. No obstante, algunas medidas específicas se implementarán a partir del 1 de noviembre de 2024 y otras el 1 de junio de 2024.