Justificación del cese por inidoneidad profesional de una guardia civil. Sentencia del 5 de febrero de 2025.
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha avalado el cese de una guardia civil en un puesto de libre designación dentro de un grupo especializado, desestimando el recurso interpuesto por la agente. La Sala de lo Contencioso-administrativo ha considerado que la resolución de cese está suficientemente motivada y no evidencia desviación de poder, pues su finalidad es garantizar el adecuado funcionamiento del grupo.
Fundamentación de la inidoneidad sobrevenida
El tribunal ha valorado que, a partir de 2020, la demandante mostró conductas que afectaban su desempeño. Tales como una actitud inapropiada con su jefa y compañeros, falta de compromiso y deslealtad en el cumplimiento de sus funciones. La Sala ha destacado que la confianza y el respeto en la jerarquía son fundamentales en el puesto que ocupaba, y su actitud generó un ambiente de trabajo perjudicial.
Impacto en la operatividad del grupo
Los magistrados han resaltado que el puesto exigía un alto grado de responsabilidad y lealtad, aspectos incompatibles con la conducta de la agente. Se menciona que grababa conversaciones con sus superiores, lo que minaba la confianza en la unidad. Asimismo, se constató un deterioro progresivo en su rendimiento y en la relación con sus compañeros, lo que comprometía el correcto desarrollo del servicio.
Consideraciones legales y jurisprudenciales
La Sala ha invocado el artículo 35 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, concluyendo que la inidoneidad apreciada tiene un fundamento profesional objetivo, más allá de la falta de confianza alegada por la demandante. En este sentido, se ha aplicado la jurisprudencia existente, que exige una adecuada motivación en los ceses de puestos de libre designación, requisito que la resolución impugnada cumple.
Posibilidades de recurso
La sentencia no es firme, por lo que cabe interponer recurso ante el Tribunal Supremo. No obstante, el fallo del TSXG recuerda la doctrina sobre la potestad discrecional de la Administración en la designación y cese en este tipo de puestos, siempre que exista una justificación razonada.
Fuente. CGPJ.