<

Residencia temporal para trabajar por cuenta ajena

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha reconocido el derecho de una ciudadana marroquí a obtener la residencia temporal en España

Publicado: 21 de agosto de 2024

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha reconocido el derecho de una ciudadana marroquí a obtener la residencia temporal en España. La trabajadora podrá, más fácilmente, trabajar como ayudante de cocina en un restaurante árabe-marroquí en Pontevedra. Esta decisión se da después de que el Servicio Público de Empleo certificara que no había candidatos adecuados para el puesto en el mercado laboral local.

La Subdelegación del Gobierno de Pontevedra había negado inicialmente esta solicitud, pero la empresa empleadora impugnó la decisión. Tanto el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Pontevedra como el TSXG fallaron a favor de la trabajadora.

Concedida la residencia temporal para la trabajadora extranjera

El TSXG explicó que, de acuerdo con la normativa vigente (Real Decreto 557/2011, artículo 65.2), la situación del empleo en España permite la contratación en determinadas ocupaciones cuando se demuestra la dificultad de encontrar candidatos adecuados en el mercado laboral interno. En este caso, el empleador cumplió con todos los requisitos legales, y el Servicio Público de Empleo facilitó el contacto con seis candidatos. Todos ellos descartados por diferentes motivos, como falta de experiencia o inadecuación al perfil requerido.

Conocimiento del idioma árabe o marroquí para el puesto

La sentencia también aborda la legalidad de exigir el conocimiento del idioma árabe o marroquí para el puesto. Argumentando que es razonable dada la naturaleza del trabajo en un restaurante de especialidad árabe-marroquí. El tribunal destaca que ningún candidato fue rechazado exclusivamente por no conocer el idioma, sino por otras razones relacionadas con su inidoneidad para el puesto.

Certificación de la experiencia laboral

Además, la trabajadora marroquí presentó un certificado que acreditaba su experiencia en servicios de catering artesanal, lo que fortaleció su solicitud de residencia. Finalmente, el TSXG concluyó que se cumplían todas las condiciones necesarias para permitir su contratación. Cabe recurso contra la sentencia presentada ante el correspondiente tribunal

Últimas entradas publicadas

Delito contra la salud publica

Delito contra la salud publica | Penas de prisión a los dos fundadores de la Asociación Cannábica de Morro Jable (Accamor) en Fuerteventura

by | Nov 26, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado las condenas de hasta cinco años de prisión impuestas a los dos fundadores de la Asociación Cannábica...

criterios orientativos

Nuevos criterios orientativos para costas y amparo colegial

by | Nov 26, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Consejo General de la Abogacía Española ha publicado nuevos criterios orientativos en materia de costas y amparo colegial.

alta hospitalaria

El alta hospitalaria no equivale al alta médica

by | Nov 26, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

El TSJ indica que el alta hospitalaria no se equipara al alta médica, conceptos relevantes para los permisos retribuidos.

Delito de odio por razón de orientación sexual

Delito de odio por razón de orientación sexual

by | Nov 26, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

Confirmada la condena por delito de odio por razón de orientación sexual tras humillar a una joven que se encontraba en proceso de cambio de sexo

Política de Seguridad de la Información

Se aprueba la nueva política de seguridad de datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

by | Nov 25, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

El BOE ha publicado la nueva Política de Seguridad de la Información del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Exigencia de experiencia

Exigencia de experiencia previa en la concesión de un quiosco en la Universidad de Almería

by | Nov 25, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

Tras analizar la normativa aplicable, tanto autonómica como estatal, se concluye que la exigencia de experiencia previa no está contemplada en la legislación sobre patrimonio de las administraciones públicas