El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha anulado el acuerdo del Gobierno foral que aprobó en julio de 2022 el plan para la implantación de un gran establecimiento comercial en el valle de Egüés. En el término de Olaz. Este proyecto contemplaba un espacio comercial de 5.886,2 metros cuadrados integrado por 5 establecimientos.
La decisión de anular el plan responde a una demanda presentada por la Asociación Comerciantes de Navarra y la Federación de Comercios y Servicios Denok Bat, basada en tres motivos principales:
- la infracción del criterio legal de implantación de uso residencial dominante,
- la infracción de la exigencia de adecuación al plan de ordenación que requiere un plan de atracción comercial previo,
- y la infracción del criterio legal de emisiones.
Anulado el acuerdo pese a la posición del Gobierno de Navarra
El Gobierno de Navarra y la entidad, Atalaya Superficies Comerciales SL, defendieron la coherencia del plan con los instrumentos de ordenación y justificaron las emisiones. Sin embargo, el Tribunal señaló que la parcela destinada al establecimiento comercial no tenía un uso residencial dominante. Contraviniendo la voluntad legal de autorizar grandes establecimientos comerciales únicamente en suelos urbanos o urbanizables con este tipo de uso. Además, el Tribunal afirmó que el plan no cumplía con la obligación de incorporar las determinaciones del artículo 18.2 de la Ley Foral 17/2001, respecto a un plan de acción y atracción comercial.
Emisiones derivadas de la movilidad
En cuanto a las emisiones, el Tribunal destacó que no se había realizado una doble estimación necesaria según la ley, la cual incluye tanto las emisiones derivadas de la movilidad causada por el establecimiento como las derivadas de su funcionamiento en relación con el desarrollo urbanístico. Por tanto, se estimó la demanda también en este punto.
Anulación del acuerdo
La anulación de este plan refleja la importancia de cumplir con los criterios legales y urbanísticos establecidos para la implantación de grandes establecimientos comerciales, así como la consideración de los impactos ambientales y de movilidad asociados a dichos proyectos.