Ayuntamiento de Vigo condenado por el concierto de Guns N’ Roses. Juzgado contencioso-administrativo nº2 de Vigo, proc. ordinario 316/23.
El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Vigo ha fallado en contra del Ayuntamiento de la ciudad, condenándolo al pago de 1.563.000 euros, más IVA e intereses, a la promotora Sweet Nocturna (promotora de Guns N´ Roses). El motivo de esta decisión radica en la organización del concierto de Guns N’ Roses celebrado en el estadio municipal de Balaídos en 2023. Según la sentencia, la inadmisión de la promotora al procedimiento licitador es contraria a derecho. El procedimiento se declaró desierto por el Ayuntamiento de manera improcedente.
Incumplimientos administrativos y «actos preparatorios indispensables»
El magistrado señaló que Sweet Nocturna debió ser admitida en el proceso de licitación, adjudicándosele el contrato que venía desarrollándose mediante actos preparatorios esenciales «en los términos licitados». Entre los argumentos centrales de la sentencia, se destaca que la promotora cumplió con todas las obligaciones a su cargo, mientras que el Ayuntamiento solo cumplió con la cesión del estadio municipal. Previo a la licitación desierta, se evidenció un entendimiento entre ambas partes, que, conforme a la Ley de Contratos del Sector Público, debía formalizarse.
Negociaciones previas y su influencia en el procedimiento
El juez enfatizó que las negociaciones previas entre el Concello y la promotora incluyeron aspectos fundamentales del evento, como el aforo, los precios de las entradas y la publicidad del concierto. Estas interacciones formaron parte de una relación contractual que, aunque no formalizada inicialmente, avanzaba con el consentimiento tácito del Ayuntamiento. Esto llevó al magistrado a calificar el procedimiento abierto como «cerrado en su objeto y posible licitador», lo que demuestra la existencia de una precontratación.
Pliegos y resolución de irregularidades
La sentencia establece que los pliegos del procedimiento estaban diseñados en base a las negociaciones previas entre las partes, y que su finalidad era proporcionar una base jurídica a una contratación ya acordada de facto. El magistrado fue crítico con el argumento municipal para declarar desierta la licitación, calificándolo de «absurdo», ya que la promotora acreditó correctamente la exclusividad de los derechos de representación de la banda. Además, se utilizó el mismo método aceptado previamente en otros eventos.
Responsabilidad y consecuencias jurídicas
El juez destacó la «seria irresponsabilidad» del Concello al generar en la promotora una confianza legítima en la concreción del contrato, lo cual finalmente no se cumplió. Este proceder, según la resolución, vulneró los principios de buena fe y transparencia que deben regir la contratación pública. También se advierte que, de no haberse celebrado el concierto, el Ayuntamiento podría haber enfrentado reclamaciones económicas aún mayores.
El magistrado condena al Concello de Vigo a resolver el procedimiento de licitación en favor de la promotora de Guns N´ Roses, y a abonarle el precio ofertado (1. 563. 000,00€) más IVA, junto con los intereses correspondientes.
La sentencia aún no es firme, ya que el Ayuntamiento tiene la posibilidad de recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
Fuente: CGPJ.