Un marco homogéneo para la Carrera Judicial en materia de inteligencia artificial.
El Pleno del Consejo General del Poder Judicial ha aprobado una instrucción dirigida a los miembros de la Carrera Judicial sobre la utilización de programas y herramientas de inteligencia artificial en el ámbito de la Administración de Justicia. El objetivo del texto es establecer un marco de actuación claro, homogéneo y coherente con la normativa nacional y europea vigente. Además, busca garantizar el respeto a la independencia judicial y al ejercicio de las funciones jurisdiccionales conforme a la ley.
La instrucción, que será publicada en el Boletín Oficial del Estado, responde a la necesidad de fijar criterios y pautas ante la progresiva incorporación de sistemas de inteligencia artificial, en especial los de carácter generativo, cuyo uso puede afectar a derechos y libertades fundamentales.
Contexto normativo europeo y nacional
El documento se enmarca en el contexto normativo de la Unión Europea y del ordenamiento jurídico interno. En particular, tiene en cuenta el Reglamento (UE) 2024/1689, de 13 de junio, relativo a la inteligencia artificial. Asimismo, considera diversas normas estatales, entre ellas el Real Decreto 729/2023, de 22 de agosto; el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre. También incluye el Real Decreto 817/2023, de 8 de noviembre.
Asimismo, el uso de estas herramientas deberá ajustarse a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial, en las leyes procesales aplicables y en la Política de uso de la inteligencia artificial en la Administración de Justicia aprobada por el Comité Técnico Estatal de la Administración Judicial Electrónica.
Definiciones y conceptos clave
La instrucción incorpora definiciones relevantes para delimitar el alcance de la regulación. Entre ellas, se define el “sistema de inteligencia artificial” como aquel basado en máquinas, con distintos niveles de autonomía y capacidad de adaptación, que infiere resultados a partir de datos de entrada. Además, se precisan conceptos como “herramientas de IA generativa” y “sesgo algorítmico”. Este último se entiende como la desviación sistemática en los resultados que puede generar efectos arbitrarios o discriminatorios.
Principios rectores del uso de la IA
El texto establece los principios que deben regir la utilización de la inteligencia artificial por jueces y magistrados. Destaca el principio de control humano efectivo, que exige un control real, consciente y permanente. También prohíbe que estos sistemas operen de forma autónoma en la toma de decisiones judiciales, la valoración de pruebas o la interpretación del Derecho.
Junto a este, se recogen los principios de no sustitución de los jueces y magistrados, responsabilidad judicial, independencia judicial, respeto de los derechos fundamentales, confidencialidad, seguridad y prevención de sesgos algorítmicos.
Usos permitidos y límites
La instrucción permite el uso de herramientas de inteligencia artificial para tareas de apoyo, como la búsqueda de información jurídica, la recuperación de antecedentes procesales, el análisis y organización de documentación o la elaboración de esquemas y borradores internos sin carácter decisorio. En el caso de borradores de resoluciones judiciales, su utilización se limita a instrumentos de asistencia. Además, se exige siempre una revisión y validación personal, completa y crítica por parte del juez o magistrado, que conserva la responsabilidad exclusiva sobre la resolución.
En todo caso, se prohíbe el uso de la inteligencia artificial para sustituir la función jurisdiccional, automatizar decisiones judiciales, tratar datos especialmente protegidos, realizar perfiles de personas o efectuar predicciones de comportamiento.
Fuente: CGPJ.

