<

Multa por regar sin autorización 57 hectáreas

Una empresa es sancionada por regar sin autorización 57 hectáreas en Murcia y ocupar cauces públicos. El TSJ avala la actuación de la CHS

Publicado: 4 de diciembre de 2025

El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha confirmado una sanción de 10.000 euros impuesta a una empresa agrícola por regar sin autorización 57 hectáreas de cultivos. Además, se le atribuye la ocupación ilegal de cauces públicos y la ejecución de obras no autorizadas en el dominio público hidráulico. La Sala de lo Contencioso-Administrativo rechaza el recurso de la mercantil y respalda la legalidad del procedimiento sancionador seguido por la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS).

Hechos probados

Riego sin título habilitante y alteración del terreno

La resolución administrativa impugnada acreditó que la empresa llevó a cabo un uso privativo de aguas para regar sin autorización 57,05 hectáreas. Estas hectáreas estaban destinadas al cultivo de almendros, brócoli y plantas aromáticas. Las parcelas afectadas se encontraban en los parajes Cuestas Tablas y El Carche, en el término municipal de Vélez Rubio.

La CHS también constató la ejecución de obras no autorizadas en varios cauces públicos. Específicamente, en el barranco de Villerías, el de la Torreta y otro cauce innominado. Entre dichas actuaciones destacan la construcción de diques y la modificación del relieve del terreno. Estos trabajos afectaron al curso natural de las aguas y a las escorrentías.

Competencia del presidente de la CHS y validez del procedimiento

La mercantil alegó la nulidad de la sanción por supuesta falta de competencia del presidente de la CHS que firmó la resolución. Sin embargo, el Tribunal descartó esta alegación. Record&oacute; que el nombramiento fue realizado mediante los actos administrativos pertinentes. En ningún caso puede considerarse que la resolución sea nula de pleno derecho.

Asimismo, se rechazó la petición de aplicar un procedimiento abreviado al considerar la empresa que se trataba de una infracción leve. El TSJ dejó claro que la Ley de Aguas no contempla dicho procedimiento simplificado de forma automática. Además, estableció que la CHS actuó conforme al procedimiento ordinario previsto legalmente.

No hay derecho a regar sin autorización por uso consolidado

Otro de los argumentos desestimados fue la supuesta existencia de un uso consolidado para regar sin autorización, o la consideración de aguas privadas. El Tribunal recordó que no constaba ni título administrativo habilitante, ni inscripción en el Catálogo de Aguas Privadas, ni resolución judicial que acreditara ese derecho.

Además, se destacó que el principio de presunción de inocencia quedó desvirtuado por las pruebas aportadas. Especialmente por la denuncia que evidenció el riego efectivo de las parcelas en cuestión sin contar con autorización.

Obras no autorizadas en cauces públicos

El Tribunal también consideró probado que la empresa ocupó cauces públicos y realizó obras sin permiso en zonas de servidumbre y policía. Las fotografías incorporadas a la denuncia del SEPRONA mostraban claramente la colocación de depósitos de piedra en el interior de un barranco. Otros trabajos de alteración del terreno también se evidenciaron en dichas imágenes.

Estas actuaciones fueron valoradas como una vulneración clara del régimen jurídico del dominio público hidráulico, reforzando la legalidad de la sanción impuesta.

Fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia

La Sala desestimó íntegramente el recurso presentado por la empresa y confirmó la resolución dictada por la CHS. Consideró acreditado que la mercantil llevó a cabo riego en superficie agrícola sin autorización legal. También ocupó cauces públicos de forma irregular.

La multa de 10.000 euros queda ratificada y se condena a la parte recurrente al pago de las costas procesales. La sentencia solo admite recurso de casación ante el Tribunal Supremo si se acredita interés casacional objetivo.

Últimas entradas publicadas

cuestión de cantidad

El Supremo aclara la cuestión de cantidad en desobediencia judicial

by | Ene 21, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo confirma que un único acto de incumplimiento puede integrar el delito de desobediencia. No todo se reduce a una cuestión de cantidad

readaptación laboral

La empresa debe demostrar que ha intentado la readaptación laboral

by | Ene 21, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo condena a una empresa por no haber intentado una readaptación laboral de una trabajadora.

incendios forestales

Refuerzo de la prevención y coordinación frente a incendios forestales

by | Ene 21, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Consejo de Ministros ha aprobado un nuevo real decreto en materia de prevención y coordinación frente a incendios forestales.

Limitación de la actualización

Limitación de la actualización de los alquileres | Aval del Supremo

by | Ene 21, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

La limitación de la actualización de los alquileres queda avalada por el Supremo, que considera la medida constitucional y proporcionada

Vivienda, Suelo y Urbanismo

Vivienda, Suelo y Urbanismo: medidas urgentes en Euskadi

by | Ene 20, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

Vivienda, Suelo y Urbanismo: Ley 6/2025 en Euskadi para movilizar suelo, agilizar trámites e impulsar vivienda protegida

regulación del tráfico

La DGT fija la nueva regulación del tráfico para 2026

by | Ene 20, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

El BOE ha publicado la resolución del DGT por la que se fija la regulación y restricciones de tráfico para este año 2026.